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jueves, 18 de abril de 2024

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Justicia feminista para un Chile más justo

“Contribuye a una justicia feminista que la incorporación del enfoque de género no sea únicamente en los tribunales, sino en todas las instituciones que intervienen en la ruta crítica de la violencia. Así, resulta fundamental que el borrador de nueva constitución consagre que las policías también deben incorporar dicha perspectiva”.

Florencia Pinto Troncoso - 23 junio, 2022

Justicia feministaFlorencia Pinto Troncoso

El acceso a la justicia está plagado de barreras que hacen que esta no se aplique de la misma forma a todas las personas, estas pueden ser de género, económicas, institucionales, sociales o culturales, entre otras. La desigualdad estructural en que vivimos configura un sistema de justicia patriarcal plagado de estereotipos de género en los procesos y de obstáculos para mujeres y disidencias sexuales, que se visibilizan desde la denuncia o primeras etapas procesales hasta la ejecución de las sentencias.

Vemos con mucho entusiasmo la nueva Constitución que se le propone a chilenas y chilenos en el plebiscito del próximo 4 de septiembre, toda vez que no solamente recoge las demandas respecto a derechos económicos, sociales, culturales y ambientales por los cuales se ha movilizado la ciudadanía, sino que también incorpora cambios en la manera en que se distribuye en el poder en las diversas instituciones como por ejemplo en el Sistema Nacional de Justicia.

El borrador señala que la función jurisdiccional se debe regir por los principios de paridad y perspectiva de género, y quienes intervienen en ella deben garantizar la igualdad sustantiva. Esto significa, por un lado, que el Estado deberá garantizar que en los nombramientos de jueces y juezas en los diversos tribunales de la República haya al menos un 50 % de juezas y un 50 % de jueces; y por otro, que todos los tribunales independientes de su competencia o de la materia que traten, deberán aplicar la perspectiva de género.

Desde la Asociación de Abogadas Feministas de Chile (ABOFEM) creemos que ello es un avance sustantivo toda vez que asegura que haya una representación efectiva de ambos géneros, sin embargo, sabemos que no por haber más juezas ello conlleva a que las sentencias serán más favorables para las mujeres y diversidades sexo genéricas.

En este mismo sentido, es importante que no solamente se garantice la paridad, sino que también la perspectiva de género al momento de resolver, ahora bien queda como tarea para quienes legislan garantizar que efectivamente la judicatura alcance una adecuada tecnificación y capacitación en torno a esta perspectiva para que ningún juez o jueza se pueda escudar en un supuesto desconocimiento de la misma al momento de fallar, haciendo eco de lo establecido en el proyecto de nueva constitución respecto a la función del Consejo de la Justicia sobre eliminar los estereotipos y garantizar la incorporación de la perspectiva de género, el enfoque interseccional y de derechos humanos en la formación inicial de operadores de justicia.

Nos parece relevante señalar que la perspectiva de género no es una que busca beneficiar a las mujeres por sobre los hombres, sino que tal como señala la académica Sra. Aldo Facio Montejo, consiste en ponernos los lentes de mujer para observar la realidad porque “el conocimiento y quehacer humano registrado a lo largo de nuestra historia no ha sido neutral en términos de género puesto que solo ha incluido la experiencia y la mirada de uno de los géneros: el masculino”.

Asimismo, resulta fundamental el numeral 4 del artículo 311 del Borrador de la Nueva Constitución que señala que “los sistemas de justicia deben adoptar todas las medidas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra mujeres, diversidades y disidencias sexuales y de género, en todas sus manifestaciones y ámbitos”, lo cual es una manifestación patente de cómo el constituyente realizó una recepción material de los estándares internacionales en materia de derechos humanos de las mujeres, porque no basta con “resolver con perspectiva de género” sino que se hace necesario prevenir la misma, sancionarla y trabajar por erradicarla para avanzar hacia una sociedad más justa para todas y todos, tal como lo señala la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención Belém do Pará).

En ese mismo sentido, contribuye a una justicia feminista que la incorporación del enfoque de género no sea únicamente en los tribunales, sino en todas las instituciones que intervienen en la ruta crítica de la violencia. Así, resulta fundamental que el borrador de nueva constitución consagre que las policías también deben incorporar dicha perspectiva, pues sabemos que uno de los primeros obstáculos en el acceso a la justicia para mujeres y disidencias sexo genéricos es justamente la denuncia ante dicha institución.

En definitiva, creemos que una justicia feminista es una de las llaves que permitirá recobrar la confianza en la judicatura para que toda persona sienta que la misma es justa y que no distingue por clase, raza o género. Con una justicia feminista avanzamos hacia un Chile más unido e igualitario.

 

Florencia Pinto Troncoso es abogada de la Universidad Católica de Chile, tesista del Magíster en Derecho con mención en derecho público por la Universidad de Chile y profesora asistente de la Universidad Alberto Hurtado.

*Esta columna es parte de una colaboración periódica de la Asociación de Abogadas Feministas con Idealex.press.

 
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