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jueves, 25 de abril de 2024

internacional

Perú anunció la adopción de las Reglas de Hamburgo para el transporte marítimo internacional

Este cambio de normas fue recepcionado con opiniones disímiles por parte de la comunidad jurídica experta y posiciona a Perú como el tercer país de la región que adopta estas reglas para el transporte de cargas.

- 5 abril, 2021

El pasado 26 de febrero, el gobierno peruano publicó el decreto Decreto Supremo Nº 006-2021-RE a través del cual se anunció la adopción por parte de dicho país del Convenio de las Naciones Unidas sobre el Transporte Marítimo de Mercancías de 1978, conocido como las reglas de Hamburgo.

Este decreto surgió meses después de que el propio gobierno peruano anunciará que “denunció” el anterior convenio que regía dicha materia, llamado “Convenio para la Unificación de Ciertas Reglas en Materia de Conocimientos de Embarque”, de 1923.

La denuncia es el mecanismo que prevén las “Reglas de La Haya” para que un país deje de ser parte de dicho convenio. Según el decreto publicado en febrero de 2021, la notificación de Perú al gobierno belga data de mayo de 2020 y permite que dicho convenio este vigente hasta que las reglas de Hamburgo estén activas.

Con esta decisión, Perú se suma a Chile y República Dominicana como los países de la región que utilizan las reglas de Hamburgo como las normas que regulan el transporte marítimo. Según el abogado chileno y experto en derecho marítimo Rafael Durán es positivo, ya que tender a la uniformidad en esta materia siempre sería positivo.

Decisión polémica

Dentro de la comunidad jurídica peruana existen opiniones disímiles respecto del momento y la forma en que se tomó esta decisión. Por una parte, el abogado José Antonio Pejovés valoró la decisión y afirmó que es un tema que se viene discutiendo hace mucho tiempo. “Soy parte del grupo de abogados que viene impulsando este cambio hace más de 20 años”, enfatizó.

Según el socio del estudio Pejovés Marítimo, este régimen se adapta mejor a la realidad peruana, ya que “las reglas de Hamburgo tienen un régimen de responsabilidad civil más equilibrado”, dice, y añade: “técnicamente son superiores que las de la Haya”.

Sin embargo, dentro de los especialistas en derecho marítimo ha existido cierta resistencia respecto de la forma en que se impulsó este cambio, sin considerar la opinión de todos los actores.

Por ejemplo, en declaraciones al sitio MundoMarítimo.cl, la presidenta de la Asociación Peruana de Derecho Marítimo, Katerina Vuskovic sostuvo que existe poco conocimiento sobre las normas. “Quiero creer que dicho desconocimiento es el que ha llevado al gobierno a denunciar una convención internacional que crea un marco jurídico que brinda cierta estabilidad a nuestro arcaico derecho marítimo”, afirmó.

La abogada señaló al portal especialista que la motivación del gobierno peruano para cambiar las normas está en facilitar la aplicación del decreto legislativo 1492, a través del cual se busca “aprobar disposiciones para la reactivación de la cadena logística del comercio exterior”.

Y continuó con las críticas: “Esta situación ciertamente va a originar mayores costos a un sector ya afectado, como subida de fletes y seguros, ya que los navieros o transportistas van a buscar salvaguardar sus derechos ante una mayor exposición. Al final, quien pagará los platos rotos será el usuario”.

Pejovés, por su parte, reconoció que no existió un debate previo tanto para discutir la denuncia de las reglas de La Haya ni para la adopción de las normas de Hamburgo, pero aseguró que estas últimas “son más afines al sistema románico continental que domina nuestra legislación tanto en Perú como en el resto de la región”.

Responsabilidad civil

Según el chileno Rafael Durán, la principal diferencia entre ambas normativas es el cambio en el régimen de responsabilidad civil contractual: “Hamburgo tiene una mirada más europea continental sobre este concepto de responsabilidad civil contractual”, explica.

Esto es refrendado por José Antonio Pejovés ya que en su opinión, “lo más importante es que se eliminan los 17 eximentes de responsabilidad que tienen las reglas de la Haya, que tienen un formato muy casuístico”. Y a modo de ejemplo, el abogado peruano cuenta cómo funciona una de las causas más usadas: las llamadas “culpas náuticas”.

“Esto significa que con las reglas actuales, las navieras se eximen de responsabilidad ante una pérdida y daño de la carga señalando que la negligencia fue de la tripulación del buque. En el caso de Hamburgo, esto no es posible ya que se presume la culpa del naviero, lo que me parece más justo y equilibrado para países que básicamente son cargueros como los nuestros” enfatiza Pejovés.

 

 

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