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Riesgos contractuales: caso fortuito e imprevisión
Este jueves 14 de mayo se realizará un seminario internacional de libre acceso, en que se debatirá sobre los alcances del caso fortuito y el pacta sunt servanda frente a la crisis mundial. Profesores de España y México aportarán con sus realidades, junto a académicos chilenos. Revisa el programa.
7 mayo, 2020
-Equipo Idealex.press
Sin olvidar las consecuencias desastrosas en términos humanos, sociales y económicos, el caso fortuito —más precisamente la pandemia Covid-19— es un hito casi inigualable en el derecho de contratos, tremendamente interesante de analizar a nivel jurídico, dice Iñigo de la Maza, profesor de derecho civil de la Universidad Diego Portales e investigador de la Fundación Fernando Fueyo.
El próximo jueves 14 de mayo se llevará a cabo el seminario internacional «Covid-19 Contratos y riesgos», que contará con una expositora española, uno de México y dos mesas con ponencias de civilistas chilenos, al cual se podrán conectar todos quienes se interesen en una materia que hoy es de máximo interés en el mundo legal, frente a una litigiosidad que muchos ya avizoran.
María Graciela Brantt, decana de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica de Valparaíso (PUCV), pone énfasis en uno de los muchos puntos que se abordarán ese día: «Queremos llamar la atención sobre el análisis que ha de hacerse sobre los requisitos del caso fortuito». Y profundiza particularmente en la irresistibilidad, «que según cómo se entienda, puede ser un elemento relevante para la procedencia de la figura».
Los actos de autoridad que se han dictado con ocasión de la pandemia —dice el académico de la PUCV Álvaro Vidal—, respecto de contratos celebrados con anterioridad, configuran un caso fortuito o fuerza mayor, sin lugar a dudas. «Hoy la discusión no está sobre los requisitos, sino sobre sus efectos: no extingue la obligación, sino que libera del cumplimiento. No se te puede exigir», agrega Vidal, quien enseña derecho civil y es abogado integrante de la Corte de Apelaciones de Valparaíso.
«El Covid-19 se debe comparar con muy pocos sucesos de las últimas décadas y es así porque obliga a repensar la relación entre el contrato y los riesgos, forzando a revisar sus efectos en una situación de catástrofe», añade el académico, quien es abogado integrante de la Corte Suprema de Chile hasta 2021.
Estos 3 expositores formarán parte de la Mesa 1: «Covid-19 y caso fortuito» del encuentro digital que se transmitirá por el canal de YouTube de la Facultad Derecho de la Universidad Católica de Valparaíso. Incumplimiento y caso fortuito pueden convivir, sostiene Vidal.
Las conferencias internacionales contarán con la participación de María Paz García Rubio, catedrática de derecho civil de la Universidad de Santiago de Compostela (España) y Edgardo Muñoz López, profesor titular de la Universidad Panamericana (México), donde expondrán sobre contratos y medidas de protección en la Unión Europea y el pacta sunt servanda en México, respectivamente.
Alteración sobrevenida de las circunstancias
«Hay una pulsión especial en los abogados con la pandemia, el caso fortuito, y yo creo que no es tan fácil dilucidarlo todo ahora», dice Carlos Pizarro, director de la Fundación Fueyo-UDP, quien participará en la segunda mesa del encuentro: «Covid-19 y alteración sobrevenida de las circunstancias».
A fines de marzo, Pizarro —abogado integrante de la Corte Suprema en el periodo 2015-2018— escribió en Idealex.press sobre la imprevisión como causal de revisión o término de un contrato, entendida como circunstancia sobreviniente, que dificulte en extremo el cumplimiento de una o más de las obligaciones del contrato, posibilitando revisar las condiciones acordadas o incluso ponerle término: «Esta figura es adorada por la doctrina chilena, pero mirada con desgano por los tribunales de justicia y carece de recepción legislativa», se lee.
En este segmento expondrán también Leonor Etcheberry, profesora de derecho civil UDP y abogada integrante de la Corte Suprema chilena; Rodrigo Momberg, profesor de derecho civil PUCV; y Julio Pellegrini, profesor de derecho civil de la Universidad Católica de Chile, quien tiene experiencia como abogado litigante en circunstancias que podrían haber sido calificadas de fuerza mayor o caso fortuito.
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