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Primer laudo arbitral anulado por citas inexistentes: cuando la IA decide y el juicio jurídico se degrada
“La degradación puede producirse de ambos lados del mostrador. De un lado, abogados que sustituyen selección por acumulación, investigación por generación y argumentación por expansión. Del otro, tribunales que empiezan a necesitar inteligencia artificial para leer esa inflación procesal. En el extremo, árbitros que delegan incluso el razonamiento que las partes les confiaron”.
Mario Covarrubias - 21 Agosto, 2026
El 22 de abril de 2026, en Quebec, el Tribunal Superior anuló un laudo arbitral que se apoyaba en decisiones judiciales inexistentes y en referencias doctrinarias que no pudieron ser localizadas. Según Mayer Brown, fue el primer caso públicamente reportado de anulación de un laudo por razonamiento generado por IA. No eran errores decorativos: las citas falsas sostenían la parte decisiva del razonamiento.
Mario Covarrubias Jurado El conflicto había surgido de un reclamo de la Association des ressources intermédiaires d’hébergement du Québec —la Asociación de Recursos Intermedios de Alojamiento de Quebec— contra Santé Québec, vinculado con una compensación retroactiva por servicios prestados entre 2019 y 2022, valuada en aproximadamente CAD 1,2 millones. El árbitro lo rechazó en forma preliminar por haberse presentado fuera del plazo perentorio de 90 días previsto en el convenio nacional aplicable, pero el problema estaba en las fuentes que sostenían esa conclusión: tres decisiones judiciales inexistentes, un artículo académico falso, un laudo arbitral ficticio y una decisión real de un tribunal laboral que no decía lo que el laudo le atribuía.
Ante el Tribunal Superior, las demandantes plantearon dos vías de anulación. La primera sostenía que el laudo era contrario al orden público por alterar los plazos de prescripción del Código Civil de Quebec, objeción que fue rechazada, mientras que la segunda apuntaba al corazón del problema: el laudo habría sido afectado por una delegación indebida de la función decisoria en inteligencia artificial. Esa fue la vía que prosperó.
No se trató de una cita marginal mal copiada ni de una referencia secundaria irrelevante. La falsedad de las citas no fue solo un error de comprobación bibliográfica: fue la huella visible de un problema más profundo, la sustitución del juicio humano que debía sostener el laudo.
La Corte fue cuidadosa: no dijo que la IA fuera incompatible per se con la función arbitral. El punto fue más preciso y más exigente: la IA puede asistir una tarea jurídica, pero no sustituir el razonamiento ni desplazar la función decisoria. Lo inadmisible fue que el árbitro adoptara como propio un razonamiento que no había verificado ni construido. La acumulación de citas ficticias en el núcleo del laudo bastó para concluir que había existido una delegación indebida y ordenar un nuevo arbitraje.
Como resumió el profesor de derecho administrativo Paul Daly: se designó a un árbitro humano, no a un chatbot, y al confiar ciegamente en la IA generativa, el árbitro terminó por no ejercer la función para la que había sido nombrado.
Las partes no eligen una tecnología para resolver su controversia, sino que designan a una persona. Si el razonamiento se sustituye por el de una máquina, no solo se afecta la calidad del laudo; se pone en cuestión el fundamento mismo de la jurisdicción arbitral.
La alucinación es el síntoma. La delegación es el problema. La degradación profesional es la consecuencia. Un abogado, un juez o un árbitro pueden equivocarse usando IA y seguir ejerciendo correctamente su oficio si verifican, corrigen y se hacen cargo del resultado. El problema aparece cuando dejan de realizar el trabajo intelectual que permite detectar el error.
El caso de Quebec revela un circuito más amplio. Un abogado usa IA para producir un escrito; ese escrito se expande; el tribunal no puede procesarlo humanamente; entonces recurre a otra IA para resumirlo. En un extremo, la máquina interviene en la producción del material litigioso. En el otro, empieza a intervenir en su comprensión y, eventualmente, en la decisión.
Ese deslizamiento ya tiene una traducción concreta: escritos cada vez más extensos y menos selectivos. Lo que antes ocupaba 30 páginas hoy puede superar las 300, no porque el caso sea más complejo, sino porque la IA permite expandir cualquier argumento sin esfuerzo. Como advirtió Diego Palomo en este mismo medio, cuando la IA se usa para expandir en lugar de depurar, el resultado no es un mejor escrito sino uno más largo y más difuso.
La función tradicional del abogado nunca fue solo producir argumentos. Fue, también, filtrar: seleccionar hechos, elegir precedentes, descartar lo accesorio. Durante décadas, una parte esencial del valor profesional consistió en saber qué no decir. La IA amenaza con invertir esa lógica: cuanto más fácil resulta producir texto, menos valor parece tener descartarlo.
El límite tradicional de la profesión jurídica era, en buena medida, la escasez de tiempo humano. El abogado tenía que elegir porque no podía investigarlo, escribirlo ni citarlo todo. La IA elimina artificialmente esa escasez. Por eso, cuando producir deja de ser costoso, seleccionar se vuelve todavía más importante.
La misma lógica alcanza a los tribunales. En Estados Unidos, jueces federales ya hablan de una “amenaza existencial” ante el aumento de demandas redactadas con IA por litigantes sin abogado. En Minnesota se estimó que las presentaciones de personas pro se o sin representación crecieron cerca del 50% desde marzo de 2025. Frente a ese volumen, algunos tribunales comenzaron a usar IA para resumir y analizar escritos, mientras que en Los Ángeles, seis jueces civiles probaron en 2026 el sistema Learned Hand, que propone borradores de decisión para revisión judicial.
En España, el Consejo General del Poder Judicial dictó en enero pasado la Instrucción 2/2026 que prohíbe que la IA opere autónomamente en la valoración de la prueba o la interpretación del Derecho, pero admite que su uso judicial ya es una realidad.
La respuesta institucional no puede limitarse a detectar citas falsas o a construir una IA capaz de leer escritos interminables. Si la tecnología permite producir mil páginas en segundos, el sistema judicial no debería resignarse a procesarlas más rápido. Debería preguntarse por qué permite que existan.
Desde 2019 y hasta completar la cobertura provincial en 2023, el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba, en Argentina, implementó la oralidad efectiva en el fuero civil y comercial, reemplazando buena parte del expediente escrito por audiencias de conciliación, fijación de hechos, producción probatoria y concentración del debate.
La oralidad no fue diseñada para combatir la inteligencia artificial, pero resuelve por diseño algunos de los problemas que la IA exacerba. Una audiencia no puede generarse en serie con un prompt: obliga a seleccionar lo esencial, escuchar a la contraparte, responder preguntas, improvisar, justificar y hacerse cargo. En cada uno de esos gestos, reintroduce aquello que la producción automática tiende a eliminar: presencia, responsabilidad y juicio.
En Rosario, un tribunal detectó citas inexistentes y el abogado reconoció haber usado IA generativa sin cotejar los resultados. Luego aparecieron episodios similares en General Roca, Morón y Zapala. Cuatro jurisdicciones, un mismo patrón: abogados que delegaron la búsqueda de jurisprudencia en un chatbot y firmaron sin verificar.
Pero la degradación puede producirse de ambos lados del mostrador. De un lado, abogados que sustituyen selección por acumulación, investigación por generación y argumentación por expansión. Del otro, tribunales que empiezan a necesitar inteligencia artificial para leer esa inflación procesal. En el extremo, árbitros que delegan incluso el razonamiento que las partes les confiaron.
La inteligencia artificial no inventó la degradación de la profesión jurídica. Pero puede acelerarla hasta hacerla imposible de ocultar.
* Mario Covarrubias Jurado es abogado de la U. Católica Argentina, con Maestría en Derecho Empresario de la Universidad de San Andrés y es profesor del Departamento de Posgrado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (UBA). Es asociado en Estudio Garrido Abogados, donde se especializa en litigios comerciales, arbitrajes derivados de operaciones de fusiones y adquisiciones, y controversias tecnológicas.
