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domingo, 24 de noviembre de 2024

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Información Continua: Conversaciones desde el derecho privado

Caso fortuito, transformación digital y desafíos legales son algunos de los temas que se trataron en el primer capítulo del programa «InFormación Continua», desarrollado por la Fundación Fernando Fueyo UDP junto a Idealex.press

- 21 junio, 2019

Equipo Idealex.press

Conversaciones sobre distintos tópicos del derecho privado. Ese es el sello del programa Información Continua desarrollado por la Fundación Fernando Fueyo UDP e Idealex, un espacio que será conducido por distintos académicos e investigadores de la misma universidad y fundación, entre ellos Carlos Pizarro Wilson, abogado, profesor de derecho civil de la Universidad Diego Portales y secretario ejecutivo de la fundación, Iñigo de la Maza, abogado, profesor titular de la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales y director de la revista chilena de Derecho Privado, Fernando Fueyo Laneri; Claudia Bahamondes, abogada y actualmente directora del departamento de Derecho Civil de la UDP y Marcel Montero, decano de la Facultad de Derecho de la UDP.

En el primer capítulo –publicado el 21 de junio de 2019– el conductor Carlos Pizarro Wilson conversó sobre el resgurimiento de la fuerza mayor, que es una hipótesis de exoneración total de responsabilidad, junto a dos invitados: Lilian San Martín, académica de Derecho UAH, y el académico PUC Julio Pellegrini, también de la firma del mismo nombre.

Parte 1

La fuerza mayor es una exoneración total de responsabilidad que juega tanto en el ámbito contractual como extra contractual y permite ganar un juicio de forma total si se llega a acreditar esta.

«Es como una excepción que se funda en aquello que está más allá de lo jurídicamente exigible al demandado ya sea por sus deberes de diligencia o bien en razón del mismo riesgo que el puso en práctica en los casos de responsabilidad objetivo», explicó la académica Lilian San Martín.

Por su parte y comentando su participación en el fallo Casa 212, el abogado Julio Pellegrini señaló: «Un análisis correcto de los requisitos demostraron que la tesis de la demanda no era suficiente: lejos de tomar los resguardo se incrementó el riesgo».

¿Cómo está construida esta noción? y ¿cómo funciona su aplicación en casos prácticos? esas fueron las dos preguntas que se abordaron en el primer bloque del programa. Revisa el material completo aquí.

Parte 2

En el segundo bloque de la conversación se abordó otro aspecto de este problema jurídico que recae en la diferencia entre el hecho mismo y las consecuencias que siguen de este. ¿Cómo se resuelve la situación en este tipo de casos?

«La fuerza mayor no solo atiende al hecho inicial sino también a las consecuencias del mismo», explicó San Martin y agregó: «Esto tiene gran importancia cuando se trata de distinguir la responsabilidad de los distintos agentes en relación a un mismo fenómeno».

Otro asunto que se ha discutido, en torno a los elementos que configuran la fuerza mayor, es la idea de que esta tiene que ser exterior o no tiene que tener un manejo por parte del sujeto a quien se le está disputando la responsabilidad. Todo esto a propósito de diferentes casos de enfermedades o huelgas en los que ha estado presente este tipo de hechos.
¿Cuáles son los requisitos que según la ley validan la aplicación de este elemento? Revisa el material completo aquí.

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