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viernes, 26 de abril de 2024

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Corte Suprema de Chile dicta primer fallo basado en la Ley de Identidad de Género

El histórico caso obligó a Gendarmería, entidad a cargo de la seguridad de tribunales y recintos penitenciarios, a proteger datos y cambiar el email de una funcionaria trans, respetando su nombre social.

- 11 diciembre, 2019

César Contreras Manzor

Una gendarme trans pidió que la institución le diera un nuevo correo electrónico y que sus datos personales fueran privados; sin embargo, la entidad negó sus peticiones. La funcionaria recurrió de protección y la Corte Suprema falló en su favor, aplicando la Ley de Identidad de Género. Así resume el caso el canal del Poder Judicial.

La Corte Suprema aplicó por primera vez la nueva normativa, acogiendo un recurso contra Gendarmería, presentado por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), por discriminar a una funcionaria trans, obligando a la institución a respetar el nombre y sexo social, así como a mantener en reserva su identidad legal.

“En primera instancia la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones rechazó nuestro recurso de protección. Apelamos basándonos en la Ley de Identidad de Género (LIG), y felizmente ganamos en la Suprema. Esto sienta un importante precedente. Esto sienta un importante precedente ya que establece que no es posible ampararse en la falta de dictación de un reglamento, para desatender el mandato constitucional de adoptar todas las medidas necesarias para garantizar la dignidad”, dijo Paz Becerra, abogada del movimiento.

En una nota subida por el canal del Poder Judicial chileno, se puede ver a Branislav Marelic, ex Director del Instituto Nacional de Derechos Humanos, quien explica la importancia de la sentencia para el avance de la igualdad y no discriminación de las personas trans. En el sitio web de RCZ Abogados, firma en la que trabaja actualmente, aparece también su opinión: “Básicamente, el raciocinio de la Corte Suprema habla de que no se puede alegar una falta de regulación interna o una falta de reglamento, para no reconocer la dignidad de una persona”.

El nombre social

fallo GendarmeríaConstanza Valdés

La abogada Constanza Valdés, activista transgénero y feminista, quien participó activamente durante el trámite legislativo de la Ley de Identidad de Género (LIG), sobre el caso de Gendarmería, comenta que la sentencia de la Corte Suprema “sigue la línea ya desarrollada jurisprudencialmente sobre el nombre social y el derecho a la identidad de género”.

“El Tribunal superior en un fallo, hace años atrás, sobre un caso de discriminación arbitraria, estableció que no llamar a una persona trans por su nombre social es atentar contra su identidad de género, categoría sospechosa protegida por la ley 20.609 que establece medidas contra la discriminación”.

Valdés, quien también es asesora parlamentaria, explica que esto ya se había esbozado en sentencias que resuelven recursos de protección sobre uso del nombre social en las fichas clínicas de clínicas privadas.

“Esta sentencia es la primera en la que se obliga, en el ámbito del trabajo, a respetar el uso del nombre social por parte de un servicio público y, además, a modificar los datos relativos al correo y otros aspectos”, comenta Valdés, a quien le ha tocado desarrollar esta tesis en distintos conversatorios, principalmente en lo referido a las implicancias por extensión de la identidad de género “como categoría por la cual se prohíbe la discriminación”.

“La garantía de igualdad y no discriminación no solo implica un mandato de prohibir, sino que también de garantizar que ésta no exista, y esto requiere acciones concretas, tales como el reconocimiento del nombre social dentro del ámbito de la identidad de género”, concluye la abogada.

Historia de la ley

La página Ley Fácil, perteneciente a la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile, creó una guía legal sobre la Ley de identidad de género, partiendo por su definición: “La ley entiende la identidad de género como la convicción personal e interna de ser hombre o mujer, tal como la persona se percibe a sí misma. Eso puede o no corresponder con el sexo y nombre que figura en el acta de inscripción del nacimiento”.

La Ley 21.120, que reconoce y da protección al derecho a la identidad de género se promulgó el 28 de noviembre de 2018, con vigencia diferida por fechas hasta el 27 de diciembre de 2019, cuando comenzó a regir en toda su plenitud.

 

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