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miércoles, 24 de abril de 2024

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Experta en criminología, Ana María Morales: “Se debe generar una nueva instancia para resolver conflictos al interior de las cárceles”

La directora del área de Justicia y Reinserción de Fundación Paz Ciudadana (Chile) plantea la posibilidad de contar con jueces de ejecución de penas y los necesarios cambios al Código Penal de su país.

- 24 mayo, 2021

Son tiempos difíciles para los sistemas judiciales y penitenciarios de Latinoamérica, que no han estado ajenos a las restricciones generadas por la pandemia. En Chile, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, sin embargo, informó que, junto a la tramitación de la reforma a la Justicia Civil, también avanzará en 2021 en la instalación de tribunales de Ejecución y un nuevo Código Penal.

En conversación con el programa “Agenda Macro” de Idealex.press, la directora del área de Justicia y Reinserción de Fundación Paz Ciudadana, Ana María Morales, dijo que la tarea es apremiante, ya que, a su juicio, el sistema penitenciario no puede ser juez y parte en la solución de los problemas que se presentan con los internos al interior de las cárceles.

La abogada chilena, una de las más reconocidas profesionales en el área, máster en Política Criminal de la London School of Economics and Political Science y candidata a Doctora en Criminología de la Universidad de Leicester, Inglaterra, es clara frente a la propuesta del Ejecutivo de implementar esta nueva figura: “las cárceles son espacios en los cuales existen restricciones de derechos fundamentales”, dice.

-A principios de mayo el ministro de Justicia y DDHH de Chile, Hernán Larraín, en el marco de la puesta en marcha de la reforma a la Justicia Civil, dijo que esperaba ingresar el proyecto para dotar al país de los llamados jueces de ejecución penal ¿Por qué es importante que se avance en la creación de esta figura?

-Los jueces de ejecución son un largo anhelo del mundo académico y de los expertos. Estos jueces tienen tradición sobre todo en los países continentales, y por eso la pertinencia de implementarlos en países como el nuestro (Chile). Existen en Alemania, España y en algunos países de Latinoamérica, y lo que buscan es dotar de jurisdiccionalidad el qué hacer al interior de las cárceles. En la actualidad en todo sistema privativo y no privativo de libertad, como son las alternativas a la cárcel, lo que hay es un control de naturaleza administrativa que es ejercido por el propio servicio que entrega las penas y que en cierta forma actúa como juez y parte. Es decir, enfrentado a una suerte de colisión de derechos, por ejemplo, entre un interno que está efectuando una solicitud frente a la administración, es ésta la que decide y es ante ella misma en donde se interponen los recursos administrativos, y, en definitiva, es una suerte de juez y parte. Es parte del conflicto y a su vez resuelve (..) es muy difícil que un órgano revierta lo que él mismo resolvió. 

-¿Es más apremiante con la sobrecarga de los tribunales post pandemia que los tribunales de ejecución sean una realidad? Se habla por ejemplo de más de 300 mil audiencias postergadas o rezagadas en el área…. 

-Los jueces de ejecución de penas no existen, entonces, se debe generar una nueva instancia para los efectos de resolver conflictos al interior de las cárceles. Sin duda que en la pandemia se producen vulneraciones a los derechos que son aún más claras por la situación sanitaria en las cuales se encuentran y que debieran ser conocidas por los tribunales. El caso de la privación de las visitas, el caso de la privación de encomiendas o de restricción de ciertos derechos adicionales, todo eso se resuelve de manera administrativa, y el problema que presenta es que no hay un tercero imparcial que resuelva el conflicto.

-Cree usted que, a propósito de la emergencia sanitaria al interior de los penales, con población condenada o imputada, será necesario revisar el actuar de Gendarmería que hoy es juez y parte ante cualquier reclamo de los internos… 

-Hay varias soluciones que se dan en otros países y uno de esos son los jueces de ejecución de penas, otras son instancias administrativas que existen, por ejemplo, en Inglaterra en el cual existen las instituciones como las inspectorías que refuerzan el qué hacer penitenciario, pero que descansan en una tradición bien fuerte de lo administrativo, de más de 100 años, que nosotros en Chile no tenemos. Si bien se puede pensar en una solución compartida, soy partidaria de los jueces de ejecución de penas porque la figura de un tercero imparcial que resuelva los conflictos que se dan al interior de las cárceles o de la ejecución de las penas, es algo importante porque las cárceles son espacios en los cuales existen restricciones de derechos fundamentales.

-Otra materia relevante es la reforma al Código Penal. Se ha visto que a propósito de las infracciones sanitarias y su castigo en el marco del COVID 19, es relevante discutir también si el actual texto está dando respuestas a la realidad que vivimos. 

-Es más que eso. Es un intento para generar un Código Penal para el ciclo que estamos viviendo. Recordemos que nuestro Código Penal es de 1874, y ha sido objeto de numerosos parches y de una serie de leyes especiales que se han dictado y que en definitiva han modificado o creado nuevos tipos penales, y eso hace que hoy tengamos una estructura bien inorgánica en lo que es nuestro sistema punitivo. Por eso es pertinente poder pensar en un Código Penal que recoja no solamente estos problemas de falta de organicidad, sino que también recoja las tendencias contemporáneas asociadas a, por ejemplo, la responsabilidad penal de las personas jurídicas que en Chile está regulada en una ley especial, pero que está acotada a ciertos delitos particulares (…)

Vea la entrevista completa a Ana María Morales en YouTube/Idealex.press 

 
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