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miércoles, 24 de abril de 2024

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Pymes y reforma tributaria: la necesidad de una solución integral de largo plazo

“La comentada modificación que recientemente entró en vigor podría generar un efecto poco deseado: un incentivo a la informalidad por parte de este tipo de contribuyentes y la discriminación entre ellos exclusivamente por la manera de organizarse corporativamente”.

Nicolás Alvarado - 26 enero, 2023

 

Pymes

Los últimos años no han sido precisamente los tiempos mejores que tanto esperaba la economía de Chile. Por el contrario, el estallido social y la pandemia por el covid-19 nos dejaron el efecto contrario al esperado. De acuerdo con el boletín emitido por la Unidad de Estudios de la División de Política Comercial e Industrial del Ministerio de Economía, el 62,4% de las compañías registraron una disminución en sus ventas durante el 2019 y 2020, lo que tuvo como consecuencia una importante caída en la dotación de trabajadores dependientes en las empresas de todo tamaño durante ese último período.

Si bien los efectos económicos fueron un síntoma generalizado en el mercado, el impacto negativo no se absorbió de manera homogénea en las empresas del país. Existe un sector que constituye una de las grandes fuentes generadoras de empleo, que es el más afectado, tanto por las circunstancias extraordinarias que han ocurrido como por la poca la capacidad de converger de los políticos: las pymes.

Según las distintas mediciones, estas han sido las más golpeadas por los acontecimientos de los últimos años: 63,1% disminuyó sus ventas en alrededor de un 37,5%. Lo anterior ha llevado a un aumento en las situaciones de insolvencia y morosidad de este segmento, con los efectos indeseados que esto conlleva.

Frente a lo anterior, ¿cuál ha sido la respuesta del Ejecutivo y del Congreso? En primer lugar, la publicación de la Ley N°21.420, que buscaba reducir o eliminar ciertas exenciones, trajo aparejada la modificación de los hechos gravados con IVA, el que se hizo extensible a todo tipo de servicio prestados o utilizado en Chile, salvo exenciones legales expresas. La más relevante de ellas, según se ha reflejado en el comportamiento de las empresas en el último tiempo, es la de la sociedad de profesionales.

Si bien en principio podríamos analizar que esta modificación refleja un impacto positivo, logrando una mayor recaudación para las arcas fiscales, algunos lo han puesto en duda. ¿Esto tiene el mismo resultado para las pymes?

Desde un punto de vista económico, se vislumbran los siguientes efectos: i) aumento en el precio de los servicios, generando una mayor presión inflacionaria en el sistema; ii) rebaja en los márgenes de las empresas, dado que, si bien este es un impuesto que teóricamente se recarga a los consumidores finales, es ingenuo pensar que se les puede traspasar íntegramente el 19% adicional por dichos servicios, y iii) la generación de un efecto importante a nivel de caja en las pymes, las cuales deberán enterar en arcas fiscales el IVA débito facturado mensualmente, sin necesariamente haber recibido el pago producto de la prestación efectuada, que muchas veces se efectúa a más de 60 o 90 días plazo desde la respectiva factura.

De esta forma, las pymes se han visto obligadas, con la finalidad de mantener sus servicios exentos de IVA, a reorganizarse como sociedades de profesionales —en los casos que califican para dicha exención—, para lo cual han debido modificar sus estructuras legales y cumplir con las normas instruidas por el Servicio de Impuestos Internos a través de sus distintos oficios y la Circular N°50 del 2022.

Esta situación traerá aparejado un problema de competencia en los mercados: las pymes que no puedan cumplir con los requisitos legales y administrativos para reorganizarse como sociedades de profesionales, o bien, aquellas que no tengan los medios para contratar asesoría jurídica en dicho sentido, verán disminuida su capacidad competitiva respecto de aquellas que sí lo logran.

Así, la comentada modificación que recientemente entró en vigor podría generar un efecto poco deseado: un incentivo a la informalidad por parte de este tipo de contribuyentes y la discriminación entre ellos exclusivamente por la manera de organizarse corporativamente.

Luego de la publicación de norma antes mencionada se comenzó a discutir el nuevo proyecto de reforma tributaria, cuya finalidad sería avanzar hacia un “pacto fiscal por el desarrollo y la justicia social”, pero luego de analizar sus disposiciones, ¿es posible afirmar que cumplirá con dicha finalidad?

Entre otras modificaciones, la demora e incertidumbre respecto de la tasa de impuesto de primera categoría que gravará sus actividades —que este año volvió al 25%, sin perjuicio de estar en el Congreso una norma que la rebajaría a 13%—; la limitación al uso de las pérdidas tributarias de arrastre de años anteriores a un 50% —teniendo en especial consideración que estos contribuyentes deben depreciar instantáneamente sus bienes del activo fijo— y la eliminación del arrendamiento de inmuebles amoblados como hecho gravado con IVA —excluyendo así la posibilidad de acceder a la devolución del crédito fiscal del artículo 27 bis de la Ley del IVA, limitando y encareciendo las posibilidades de financiamiento no solo de las pymes sino que a todo tipo de empresas—, más que impulsar hacia el desarrollo y justicia social vienen a dificultar el panorama económico de las pequeñas y medianas empresas.

Creemos que es momento de efectuar un análisis global de las pymes y sus necesidades a la hora de proponer nuevas reformas tributarias. Los últimos años se han ido adoptando medidas aisladas, que no han tomado en cuenta otras disposiciones legales o los efectos colaterales de estas, provocando una serie de consecuencias negativas, como las ya comentadas. Por esto, urge una aproximación sistemática y de largo plazo que otorgue soluciones efectivas e integrales, así como certidumbre, especialmente en los desafiantes tiempos que se avecinan.

Nicolás Alvarado es socio del área tributaria de MBC, abogado de la Universidad Católica de Chile, LLM de la Universidad de Cambridge (Reino Unido) y magíster en Dirección y Gestión Tributaria, de la Universidad Adolfo Ibáñez.

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