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sábado, 4 de mayo de 2024

mercado legal

Firmas de la región: la igualdad de género en entredicho

Un caso en Chile y otro en Perú, uno concluido y otro en curso, han permitido visualizar la problemática de la desigualdad de género dentro del mercado jurídico.

- 29 febrero, 2024

Un estudio de la American Bar Association, publicado en noviembre de 2023, muestra que las mujeres representan el 47% de los asociados en los bufetes de abogados, pero las cifras disminuyen drásticamente a medida que se asciende en la jerarquía: “Solo el 22% de los socios equity y el 12% de los socios directores son mujeres”.

igualdad de géneroInternational Bar Association

Por ejemplo, en Australia, la Universidad de Sidney determinó en el reporte Designing Gender Equality into the Future of The Law que si bien el número de mujeres solicitors (abogadas no litigantes) en relación con sus pares hombres ha aumentado de manera constante desde 2011, y las mujeres han representado más de la mitad de todos los solicitors en Australia desde 2018, las mujeres siguen estando marcadamente subrepresentadas en los puestos de liderazgo superior”.

La International Bar Association también se ha expresado sobre la igualdad de género, empezando una serie de investigaciones por país denominadas “50:50 by 2030: A longitudinal study into gender disparity in law”, donde hasta ahora se ha analizado la situación de Inglaterra, Gales, Uganda, Nigeria, Países Bajos y Nepal. El informe sobre Corea del Sur se publicará en las próximas semanas y se está trabajando en Ucrania y Turquía.

Con respecto a América Latina y España, la IBA ha publicado informes sobre la situación de igualdad de género en Chile en 2023 y España en 2022, con informes de Brasil y México ya anunciados.

En Chile, la investigación determinó que en la profesión jurídica un 34% de todos los abogados en puestos de alta responsabilidad son mujeres, mientras que en firmas legales el 39% de los abogados son mujeres y sólo el 18% de ellas ocupa puestos de responsabilidad. Por otro lado, en España, en toda la abogacía, un 54% son mujeres y un 31% se encuentra en puestos de responsabilidad.

En ese aspecto, dos casos han destacado en Latinoamérica, uno concluido y otro en curso, donde el género dentro del mercado jurídico ha sido una de las problemáticas.

Una petición “perentoria”

En 2021, la abogada chilena María José Martabit Sagredo presentó una demanda laboral en contra de sus ex empleadores, el estudio chileno Carey acusando discriminación por su condición de mujer al ser despedida luego de solicitar información sobre el mecanismo para obtener el puesto de socio.

igualdad de géneroMaría José Martabit

De acuerdo a la demanda, el 25 de agosto Martabit había consultado cómo participar en el proceso de selección de socios, que se realizaría en noviembre de 2021 y la firma le había informado que tenía el apoyo de dos socios del estudio para postular. La situación dio un giro cuando se le informó a la abogada que no podría postular, porque el Comité Ejecutivo y el Comité de Búsqueda de Carey habían recomendado que no lo hiciera, debido a que no iba a ser seleccionada: 19 días después fue despedida.

La acción presentada ante el 2° Juzgado del Trabajo de Santiago denunciaba una “vulneración del derecho a la no discriminación, libertad de expresión y libertad de trabajo con ocasión del despido” y solicitaba una indemnización por daño moral. En subsidio, se interponía una demanda por “despido indebido o injustificado y cobro de indemnizaciones y prestaciones”.

“Me vi de pronto expuesta al mismo dilema de Heidi. Sin buscarlo, la vida me situó en el mismo escenario de tantas mujeres que han tenido que experimentar el despido y el rechazo por el solo hecho de atreverse a ser diferentes y querer dar un paso adelante en el desarrollo profesional”, escribió María José Martabit en una columna de opinión publicada en este medio.

“Le informaron que ella había planteado la solicitud de participar en la elección de socios de un modo ‘perentorio’, que hacía inviable que ella siguiera en Carey”, menciona la demanda ingresada el 23 de diciembre de 2021 por los abogados César Toledo Corsi y Paula Vargas Scheihing, en representación de la actora.

En definitiva, las partes optaron por llegar a un acuerdo: la firma pagaba $55.000.000 CLP a la demandante “con el solo ánimo de poner término al presente juicio y sin reconocer los fundamentos de la demanda”, y ambas partes se ofrecían disculpas.

Meta Neta de Producción

En Perú, durante los primeros meses de 2023 se comenzó a hacer pública la controversia entre Estudio Muñiz y la socia Marta Fernández Pepper, quien había trabajado por 27 años en la firma.

La abogada denunciaba que se le había incumplido un aumento del 20% en los honorarios tanto para ella como para el equipo del área de propiedad intelectual, así como que habría sido víctima de discriminación salarial y falta de igualdad de género durante el tiempo en que fue socia equity (2% de las participaciones), a partir de 2020 y hasta su salida del estudio en 2023.

Fernández aducía que la “retribución de los demás socios con participaciones, todos de género masculino, representaban en conjunto, una retribución promedio por socio con participaciones que sextuplicaba o más”, su retribución, “la de la única socia mujer con participaciones”.

Marta Fernández Pepper

Además, criticaba la supuesta existencia de un ocultamiento y manipulación de información de las cifras de producción de las áreas de especialización, que a ella le habría correspondido conocer en su calidad de socia de participaciones. Otro de los conflictos que surgieron entre el estudio y esta socia fue su negativa a transferir sus participaciones a valor nominal, exigiendo una valorización independiente por un un perito. De acuerdo a Marta Fernández, estos serían motivos que llevaron a la junta de socios de Estudio Muñiz a llegar a un acuerdo societario para separarla de la firma.

El trasfondo del conflicto habría sido la existencia de un mecanismo dentro de la firma, denominado Meta Neta de Producción (MNP), el cual debía medir el resultado de la facturación de cada área de especialización, descontados los costos directos e indirectos de producción. El problema habría radicado en una eventual falta de transparencia respecto de los montos de esos costos, su origen y los criterios para asignárselos a cada área.

Marta Fernández dice al respecto: “Los costos se mantienen ocultos y se aplican de manera arbitraria y discriminada a las distintas áreas, menos aún pude conocer alguna vez su justificación” y añade: “Para constatar una discriminación salarial es necesario comparar y para eso se requiere información, la cual no me dejaban ver”.

De acuerdo a la abogada, por medio de este mecanismo los socios se repartían la rentabilidad de la firma mediante asignaciones de carácter remunerativo, a su favor, a favor de sus familiares, o de sus vinculados, cargando esas asignaciones como costos del área de propiedad intelectual, que dirigía Fernández.

Desde la firma

María del Pilar Florez

Consultado Estudio Muñiz sobre su postura para esta nota, María del Pilar Flórez, socia principal (profesional no equity) del área de derecho laboral y seguridad social, comentó que la firma cuenta con un Comité de Diversidad que se implementó en 2018, que ve temas de igualdad de género, y que justamente Marta Fernández Pepper fue líder de dicho órgano en 2021: “El comité recibe las quejas de casos, tanto de acoso como de discriminación; investiga las denuncias, tanto a nivel del personal administrativo como profesional; y toma medidas correctivas o preventivas en caso de tener que hacerlo. Durante su permanencia en la organización y como líder del comité, la doctora Fernández jamás presentó una queja por discriminación, lo cual tanto a la organización como a mí nos releva de mayor comentario respecto de la afirmación que está haciendo ahora”, dijo a Idealex.press.

Con respecto a la Meta Neta de Producción, Flórez explicó que el presupuesto anual de cada área de la firma la definen los propios líderes de área en reuniones estratégicas, “entonces hacen su presupuesto y en función a eso la organización asigna, pero el que decide es el líder de área y la doctora Fernández dirigía el área de propiedad intelectual. Ella era libre de definir su retribución y la de todo su equipo”.

“Además, los líderes de área conocemos el presupuesto anual de cada área. Cuando era socia principal (profesional no equity), si comparamos a Marta Fernández con otro socio hombre, con la misma cantidad de años en la organización y también líder de un área como ella, los honorarios de ambos eran idénticos o muy iguales”.

¿Eran las metas una imposición por parte del estudio? “No, porque esas metas son fijadas en coordinación con cada líder de área. Cada líder define su propia meta. Ella era líder de un área”, respondió del Pilar Flórez.

Entonces, si los líderes de área pueden decidir sus propias metas ¿qué obligaciones tienen que cumplir? “Deben lograr que los clientes no se vayan, que estén fidelizados con el estudio y que el servicio mantenga la calidad que vendemos como organización”, complementó.

En cuanto a futuras acciones que se puedan interponer en este caso, Marta Fernández dijo a Idealex.press que se intentó llegar a una solución por la vía arbitral, pero que fue infructuosa, por lo que se encuentra evaluando los siguientes pasos que podría dar a nivel judicial para lograr una solución al conflicto societario.

Consultados sobre las eventuales acciones que tomará la firma, María del Pilar Flórez dijo: “Es un tema interno confidencial que no puedo tratar”.

 
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