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viernes, 26 de abril de 2024

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La política migratoria chilena en comparación con Sudamérica

En el marco del anteproyecto de ley de migrantes, la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile organizó una charla donde el profesor Diego Acosta, de la Universidad de Bristol, presentó los elementos centrales en las leyes de otros países de la región con el objetivo de enriquecer el debate del caso chileno. 

- 22 marzo, 2017

Pierina Cavalli

Dentro del marco del anteproyecto de ley de migrantes preparada por el gobierno, el Centro de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, con el patrocinio de la Oficina de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) presentó la Conferencia “Ciudadanía sudamericana, migración y movilidad en la región. La política migratoria chilena en perspectiva comparada en Sudamérica“.

Para el debate estuvo presente el profesor español de la Universidad de Bristol Diego Acosta Arcarazo, quien hizo una radiografía histórica de las leyes migratorias de la región. En su discurso planteó que hace 200 años que se lleva discutiendo en Sudamérica la ley de migraciones, desde que los países comenzaron a independizarse y se preguntaban: ¿cuál es mi territorio?, ¿cómo lo gobierno?, ¿cuál es mi población?. Así, se estableció que quien nacía dentro del territorio determinado era de la nacionalidad del país.

Luego, a mediados de siglo XIX, los países de la región incorporaron una misión colonizadora de los territorios. La consigna del presidente argentino, Juan Bautista Alberdi, era “Gobernar es poblar”, y así todos el resto de los países de la región lo hicieron también. En Chile, la ley de colonización data de 1845 y tenía tres objetivos principales: demográfico, racial (blanqueamiento) y civilizatorio. Y se logró trayendo colonos europeos.

Pero, un poco antes, en 1822 en Colombia y en 1826 en Argentina, por ejemplo, todo hispanoamericano tenía un trato preferente al país sudamericano al que llegara, igualdades de derecho en todo el continente. Derechos que se acabaron a finales del siglo XIX, porque Estados Unidos entró fuertemente al debate americano.

Estados Unidos hace una categorización a los extranjeros, como indeseables, como era el caso de los chinos. Esto se replica en Sudamérica, incluso en países donde nunca habían llegado ciudadanos chinos. El punto cúlmine de los extranjeros indeseados llega con las dictaduras, periodo en que se ve al extranjero como una amenaza, sostuvo el académico.

En las décadas de los 80 y 90, el panorama migratorio cambió en la región. Primero, dijo, “ya no son los europeos los que inmigran, sino que ahora somos países de emigración. La poca inmigración que había era desde otros países sudamericanos”. Segundo, hay una reactivación de los derechos humanos a nivel internacional, que afecta los derechos de los migrantes. Tercero, se crean leyes según la realidad de cada país, dejando de tener como referencia a Europa y Estados Unidos.

“En la actualidad, ¿podría afectar a Sudamérica la política migratoria de Trump o de Le Pen? Espero que no, porque sería como pegarse un tiro en el pie, ya que la región tiene más inmigrantes afuera que adentro de sus territorios. Sudamérica podría ser como un faro para Europa y Estados Unidos, al mostrarles una nueva forma de legislar sobre el tema migratorio, no solo cerrando sus fronteras”, dijo.

Diálogos migrantes

La semana pasada se supo el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago frente al recurso de protección presentado por María Arias Matos, ciudadana dominicana, en contra del Registro Civil e Identificación, porque la entidad se negó a agendar hora para que la extranjera accediera al Acuerdo de Unión Civil (AUC) con su pareja chilena, Renzo Yori Nobile, por encontrarse en situación irregular en el país.

La sentencia del tribunal calificó de arbitrario el accionar del servicio al exigir a la ciudadana extranjera visa de residencia para concretar el AUC, requisito que no está en la norma. “En consecuencia, se dispone que el Servicio de Registro Civil e Identificación adoptará las medidas pertinentes para que los recurrentes celebren el Acuerdo de Unión Civil en conformidad a la ley”, informó en su momento Bio Bio Chile.

Según sostiene el fallo, “en efecto, se trata de un acto de orden civil en el ámbito del Derecho de Familia, razón por la cual no es dable exigir para su celebración el cumplimiento de requisitos adicionales a los propios del contrato que regulará aspectos de su vida afectiva y familiar, los que con fines diversos se encuentran regulados y sancionados en otros cuerpos legales”.

Política migratoria, un deber moral por el exilio

Este es el nuevo escenario que se está viviendo en Chile, con las nuevas olas migratorias que han ingresado al país en el último tiempo. “Pero esta es una realidad ficticia. Es tierno que los chilenos piensen que estamos siendo invadidos por los extranjeros”, dijo Rodrigo Sandoval, Director del Departamento de Extranjería y Migración, quien también estaba presente en el debate.

Su reflexión parte de la base de que este no es el peak de extranjeros que ha recibido el país a lo largo de su historia (el que habría ocurrido durante la Guerra del Pacífico, cuando se anexaron los territorios de Perú y Bolivia) “y porque no estamos ni cerca del porcentaje de inmigrantes que tienen los países desarrollados”.

¿Por qué hoy es tema? “Porque antes eran europeos los que llegaban, y el chileno no quiere que los confundan con peruanos, bolivianos, colombianos, etc.”, dijo Sandoval. Para él, el problema somos nosotros, no los extranjeros, tema que deberíamos superar sintiéndonos “responsables del exilio de tantos chilenos”.

“El Estado tiene una responsabilidad moral de devolver la mano”, afirmó.

 

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