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viernes, 3 de mayo de 2024

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El arbitraje en la agroindustria

“Cuando por fin se tiene una sentencia definitiva en la justicia ordinaria, es usual que el tiempo transcurrido les haya ocasionado daños irreparables, pérdidas de la producción o de relaciones comerciales…”

Alessandro Vergel - 12 diciembre, 2018

Alessandro VergelVergel Pérez Palma Abogados
Alessandro Vergel

El sector agroindustrial es uno de los más importantes en la economía peruana, representando aproximadamente el 6% del PBI, y registrando una exportación de más de US$ 4,000.00 MM anuales.
Nuestro país es productor de exportación de diversos productos, como café, palta, mango, cacao, caña de azúcar, limón, uva, palma, papa, entre muchos otros, incluido derivados y procesados.

Por su naturaleza, dicho sector es especialmente dinámico, y compuesto por una serie de actores económicos que se vinculan entre sí a través de contratos que pueden ser desde una simple compraventa de semillas, hasta complejas transacciones económicas que incluyen importación y exportación, asociaciones para proyectos agrícolas, financiamiento, producción, venta y distribución, márquetin agrícola, provisión de maquinarias, alquiler de fundos agrarios, y demás.

Ese dinamismo no está exento de controversias, que pueden ser de las más variadas, desde una demora en la entrega de un producto, hasta la aplicación de penalidades, el incumplimiento, calidad, mermas, intereses, distribución de utilidades, fallas en el sistema de producción, entre otros. Esto se puede complicar aún más cuando, en el marco de una controversia, estén de por medio una multiplicidad de partes o se han suscrito una multiplicidad de contratos.

Una situación como aquella, ciertamente, requiere de una solución adecuada y eficiente, que permita solucionar el problema y permitir la continuación del negocio o, incluso más, la pérdida de la producción, daños que se pueden generar por la demora de los procesos judiciales o por la poca especialización de quien es el encargado de resolver el conflicto.

Normalmente se piensa que, ante una controversia con posiciones irreconciliables, la única opción es acudir al Poder Judicial, lo que conlleva una espera de años hasta llegar al fallo de última instancia.

Lo lamentable es que, llegado el momento en que por fin se tiene una sentencia definitiva, es usual que el tiempo transcurrido le haya ocasionado a las partes daños irreparables, pérdidas de la producción o de relaciones comerciales, a lo que eventualmente se suma que la forma de resolver el conflicto no haya sido la correcta, debido a la falta de conocimiento del sector agroindustrial.

Ante ello surge la necesidad de un mecanismo alternativo que atienda a las necesidades de los mercados más dinámicos, complejos y especializados, como el agroindustrial. Para ello, desde mediados de los noventa, en el Perú se introdujeron normas que hicieron viables solucionar estas controversias a través de un mecanismo denominado arbitraje.

Así, el arbitraje no es otra cosa que un mecanismo para resolver controversias, alternativo al proceso judicial, por medio del cual las partes deciden que sus controversias serán resueltas por un árbitro o tribunal arbitral, cuya decisión final, denominada Laudo, tendrá la misma fuerza que una sentencia judicial. El arbitraje, actualmente, se encuentra regulado en el Decreto Legislativo N° 1071, sin perjuicio de otras normas que regulan sectores específicos.

Para que las partes puedan someter sus controversias ante un árbitro es necesario que exista un “Convenio Arbitral”, que no es otra cosa que el acuerdo de las partes, generalmente escrito, para que las controversias que surjan del contrato (o de los contratos) se resuelvan mediante arbitraje.

El atento lector podrá hacer el ejercicio de revisar los contratos que haya firmado o sus órdenes de compra, y verificar si en éstos exista dicho convenio arbitral —generalmente a cargo de alguna Cámara de Comercio o Institución Arbitral—, el cual generalmente es consignado en la parte final del documento, cual cláusula de menor importancia, grave error.

En no pocas ocasiones el arbitraje permite salvar negocios millonarios, así como conservar relaciones comerciales que, en otras situaciones, se hubiesen quebrado. Pero no sólo es un mecanismo más rápido para resolver un conflicto, pues el promedio de duración es de 6 a 18 meses, para los casos más complejos, sino que además es confidencial. Nadie que esté involucrado en una operación comercial agroindustrial quiere que sus conflictos se ventilen al público, por lo cual el arbitraje tiene la garantía de que, tanto las partes como los árbitros, deberán garantizar la confidencialidad del procedimiento.

Se podría pensar que con ello bastaría para que todo se lleve a arbitraje, sin embargo, lo más importante es que debe garantizar la especialización del árbitro o los árbitros que serán los encargados de emitir el Laudo, así como la posibilidad de una mayor presencia de peritos expertos en los temas que se discutan.

Son las partes quienes designan a los árbitros —generalmente abogados—, que resolverán el conflicto, de modo tal que éstas tienen la posibilidad de designar a una persona imparcial, que tenga conocimientos del sector agroindustrial: no sólo el mercado, sino que también la dinámica de las relaciones comerciales, económicas, y jurídicas involucradas.

En conclusión, todos aquellos vinculados a la agroindustria deberían evaluar este mecanismo alternativo de resolución de conflictos, dotado de una eficiencia incontrastable para resolver las controversias que surjan en este complejo y específico sector, que es uno de los más grandes en el Perú.

 
* Alessandro Vergel Pérez Palma es socio en Vergel Pérez Palma Abogados. Es abogado de la Universidad Mayor de San Marcos y tiene una Maestria en la Pontificia Universidad Católica del Perú, donde imparte clases. Se ha especializado en materia procesal y arbitraje.

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