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sábado, 20 de abril de 2024

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Gobierno español aprueba anteproyecto de Ley LGTBI

Se inicia la tramitación en el Congreso de la ley que permitiría que el procedimiento de cambio de sexo puedan iniciarlo mayores de 16 años por sí mismos y, mayores de 14, acompañados de sus representantes legales. En el caso de los mayores de 12 años y menores de 14, el procedimiento será sometida a la decisión de un juez, quien considerará el grado de maduración y estabilidad de la decisión.

- 2 julio, 2021

Claudio Soto,
Desde España

Después de meses de discusión, incluso al interior de la propia coalición del Gobierno español, el Consejo de ministros finalmente aprobó la llamada Ley Trans – Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI- y será desde ahora el Congreso de ese país el que deba discutir una de las más trascendentales reformas en materia de derechos personales desde la entrada en vigencia de la Ley de Matrimonio Igualitario (2005) y la Ley de Aborto (2010).

En su comparecencia ante la prensa en el Palacio de La Moncloa, la ministra de Hacienda y portavoz, María Jesús Montero, secundada por la ministra de Igualdad, Irene Montero; y el titular de Justicia, Juan Carlos Campo, dieron a conocer los alcances del texto legal, calificando el hito como “histórico” para el país, y como un avance sustancial en el ámbito europeo.

Según el Gobierno, la Ley consolida y garantiza derechos para las personas trans y LGTBI, ya que –se explicó- por un lado, se trata de una norma en la que las personas trans dejan legalmente de ser consideradas enfermas, tal como lo señala la Organización Mundial de la Salud.

Asimismo, la nueva norma permite que las mujeres lesbianas, bisexuales y las mujeres sin pareja vuelvan a tener acceso a técnicas de reproducción humana asistida tras 7 años sin acceso a ese derecho en el Sistema Nacional de Salud. Igualmente, el Gobierno se ha comprometido a redactar una Orden Ministerial en el plazo de 6 meses para ampliar este derecho a las personas trans con capacidad de gestar.

“Las protagonistas del impulso de esta ley son las personas LGTBI, particularmente las personas Trans, pero también las mujeres, las feministas de este país”, señaló la ministra Montero, una de las principales promotoras de la iniciativa legal.

Contenido

El anteproyecto, que desde ahora deberá iniciar una compleja tramitación en el Congreso- modifica el artículo 120 del Código Civil y responde a una de las demandas del colectivo LGTBI, como es la filiación de los hijos e hijas de las parejas formadas por 2 mujeres, sin necesidad de que estén casadas.

Además, se prohíben las terapias de conversión, aversión o contra condicionamiento destinadas a modificar la orientación, identidad sexual o la expresión de género de las personas, con independencia de que esta haya dado su consentimiento. Asimismo, la norma consolida derechos para las personas trans y LGTBI en el ámbito educativo y laboral.

La norma incorpora también medidas de acción positiva para favorecer el acceso de las personas LGTBI al empleo, especialmente de las mujeres trans, así como de otras medidas de igualdad en el ámbito laboral. Asimismo, garantiza que la atención sanitaria a las personas trans se realicen conforme a los principios de no patologización, autonomía, codecisión y consentimiento informado.

Procedimiento de cambio de sexo

El titular de Justicia, Juan Carlos Campo explicó que el texto contempla el cambio de sexo legal a partir de los 12 años, en diferentes tramos de edad y atendiendo a la madurez y estabilidad del solicitante.

El procedimiento para cambiar de sexo en el registro de los menores de entre 12 y 14 años será mediante un expediente de jurisdicción voluntaria, es decir, una resolución judicial lo determinará.

Las personas entre 14 y 16 años tendrán que acudir al Registro Civil, acompañadas de sus padres o de la figura de un “defensor”, donde rellenarán un formulario y recibirán información sobre las consecuencias legales que tendrá el cambio. Los solicitantes de entre los 16 y 18 años podrán realizar de manera autónoma el cambio de sexo en el Registro Civil.

En el plazo máximo de 3 meses el solicitante comparecerá de nuevo para ratificar su solicitud y la persona encargada del registro dictará una resolución en el plazo máximo de un mes tras esa segunda comparecencia.

El ministro Campo señaló que la norma prevé la posibilidad de un proceso de reversión del cambio de sexo, para el cual el menor deberá esperar 6 meses.

Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa

 
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