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jueves, 28 de marzo de 2024

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Colegio de Abogados de Chile inicia proceso para renovar 10 de sus consejeros

La elección, que en los últimos años ha alcanzado una alta notoriedad pública, al integrar una cuota de género, se llevará a cabo los días 14 a 16 de noviembre próximo.

- 26 octubre, 2021

No ha sido fácil, y tampoco se espera que en esta ocasión lo sea. El Colegio de Abogados de Chile A.G. anunció oficialmente el calendario y requisitos para la elección de 10 nuevos consejeros y consejeros del organismo para el periodo 2022-2026.

Quienes integran el Consejo General de 19 miembros, según los estatutos de la orden, es quien finalmente administra y toma decisiones al interior del gremio. Este Consejo, se renueva alternadamente cada dos años.

La elección de este año cobra especial relevancia, puesto que la institución tiene a la vista las elecciones presidenciales y parlamentarias de noviembre, y el proceso constituyente que deberá culminar con la redacción de una nueva Constitución, y en donde se espera pueda influir sobre la colegiación obligatoria (hoy es voluntaria) para el control ético de los profesionales, lo que a su vez ha generado voces a favor y en contra.

Asimismo, se pondrá a prueba nuevamente una reciente reforma que garantiza un criterio de paridad de género y que, en la última elección, contrariamente a lo que se pensó originalmente, dejó fuera a candidatas mujeres debido a la alta votación que tuvieron respecto a sus colegas hombres.

Requisitos para los consejeros

Según lo informado por el organismo, el cierre del registro de votantes será el lunes 15 de noviembre de 2021, pudiendo todos los abogados y abogadas no asociados inscribirse hasta esa fecha para poder sufragar.

Asimismo, se informó que el plazo para registrar y declarar candidaturas vence el mismo lunes 15 de noviembre de 2021.

De acuerdo a lo estipulado por el Art.23 de los Estatutos de la orden, para ser elegido o designado consejero se requiere:

a) Ser chileno;
b) Ser abogado;
c) Haber ingresado al Colegio a lo menos un año antes de la elección o designación;
d) No haber sido objeto de medida disciplinaria de suspensión, aplicada por el Consejo dentro de los dos años anteriores a la elección o designación
e) Asimismo, además de los requisitos que se enumeran, se considerarán los que el D.L. 2.757 establece en su Artículo 10. y;
f) Encontrarse al día en el cumplimiento de sus obligaciones pecuniarias con el Colegio.

Se pone especial énfasis que para sufragar los abogados asociados deberán estar al día en el pago de sus cuotas gremiales, al 30 de diciembre de 2021.

Todos los detalles en: https://colegioabogados.cl/

 

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