fbpx
viernes, 3 de mayo de 2024

internacional

Corte Penal Internacional convoca a abogados de América Latina

Pueden postular jueces, fiscales, litigantes y académicos de Derecho, en las categorías de Counsel y Assistant to Counsel. Revisa los requisitos, remuneraciones y el Código de Conducta.

- 7 octubre, 2023

“Las víctimas, los acusados y, bajo ciertas condiciones, los sospechosos, tienen derecho a ser asistidos por un abogado independiente en los procedimientos ante la Corte Penal Internacional (CPI). La Corte se compromete a proporcionar a estas personas un grupo de profesionales altamente calificados y diversos”, se lee en su sitio web.

En él, este tribunal lanzó una convocatoria a abogados litigantes de América Latina y El Caribe para que se unan a las Listas de Abogados y de Asistentes jurídicos, con la finalidad de aumentar la participación de las y los profesionales de la región.

“Comprometida con mejorar la representación geográfica y de género”, durante este período la CPI dará prioridad a las solicitudes provenientes de América Latina y El Caribe y, en particular, de mujeres.

Pueden postular jueces, fiscales y litigantes, como asimismo, académicos de Derecho, en dos categorías distintas: Counsel y Assistant to Counsel, dependiendo de distintos factores.

Corte Penal InternacionalGuía para solicitantes (en inglés)

La convocatoria destaca que “al brindar asistencia legal a las víctimas y los acusados, puede hacer una contribución significativa al avance de la justicia penal internacional”. “Ejercer ante la Corte es una experiencia enriquecedora. Además de desarrollar habilidades legales y experiencia profesional, tendrá la oportunidad de desarrollar una sólida carrera en derecho penal internacional y desarrollar conexiones profesionales en todo el mundo”, añade.

Esta iniciativa cuenta con el apoyo financiero de la Comisión Europea y se lleva a cabo con la colaboración de la Asociación Internacional de Abogados (IBA) y del Colegio de Abogados de la Corte Penal Internacional (ICCBA) y de colegios de abogados nacionales.

REVISA la Guía para postulantes aquí.

Encuentra los FORMULARIOS y requisitos a cumplir en este enlace.

Ante cualquier duda, las y los interesados pueden contactarse al teléfono +31 70 515 8787 o al correo electrónico: css.lists@icc-cpi.int.

Código de ética y conducta

El “Código de conducta profesional de los abogados” se autodefine como aplicable a los abogados defensores, los abogados de los Estados, los amici curiae y los abogados o representantes legales de víctimas y testigos que ejerzan ante la Corte Penal Internacional.

En su artículo 4, el texto establece que en caso de incompatibilidad entre el Código de la CPI y cualquier otro Código de conducta profesional de obligado cumplimiento para el abogado, prevalecerá el primero en todo lo relativo a la práctica y a la ética profesional de los abogados que ejerzan ante la Corte.

Siguiendo la misma tónica que se ha observado en el arbitraje internacional, el Código dice que el abogado “no deberá permitir que su integridad, independencia o libertad queden comprometidas por presiones externas”, pero también que no debe “comportarse de modo que suscite sospechas razonables de que su independencia está comprometida”.

Con respecto al secreto profesional, además de la confidencialidad usual, se establece que, en particular, el abogado no revelará la identidad de las víctimas y los testigos protegidos o toda información confidencial que pueda descubrir su identidad o paradero, a
menos que haya sido autorizado a hacerlo por una resolución de la Corte.

En su artículo 9, el Código trata sobre la relación del abogado con su cliente y el numeral 4 reza: “El abogado no llevará a cabo conductas indebidas, tales como solicitar relaciones sexuales, coaccionar, intimidar o ejercer cualesquiera otras influencias indebidas en sus relaciones con el cliente”.

Sobre los conflictos de interés versa el artículo 16, que establece que el abogado “velará por evitar la aparición de conflictos de intereses”.

Asimismo, que “antepondrá los intereses de su cliente a sus propios intereses o a los de cualquier otra persona, organización o Estado, teniendo debidamente en cuenta las disposiciones del Estatuto, las Reglas de Procedimiento y Prueba y el presente Código”.

En su numeral 2, en tanto, el Código obliga a que cuando se haya contratado o nombrado a un abogado como representante común de
víctimas o de determinados grupos de víctimas, éste “informará de inmediato a sus clientes de la naturaleza de la representación y de los conflictos de intereses que podrían producirse en el interior de cada grupo”. Además, el abogado debe actuar “con la máxima diligencia para asegurar una representación imparcial de las diferentes, aunque compatibles, posiciones de sus clientes”.

Colegio de Abogados o Barra de la Corte

El 3 de octubre se realizó una reunión online convocada por el Colegio de Abogados de la Corte Penal Internacional conocido como la Barra de la Corte (ICCBA), para entregar información sobre la Corte Penal Internacional y el estado de materias de alto interés técnico y jurisprudencial de actual impacto en Latinoamérica.

Esta reunión convocó a más de 60 abogados provenientes de 24 países de habla hispana en América Latina y el Caribe y, por primera vez, se realizó en español.

Marie-Helene Proulx, presidenta de la ICCBA, y el director ejecutivo, Dominic Kennedy, participaron en el encuentro junto a diversos expositores, instancia en la que se abordaron diversos temas relacionados con la representación de víctimas y testigos en la Corte Penal Internacional y las recientes investigaciones de la Fiscalía de la CPI en la zona.

Uno de los puntos centrales de debate fue la situación actual de la jurisprudencia relevante y, en particular, el análisis de casos específicos que involucran a América Latina, como el caso de Venezuela.

“Se destacó en particular la colaboración y el apoyo brindado por el Colegio de Abogados de Chile, bajo la presidencia de Ramiro Mendoza. Este organismo ha demostrado un compromiso excepcional en el ámbito internacional y ha contribuido significativamente a las labores de la Corte y al éxito de los abogados chilenos en el escenario global, siendo parte de un Convenio de Cooperación en marcha entre ambas entidades, lo que en La Haya ha sido muy valorado”, se lee en una publicación subida al sitio web del gremio en ese país.

También se anticiparon las actividades programadas para 2024 en América Latina, así como los convenios y tratados de cooperación que existen con universidades y colegios de abogados en la región.

 
También te puede interesar:
Formación y mercado: arbitraje comercial internacional y de inversiones
Secreto profesional abogado-cliente en Perú: ¿derecho o obstáculo en la investigación?
Colegio de Abogados de Chile condena amenazas a fiscales y jueces

 

artículos relacionados


podcast Idealex.press