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Vergüenza y culpa jurídica: un ensamble etnográfico, sicológico y filosófico
Cristian Aedo, profesor de la U. Católica de la Santísima Concepción lanzó, junto a la editorial Universidad Externado de Colombia, un texto que aborda de manera interdisciplinaria elementos clave en la configuración de la responsabilidad civil
12 diciembre, 2020
-Sofía Martin / Marcelo Cerda
La culpa es un tema que nunca corre el riesgo de quedar obsoleto. «Nuestro modesto concepto civil de culpa es enmarcado en un universo intelectual que va de la antropología al psicoanálisis, de la filosofía de la sospecha a las reflexiones de matriz cristiana más profundas», escribe Enrique Barros Bourie, en el prólogo del libro “Los fundamentos filosóficos de la culpa jurídica”, de Cristian Aedo Barrena, «jurista de inquietudes abiertas a todas las dimensiones del actuar humano». «No es una aproximación ‘eidética’ al concepto de culpa, sino que un intento por confrontarlo con otros campos de estudio y encontrar los elementos comunes», aludió Aedo.
«La noción de culpa participa de juegos de lenguaje tan variados que no hay disciplina que trate del hombre que no deba enfrentarla en algún momento». continúa Barros, profesor de derecho civil de la Universidad de Chile y ex presidente del Colegio de Abogados, quien agrega: «¿Cómo se relacionan con la culpa conceptos parientes entre sí como el desprecio, la vergüenza, el rechazo social?, ¿tienen algo en común la teología del pecado y la filosofía de la culpa? En ese inmenso territorio incursiona esta obra con una erudición asombrosa y siguiendo una estrategia adecuada a quien no es filósofo ni etnólogo».
El lunes 7 de diciembre se realizó la presentación del libro, publicado por el sello editorial de la Universidad Externado de Colombia. El evento virtual, organizado además por el Instituto Chileno de Responsabilidad Civil, contó con la participación del académico colombiano Carlos Chinchilla, del profesor de la Universidad Católica de Valparaíso Patricio Lazo y de la civilista Lilian San Martín.
Cuando llueve en París
En su presentación, Carlos Chinchilla recordó una visita de Cristián Aedo, el autor, a la Universidad Externado de Colombia, en octubre de 2019: «Demostró la importancia de dejar de abrir la sombrilla en Bogotá cada vez que llueve en París, porque nos enseñó a meter dentro de nuestro radar a aquellos académicos latinoamericanos con quienes, por sus valores y por su formación, es relevante fortalecer lazos». Para él, Aedo sería de esos profesionales comprometidos «con una sociedad mejor a través del conocimiento», en un esfuerzo de síntesis que llevaría al lector a entender el Derecho desde la interdisciplinariedad de las ciencias sociales.
Patricio Lazo, profesor de derecho romano y director del doctorado de la PUCV, dio cuenta de lo exigente que es el libro y que la obra se centra mucho más en los enfoques culturales diversos, más allá del marco dado por la filosofía del Derecho. Antropología, sicología, filosofía y teología, son disciplinas que exceden con mucho lo estrictamente jurídico, dijo.
Valoró asimismo, que el autor se refiera a la hermenéutica de la sospecha, constituida básicamente por Freud y Nietzche, debatiendo sobre si afirmamos la culpa o la negamos. Y si la afirmamos, sobre qué la sustentamos, punto en que el autor «se juega todo el crédito». «Quien piense que este es un tema que está alejando de toda reflexión jurídica, está muy equivocado», añadió, porque estas concepciones filosóficas se insertan en la discusión jurídica sobre culpa individual y culpa objetiva», dijo.
«Su proposición de que dos conceptos presentes a lo largo de la obra, como son la vergüenza y la culpa, habría que excluir que la diferenciación entre ambas nociones sea tan tajante, como han querido ver los antropólogos, es bien interesante y precisamente porque no se suele poner de manifiesto la diferencia entre culpa y vergüenza, podría parecer dada porque esta última es un concepto extrajurídico y, sin embargo, no es sólo relevante para analizar la culpa, y es importante no exagerar las diferencias.
Las ciencias sociales serían el marco teórico del jurista, «que probablemente viene con su cabeza apertrechada y bien amoblada, y para el cual estas disciplinas no debieran ser un campo minado, sino todo lo contrario», continuó, valorando el ejercicio propuesto por Aedo, ya que permite que el derecho use su autonomía y su originalidad para darle un significado propio, aun cuando tenga que tomar a las ciencias sociales como su marco teórico, utilizando otros subsistemas o disciplinas para una comprensión más acabada».
Vergüenza y culpa jurídica; una frontera intercomunicada
Por su parte, la académica de la Universidad Alberto Hurtado Lilian San Martín abordó algunos conceptos que consideró destacados del texto. En primer lugar, describió la relación entre vergüenza y culpa: “Aunque el autor reconoce que no es tan fácil diferenciarlos, la idea de culpa está definida por una relación de alteridad y la capacidad del sujeto para adaptar su conducta al estándar socialmente aceptado”.
«Es cierto que unas y otras tesis coinciden en el criterio, es decir, que habrá culpa cuando la sanción sea interna y vergüenza cuando provenga de los otros, pero la aproximación es completamente diferente al menos en el caso de Mead, quien pretende circunscribir la interpretación del psicoanálisis sobre la culpa a un tipo determinado de cultura», se lee en la página 24.
Aparecen las 3 características de la culpa jurídica. La primera es la relación de alteridad: la culpa supone una relación con un otro, real o ficticio, pero no necesariamente una relación de deber para con ese otro, sino en la provocación de un daño a un tercero. De ahí que surja aparejado, desde el concepto de culpa, es el de reparación o resarcimiento, con un cierto paralelo con el concepto de «expiación de las culpas».
Luego encontramos un modelo o ideal de conducta socialmente aceptado: «La razonabilidad está en el auditorio; es la sociedad la que define el estándar»; y la suposición de que se puede adaptar la conducta dicho modelo o ideal, lo que se traduce en la posibilidad de prever o evitar el daño.
Lilian San Martín prosigue con el siguiente análisis: «Si uno interpreta las ideas del autor, tendremos entonces que la culpa va a consistir en la violación de un deber jurídico, en aquellos casos en que haya una norma preestablecida, que imponga un comportamiento específico, y por el contrario, no va a haber una violación a un deber jurídico en aquellos casos en que el estándar de conducta sea especificado por el juez al momento de realizar el juzgamiento». «A mí siempre me ha ‘hecho ruido’ esta idea de que debemos distinguir entre una culpa que ser una infracción normativa y una culpa como lesión a un estándar de conducta» dijo antes de plantear su duda sobre si hay alguna compatibilidad entre ambas.
El lanzamiento
Ficha técnica
Título: “Los fundamentos filosóficos de la culpa jurídica”
Autor: Cristian Aedo Barrena
Editorial: U. Externado de Colombia
Año de Edición: 2020
Formato: Libro impreso
Número de páginas: 324
Precio: US$ 16 aprox.
[— EN REDACCIÓN —]