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martes, 23 de abril de 2024

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Abogados migratorios en Chile: mercaderes de sueños o la necesidad de verdaderos especialistas

“Muchos han optado por ejercer en este área del Derecho sin tener ni los conocimientos ni la prolijidad necesaria para enfrentar los requerimientos que demandan sus usuarios”.

Soledad Torres - 15 marzo, 2019

Abogados migratoriosSoledad Torres
Soledad Torres

Según cifras recientes entregadas por el Departamento de Migración y Extranjería, en Chile se encuentran asentados 1.251.000 extranjeros, constituyendo alrededor de un 6,6% de la población total, convirtiéndonos en el país latinoamericano con mayor cantidad de migrantes en proporción a su población.

Esta realidad ya indiscutible requiere que nuestro país se modernice en el área del derecho que regula la situación jurídica de los migrantes, así como que existan profesionales con conocimientos y experiencia en derecho migratorio y de extranjería.

Al efecto, la modernización que se trata de alcanzar con la dictación de un nuevo cuerpo legal que regule la permanencia de los extranjeros en Chile no sólo debe atender a contar con un cuerpo normativo acorde a esta realidad en nuestro país y del mundo, sino también debe ir de la mano con la existencia de profesionales del derecho que sean idóneos para poder otorgar la debida asistencia y protección jurídica a los inmigrantes que escogieron a Chile como su país de residencia.

Esta necesidad reciente ha creado un nicho novedoso y apasionante en el ejercicio de la profesión que antes era ejercido tangencialmente por pocos abogados y en forma más específica por organizaciones sociales destinadas a la protección integral del migrante: los abogados migratorios. Esos pocos profesionales, en los cuales me incluyo, hemos podido constatar que esta nueva realidad ha generado que muchos colegas hayan optado por ejercer en esta área del derecho sin tener ni los conocimientos ni la prolijidad necesaria para enfrentar los requerimientos que demandan sus usuarios.

Es por esas razones que en el ejercicio del derecho migratorio y de extranjería, muchos abogados no han estado exentos de polémicas y es en ese sentido que existen críticas —muchas veces fundamentadas— a los profesionales del Derecho que se dedican a la asesoría jurídica migratoria tildándolos de “mercaderes de los sueños” señalando que se dedican a “lucrar” con personas en estado de necesidad y que no requieren de asesoría jurídica porque en ese sentido “todo está muy claro” y basta con leer la ley.

No obstante, esta situación no sólo es sesgada y antojadiza, sino demuestra el desconocimiento que existe en nuestra sociedad sobre esta compleja e interdisciplinaria área del derecho, así como el fenómeno migratorio en sí, colocándonos en el imperativo de no seguir improvisando.

Es en ese sentido que las escuelas de Derecho deberían tener al menos dentro sus cursos electivos de pregrado, la cátedra de derecho migratorio y extranjería destinada a preparar académicamente pero con un enfoque práctico a profesionales idóneos no sólo en la tramitación de visas sino en la aplicación de la normativa constitucional que contiene las garantías constitucionales tanto de chilenos como de extranjeros, las normas generales del derecho civil que contienen principios generales, el estatuto de aplicación de los trabajadores migrantes o desplazados, los delitos de trata de personas o tráfico ilícito de migrantes, entre otras, que alcanza a la población migrante.

Asimismo, los abogados migratorios requieren conocer la legislación nacional e internacional sobre los refugiados, obtención de la nacionalidad, la protección del trabajador migrante y el recurrir administrativa y judicialmente sobre órdenes de abandono y expulsión del país que no tengan que ver con procesos de conmutación de la pena como beneficio a extranjeros que se encuentran privados de libertad en cárceles chilenas y que la mayoría no son migrantes.

Por esa razón se hace aconsejable en esta materia, no sólo el conocimiento de la normativa sino también involucrarse en los procedimientos desde la tramitación administrativa, que hoy es el mayor problema en esta área del derecho debido a la imposibilidad funcional derivada de la estructura orgánica del Departamento de Extranjería y Migración y de la aplicación de políticas restrictivas que se contradicen con la apertura que nuestro país pregona allende las fronteras y lo hace atractivo a la población migrante.

Quienes quieran dedicarse al ejercicio profesional como abogados migratorios no sólo deben tener conocimientos empíricos sino también prácticos, de manera tal de ser capaces de entregar una adecuada asistencia, pues, a diferencia de otras áreas, los usuarios normalmente están en situaciones más vulnerables y con temor. No conocen a qué se enfrentan.

Por otra parte, esta rama también comprende la asistencia a extranjeros cuyas empresas los han traído a nuestro país y pese a que para ellos se utiliza el término “expatriados” porque no vienen con ánimo de permanencia, también deben someterse al estatuto jurídico migratorio. En un aspecto más independiente también presentan necesidades los llamados “migrantes inversionistas” que migran para iniciar pequeños y medianos emprendimientos que posteriormente serán creadores de nuevas fuentes de trabajo.

La necesidad está. Abogados migratorios, efectivamente dedicados a los ámbitos administrativos y judiciales del derecho migratorio y de extranjería en Chile, aun somos pocos y muy especializados, por lo que esta nueva realidad es una puerta abierta a que generaciones de abogados más jóvenes miren esta práctica como una opción real donde pueden mezclar conocimientos de otras áreas del derecho enfocadas al bienestar de un grupo de personas extranjeras que nos necesitan en el recorrido que se inicia desde antes de salir de su país de origen hasta después de su llegada a nuestro país.

 
* Soledad Torres es abogada, ex diplomática y Cónsul con experiencia en derecho internacional público y privado tanto en Chile como en el extranjero. Tiene una maestría en Derecho en la Universidad del Desarrollo y posee dos certificaciones en British Council

 
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