"La degradación puede producirse de ambos lados del mostrador. De un lado, abogados que sustituyen selección por acumulación, investigación por...
Ley anti fast fashion francesa y derecho a la información
“No basta con sancionar a las empresas o limitar sus estrategias publicitarias. También es imprescindible garantizar que las personas sepan qué están comprando, dónde fue fabricada una prenda, cuáles son los impactos ambientales y sociales asociados a su producción y qué ocurrirá con ella una vez desechada”.
Bárbara Villalobos Jaramillo - 22 Agosto, 2026
Bárbara Villalobos Jaramillo El pasado 8 de julio, Francia promulgó la Ley N° 2026-602, conocida como Ley anti fast fashion, destinada a reducir el impacto medioambiental de la industria textil. Entre sus principales medidas se encuentra la instauración de un sistema de ecocontribuciones progresivas, aplicable a partir del 1 de septiembre de 2026, que impone una penalización económica por prenda vendida de entre 0,25 € y 12 € durante este año, con un incremento progresivo hasta alcanzar los 20 € en 2030, sin que dicha penalización pueda superar el 50% del precio de venta del producto.
Asimismo, la ley prohíbe, desde el 1 de enero de 2027, la publicidad —directa o indirecta— de productos "ultra express", denominación legal adoptada en sustitución de fast fashion, incluyendo el uso del término "gratuito" en su promoción. A ello se suma la prohibición para influencers de publicitar dichas marcas, bajo sanción de multas de hasta 100.000 €, convirtiendo a Francia en el primer Estado miembro de la Unión Europea en establecer una restricción específica a la promoción comercial realizada por creadores de contenido, entre otras innovaciones incorporadas por esta normativa.
Estas medidas han llamado la atención por su fuerte impacto en la industria del fast fashion, sobre todo respecto a su publicidad e imagen pública a través del trabajo con influenciadores. No obstante, me parece importante abordar otra temática, la garantía del derecho a la información que robustamente emplea esta nueva Ley.
Esta apuesta resulta especialmente evidente en el artículo 1, parte III, que obliga a las plataformas digitales que comercialicen productos de moda ultra express a exhibir, de manera clara, legible y comprensible, mensajes que incentiven la sobriedad en el consumo, la reutilización, la reparación, el reciclaje y otras prácticas de economía circular. La norma exige, además, que dichos mensajes informen sobre la incidencia social de los productos, sus efectos sobre el medioambiente y la salud humana, así como el impacto ambiental asociado a su sistema de entrega.
En la misma línea, el artículo 2 dispone que el lugar de fabricación de las prendas comercializadas en línea debe informarse al consumidor de forma visible, con un tamaño de letra equivalente al del precio y junto a este, reforzando la transparencia sobre el origen de los productos.
Finalmente, el artículo 11 incorpora una dimensión educativa al establecer que la formación escolar deberá incluir contenidos sobre los efectos ambientales y sanitarios de los patrones de producción y consumo no sostenibles, las condiciones de fabricación, el etiquetado y las prácticas de consumo responsable en materia textil.
En conjunto, estas disposiciones revelan que la ley francesa no solo busca desincentivar la moda ultra express mediante prohibiciones y sanciones, sino también transformar las decisiones de consumo a partir de una ciudadanía mejor informada. La información es una herramienta esencial para desincentivar el consumo de moda rápida.
En este contexto, el derecho a saber, o derecho a la información, constituye un pilar de las sociedades democráticas contemporáneas. Tradicionalmente, este derecho se ha asociado al acceso a la información pública y a los deberes de transparencia del Estado. Sin embargo, la nueva ley francesa demuestra que también puede proyectarse sobre actores privados cuando lo que está en juego es la transparencia del mercado, la rendición de cuentas y la posibilidad de que las personas adopten decisiones de consumo verdaderamente conscientes.
No basta con sancionar a las empresas o limitar sus estrategias publicitarias. También es imprescindible garantizar que las personas sepan qué están comprando, dónde fue fabricada una prenda, cuáles son los impactos ambientales y sociales asociados a su producción y qué ocurrirá con ella una vez desechada. Solo cuando esa información está disponible es posible hablar de una decisión de consumo libre, informada y responsable. Chile aún está lejos de una discusión de esta naturaleza.
Sin embargo, ello no significa que el debate no deba abrirse. La experiencia francesa demuestra que el derecho a la información puede convertirse en una herramienta eficaz para enfrentar los costos sociales y ambientales de la moda rápida. Mientras tanto, seguiremos viendo hauls de ropa desechable en redes sociales, conscientes —o, quizá, apenas conscientes— del lugar en que muchas de esas prendas terminarán.
Bárbara Villalobos Jaramillo es coordinadora académica del magíster en Derecho Público y doctoranda de la Facultad de Derecho de la Universidad Central.
También te puede interesar:
— El impacto jurídico del Fast Fashion
— Mode éphémère: la ley francesa para reducir el impacto ambiental de la industria textil
— El derecho de la moda y las estrategias de venta (de moda)
