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lunes, 25 de noviembre de 2024

internacional

Corte Suprema de México despenaliza el aborto con un amplio efecto en todo el país

En un fallo histórico por sus alcances, el máximo tribunal mexicano anuló el castigo con cárcel para la interrupción del embarazo en algunos Estados , sentando un “verdadero precedente” para el resto de los países de Latinoamérica.

- 7 septiembre, 2021

La justicia mexicana no sólo abre las vías para la interrupción voluntaria del embarazo, práctica muy diversa en todo el país, y en donde solo 4 Estados de un total de 32 han normado estos hechos con una ley ad hoc.

Según publica Diario El Universal, uno de los principales medios azteca, en votación unánime, con 10 votos, el Pleno del máximo tribunal declaró inconstitucional el artículo 196 del Código Penal de Coahuila y Sinaloa, que establece hasta 3 años de cárcel a quienes abortan de manera voluntaria, por lo que el criterio es ahora obligatorio para todos los jueces del país.

Fundamentos

Según consigna el propio tribunal “la Suprema Corte entendió que el producto de la gestación merece una protección que incrementa en el tiempo, a medida que avanza el embarazo. Sin embargo, precisó que esa protección no puede desconocer los derechos de las mujeres y personas gestantes a la libertad reproductiva. Por lo tanto, estableció el Pleno, criminalizar de manera absoluta la interrupción del embarazo es inconstitucional”, señaló a través de su página oficial.

El ministro presidente de la Corte Suprema de Justicia, Arturo Zaldívar expresó que “hoy es un día histórico para los derechos de todas las mujeres mexicanas y las personas gestantes”.

“A partir de hoy es un parteaguas en la historia de los derechos de todas las mujeres, sobre todo de las más vulnerables. Con este criterio unánime del Tribunal Constitucional no solo se invalidan las normas que fueron objeto de discusión, sino se establece un criterio obligatorio para todos los jueces y juezas del país”, señaló tras darse a conocer el fallo, que tuvo amplio eco en medios de la región y España, como diario El País.

En tanto la ministra Ana Margarita Ríos Farjat destacó en su intervención que la Constitución federal no prohíbe el aborto y que su castigo se traduce en una sanción al ejercicio de derechos como el de la dignidad humana, la autonomía, el libre desarrollo de la personalidad, la igualdad jurídica, la salud y la libertad reproductiva, según informa El Universal.

Efectos

De acuerdo a un análisis de este matutino, aunque el efecto inmediato únicamente es la eliminación de este castigo en la legislación de Coahuila, las consecuencias van a impactar a todo el país porque el criterio es obligatorio para todos los jueces.

Esto, debido a que con la reforma judicial se estableció un nuevo sistema de precedentes judiciales en el que las decisiones que tome el Pleno, avaladas por mayoría de ocho votos (calificada), y las de las Salas, por mayoría de cuatro votos, serán obligatorias para todos los jueces federales y locales.

Esto quiere decir —explica el medio— que, si las autoridades de cualquier estado o de la Federación intentan llevar a la cárcel a una mujer porque se practicó un aborto de manera voluntaria, los jueces que conozcan de esos asuntos deberán aplicar el criterio de la Corte; a pesar de que las legislaciones locales aún consideren el aborto voluntario como un delito.

 

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