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miércoles, 24 de abril de 2024

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Fueyo podcast S01E10: responsabilidad por el hecho de los animales

Carlos Pizarro y Juan Ignacio Contardo, investigadores académicos de la Fundación Fueyo-UDP, analizan la ley de tenencia responsable de mascotas y animales de compañía, conocida en Chile como “Ley Cholito”.

- 6 mayo, 2020

César Contreras Manzor

Este capítulo de Fueyo Podcast, los profesores Carlos Pizarro y Juan Ignacio Contardo lo dedican a la responsabilidad extracontractual por el hecho de los animales, conversando sobre las reglas que lo previenen y la ley de tenencia responsable de mascotas y animales de compañía, conocida en Chile como “Ley Cholito”, por el nombre del perro maltratado, cuya muerte logró que el proyecto de ley se tramitara y promulgara.

Parte 1

En la primera parte de este episodio, los investigadores de la Fundación Fueyo-UDP discuten sobre una hipótesis específica de la responsabilidad civil extracontractual en relación a responder en el caso de la tenencia o propiedad de un animal que causa un daño a otro.

“La responsabilidad por el hecho de las cosas es una de las materias ignoradas por el código civil, a diferencia de lo que ocurre en variados ordenamientos jurídicos, es decir, no hay un principio general de responsabilidad por el hecho de las cosas”, comenta Carlos Pizarro.

Para Juan Ignacio Contardo, “precisamente a lo que se le denomina la Ley Cholito, al parecer, o viene a complementar el código o a alterarlo y los autores que han escrito, hace poco tiempo, porque la ley es relativamente nueva, no están muy contestes con el tema”.

Parte 2

Perros, gatos y animales no sujetos a registro, como aquellos que participan en espectáculos o son parte de un zoológico, son los protagonistas de la conversación de la segunda parte del capítulo, respondiendo a preguntas cómo: ¿quién es el responsable civilmente por los daños que provoca un animal en un evento? ¿el organizador o el dueño? ¿pasa a ser una responsabilidad por el hecho propio o se mantiene por el hecho del animal?.

“La verdad es que todos los autores que se han preocupado del tema, que son alrededor de cuatro, hacen ver que la ley más que estricta no tiene una buena redacción, por lo que da lugar a las dudas”, comenta Contardo.

Consultado por Pizarro sobre los efectos en relación a la responsabilidad civil de ley cholito en cuanto al régimen general que estaba previsto en el código civil, Contardo contesta, “la impresión que me da es que el registro obligatorio de las mascotas ha generado una concientización de que hay que tener los debidos resguardos respecto de los animales y ha sido menos frecuentes en el último año tener noticias de animales domésticos que atacan a personas”.

“Creo que al final del día se termina haciendo una buena ley”, concluye Contardo.

Para Pizarro, “sin duda ha existido un efecto social con la Ley Cholito, donde las personas tienden a ser más responsables”.

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