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Fueyo Podcast s02e04: autonomía o paternalismo, el dilema de los daños causados por los hijos menores
En el cuarto episodio, Carlos Pizarro conversa con Lucía Rizik, profesora y directora del área de derecho privado de la U. Central, sobre la responsabilidad de los padres por los daños causados por los hijos menores, la autonomía progresiva y el rol de la responsabilidad civil en la reparación o prevención de los daños.
24 marzo, 2021
-«Tenemos un sistema fundamentalmente basado en la culpa», le explica la profesora de la Universidad Central Lucía Rizik Mulet a Carlos Pizarro Wilson, director de la Fundación Fueyo, en el episodio 04 de la temporada 2 de los Fueyo Podcast, dedicado a la responsabilidad civil por los daños de los hijos menores.
El tema ha ido evolucionando, tanto en la doctrina como en la jurisprudencia y de acuerdo a la académica, es correcto mantener un sistema que dirima según grados de diligencia, porque permite incorporar criterios de atribución de responsabilidad basados en elementos como la autonomía progresiva.
Así se podría establecer un estándar de diligencia para los padres en relación con la conducta de sus hijos, que varía en relación con su edad y su madurez. “No le vamos a pedir el mismo comportamiento al padre de un niño de 7 años que a un niño de 17 años, respecto de un mismo hecho”, comenta.
“No sé si es la responsabilidad civil la que va a evitar que los niños ocasionen esos daños”, acota, refiriéndose a leyes y proyectos de ley en Chile, que buscan profundizar en la tipificación. Cuestiona asimismo las expectativas de los alcaldes y del Poder Legislativo: “Si se está buscando prevenir, yo creo que la responsabilidad civil no es la respuesta en esta materia; si está buscando reparar, probablemente tampoco lo es, dado el sistema económico y la distribución de la riqueza que tenemos en este país”.
Jefatura femenina
Del análisis de la normativa específica consagrada en el Código Civil chileno —sólo frente a la falta del padre responde la madre—, Lucía Rizik plantea que a primera vista podría considerarse que estamos frente a una disposición que puede ser discriminatoria contra el padre, porque si el niño, niña o adolescente no está bajo su cuidado, por qué debería responder de sus actos.
Sin embargo, al profundizar en el tema, agrega que no se puede ignorar que en Chile «más del 40% de los hogares tienen jefatura femenina, pero solo el 40% de las mujeres que pueden trabajar, trabajan”.
Dado que la jefatura femenina es tan alta, añade, ello significaría que “las mujeres que crían solas van a hacerse cargo, además, de los daños que sus hijos ocasionen”. “Al padre, que no es responsable de su hijo, que no aporta en la crianza, lo vamos a exonerar de responsabilidad porque no habita con el hijo”, advierte respecto del llamado «criterio geográfico.
Invitada: Lucía Rizik
En audio
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