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viernes, 26 de abril de 2024

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Legislación obsoleta y falta de sistema de apoyo para liberación de condenados revive pugna entre el Gobierno y el Poder Judicial

En Chile, el otorgamiento de beneficios de libertad condicional reabrió viejas heridas entre La Moneda y la Corte Suprema. Los expertos, piden una modernización completa del sistema.

- 5 mayo, 2016

liberación de condenadosComunicaciones, Gendarmería de Chile
En la década de los noventa, los desencuentros entre el Poder Judicial y el Gobierno eran más o menos recurrentes. Proyectos de modernización de la judicatura y su autonomía siempre se convirtieron en un verdadero “dolor de muelas” para el ministro de Justicia de turno, que muchas veces debió pagar con su cargo los costos políticos que conllevaba pelearse con los jueces.
 
El fuego cruzado dejó a varios en el camino, asunto que mejoró con la salida de ministros designados, proyectos de la llamada mesa judicial y el impulso modernizador que impuso la Reforma Procesal Penal, que en la práctica se tradujo en una mejor infraestructura y recursos económicos para los funcionarios de éste poder del Estado.
 
Sin embargo, el control de la delincuencia, las condiciones de hacinamiento penitenciario y recientemente el otorgamiento de libertades condicionales para personas condenadas, reabrió viejas heridas entre La Moneda y el Palacio de Tribunales.
 
“Los jueces han cumplido con su deber, y nosotros no lo vamos a discutir ni revisar”, dijo el presidente de la Corte Suprema, Hugo Dolmestch, tras ser consultado sobre el impacto de la liberación de condenados, que en los primeros tres meses del año posibilitó la salida al medio libre de más de 1.600 condenados, varios de los cuales han sido detenidos a las pocas horas y días por la comisión de nuevos delitos.
 
Los dichos del presidente de la Suprema, apuntaban directamente a la frase que horas antes, había pronunciado la ministra de Justicia, Javiera Blanco. “Esta es una cárcel que se abrió”, dijo, en referencia al criterio utilizado por las comisiones encargadas en el país de entregar el beneficio y que es conformado por ministros de cortes de apelaciones, y jueces de tribunales orales y de garantía.
 
Las libertades condicionales en Chile están regidas por el Decreto Ley N° 321 y su reglamento que datan de 1925, y establecen los criterios objetivos para que un condenado opte al beneficio: haber cumplido la mitad de la pena, tener una buena conducta en la cárcel, aprender un oficio y asistir a las escuelas de los establecimientos penitenciarios. Estos datos, más un informe sobre el condenado, son remitidos por Gendarmería de Chile a las comisiones, las que en definitiva aprueban o no el otorgamiento de la libertad, para el proceso de reinserción del condenado en la sociedad. Hasta el año 2012, las decisiones de la comisión, pasaban a manos del secretario regional ministerial de Justicia.

Lo que falta

Fuera de la discusión política —con un proyecto de ley en plena discusión clave para las políticas criminales del Gobierno, como lo es la llamada agenda corta anti delincuencia, que justamente viene a endurecer el tratamiento de condenados y reincidentes— expertos en el área penitenciaria señalan que esta vieja pugna tiene, al menos, dos razones: una legislación obsoleta y la falta de un sistema de apoyo para los condenados que acceden al medio libre.
 
“Hay desconfianza de los jueces en la calidad de las evaluaciones técnicas que realiza Gendarmería, para recomendar o no la libertad condicional. El problema es que las decisiones no necesariamente cuentan con informes técnicos que evalúen el riesgo de reincidencia. Hay que perfeccionar el mecanismo”, señala Olga Espinoza, directora del Centro de Estudios sobre Seguridad Ciudadana de la Universidad de Chile.
 
Para la directora del área de Justicia y Reinserción de Fundación Paz Ciudadana, Ana María Morales, el país debe avanzar —junto con modernizar la legislación actual— en la creación de un Servicio Nacional de Reinserción y una Ley de Ejecución de Penas, que permita el adecuado control y acompañamiento de los internos que optan al beneficio, para su mejor resocialización.
 
“Hemos planteado que se deben introducir criterios basados en la evidencia, porque además de los requisitos establecidos por ley, como la buena conducta y si aprendió un oficio, es necesario evaluar el riesgo a reincidir antes de entregar el beneficio. Creemos que es necesario crear un sistema de rehabilitación y hemos propuesto la creación de un servicio nacional de reinserción, que se preocupe de generar programas basados en la evidencia y que logre recoger aquello que está comprobado, que es lo que logra reducir la reincidencia”, señaló Morales, quien aboga por fortalecer las políticas de salida al medio libre y que han demostrado en el mundo—dijo— “ser más efectivas que el cumplimiento de la condena al interior de la cárcel”.
 
La discusión, sin embargo, está lejos de acallarse. La ministra Blanco y el director nacional de Gendarmería, Tulio Arce, fueron citadas al Congreso Nacional para dar explicaciones por las libertades otorgadas. Ante la comisión de Constitución del Senado, el titular del servicio de prisiones fue enfático en precisar que su institución “tiene la obligación, por ley, de entregar al Poder Judicial los antecedentes de todas las personas que cumplen los requisitos para acceder a la libertad condicional, decisión que en definitiva queda en esa instancia”, devolviendo con ello “la pelota” a los magistrados.
 
Actualización: Lee la declaración del Poder Judicial realizada el viernes 6 de mayo.
 
Fotografía: La ministra de Justicia, Javiera Blanco y el director nacional de Gendarmería, Tulio Arce en la comisión de Constitución del Senado (Comunicaciones, Gendarmería de Chile).
 

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