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Chile decide retomar postergada reforma a la Justicia Civil
A ésta se suman un proyecto para cambiar toda la estructura orgánica del sistema, un nuevo régimen de nombramientos judiciales y una ley de mediación en materia civil y comercial.
17 abril, 2021
-En un año especialmente complejo en lo social y económico, y fuera de todo cálculo de los expertos, el Gobierno de Chile decidió retomar la postergada reforma a su sistema de procedimiento civil, a la vez que anunció un profundo cambio en el sistema de nombramiento de jueces.
La Reforma Civil que parecía estar olvidada luego de varios intentos en distintas administraciones de Gobierno, retomará así su tramitación legislativa en el Congreso Nacional, luego que en 2014 fuera suspendida al ingresar al Senado y al no lograr los acuerdos parlamentarios necesarios para continuar con su avance.
El objetivo de la Reforma Procesal Civil —señaló el Gobierno— es terminar con la ineficacia de un sistema judicial que no responde a las necesidades actuales del país, en problemas tan comunes como incumplimientos de contratos, negligencias médicas, deudas impagas por arriendo, cobro de gastos comunes, facturas impagas y particiones de herencias o liquidaciones de sociedades conyugales, que derivan en procedimientos engorrosos y de larga duración.
“Esta iniciativa nos permitirá concluir con el proceso de reformas legales más importantes impulsado como Estado de Chile, que se inició el año 2000 con la Reforma Procesal Penal y que continuó con la
reforma laboral, de familia, medioambiental y tributaria; pero que dejó pendiente nuestra justicia civil que cumple hoy 118 años sin modificaciones. Es un enorme paso para mejorar el acceso a la justicia en el país”, señaló en su presentación el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, Hernán Larraín.
La reforma será acompañada de otros tres cambios legales de sustancial importancia: un proyecto de Ley de Mediación en materia civil y comercial, incorporando dentro del Poder Judicial una unidad especializada que prestará este servicio de manera gratuita a toda la comunidad; un proyecto de ley que reforma el Código Orgánico de Tribunales, que diseña toda la estructura orgánica asociada a la reforma; y un nuevo sistema de nombramiento para los jueces.
Cambios
La anhelada Reforma Civil introduce no sólo cambios al procedimiento para hacerlo más expedito —un 60% más rápido en juicios ordinarios y un 86% en los sumarios—, sino que también una batería de medidas que buscan modernizarla en su plenitud, entre los que destacan:
Un sistema gratuito de mediación: al que los ciudadanos podrán acudir sin necesidad de un abogado, para resolver sus conflictos en forma rápida y dialogada frente a un profesional idóneo que propicie tal acercamiento.
Una unidad de atención de público: que permitirá orientar a los usuarios sobre las distintas alternativas de solución frente a un determinado problema.
Un juez para el ciudadano: en caso de que las personas no logren acuerdo en la mediación y se trate de conflictos de bajo monto (hasta 40 UTM), contarán con un procedimiento simple frente al juez, sin necesidad de abogado, quien resolverá su caso en una audiencia.
Un procedimiento oral, por audiencias: que garantizará la relación directa del juez con las partes y la prueba, con plazos breves para dictar sentencias, y con trámites más reducidos, lo que conlleva una disminución de tiempos de tramitación.
Un sistema recursivo más acotado: La reforma limita el recurso de apelación a las sentencias, lo que permitirá acotar los tiempos de tramitación de las causas.
Un nuevo modelo de ejecución: Que permitirá separar las labores jurisdiccionales del juez, de las tareas administrativas, que estarán a cargo de la Unidad de Tramitación Civil, potenciando la incorporación de tecnología, a través del embargo on line y las subastas judiciales electrónicas.
Nombramiento de jueces
Junto con la reforma, también se anunció un cambio al actual sistema de nombramientos de los magistrados, y que, en el caso de los ministros de los tribunales superiores de Justicia, como las cortes de Apelaciones y Corte Suprema, generó siempre gran discusión política.
La propuesta que surgió de una mesa de trabajo interinstitucional convocada por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, entre octubre y diciembre de 2018, está orientada a fortalecer la independencia interna de los jueces, cerrando los espacios de discrecionalidad de los superiores jerárquicos; a la vez de establecer un sistema de selección basado estrictamente en el mérito, entre otros aspectos.
Para ello, el proyecto propone crear una Comisión Nacional de Nombramientos Judiciales, que será un organismo con autonomía, que dirigirá el procedimiento y tendrá que resolver siempre mediante una resolución colegiada y fundada. Este mecanismo, además, pone fin a la facultad discrecional y unilateral del Ejecutivo de designar a los jueces y otros funcionarios del escalafón primario.
La Comisión Nacional nombrará a los ministros de las Cortes de Apelaciones, jueces y fiscales judiciales. Respecto a las designaciones de Ministros de Corte Suprema, si bien el mecanismo actual no se cambiará, sí se incorpora al proceso la realización de concursos públicos en igualdad de condiciones tanto para los cupos destinados a candidatos internos del Poder Judicial como para los externos. También, se elimina la integración de la quina por “derecho propio”.
Asimismo, el proyecto elimina la facultad de las Cortes de elaborar las ternas para enviar al Presidente, ya que es en esta fase donde —señalan los expertos— se produce la mayor discrecionalidad e impacto en la independencia judicial. El mecanismo se sustituye por concursos públicos regulados, con resultados vinculantes.
La Comisión Nacional de Nombramiento de Jueces estará integrada por un miembro designado directamente por el Presidente de la República, que lo preside; dos miembros designados por la Corte Suprema, previo concurso público; y dos miembros designados por el Senado, previo concurso público.
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