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sábado, 23 de noviembre de 2024

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Informes periciales ¿a la medida?

«Para cada prueba presentada, existe una prueba contraria destinada a contrarrestar sus argumentos, anulándose unas a otras en un proceso en el cual lejos de aclarar un fenómeno al tribunal…»

Verónica Quinteros - 9 octubre, 2019

Verónica QuinterosVerónica Quinteros
Verónica Quinteros

El cambio en el sistema judicial chileno, previamente inquisitivo y burocrático, que dio paso a una mayor agilización de los procesos legales de los ciudadanos, han favorecido la mayor participación de los mismos en diversas materias, haciendo imprescindible contar con medios de prueba forenses que puedan apoyar a descartar sus teorías del caso. En este contexto, se ha ido construyendo una representación social acerca de la maleabilidad de la prueba pericial, especialmente aquellas que provienen del mundo privado, razón por la cual intentaremos analizar cómo se ha ido construyendo esta percepción que debilita la confianza en las evaluaciones forenses.

El desarrollo y uso de peritajes es un tema que compete tanto al ámbito jurídico como al de la ciencia a la base de la cual se construye esta prueba. Existen múltiples variables que pueden afectar tanto el proceso de evaluación propiamente tal como al de construcción de las conclusiones periciales que serán ventiladas en el foro, donde además se presentan otros fenómenos que igualmente pueden afectar la valoración de la prueba, así como la construcción social acerca del valor de la misma como fuente auxiliar de la justicia.

El perito recibe el mandato del juez para realizar una evaluación pericial particular, que define tanto el objeto a evaluar como el fenómeno respecto del cual debe investigar. Sin embargo, en Chile el nuevo sistema acusatorio modificó la posición que asume el perito —ya no un auxiliar de la administración de Justicia—, quien pasa a formar parte de una especie de equipo técnico jurídico de las partes. Lo anterior tiene sentido desde la actual configuración de la justicia penal, pero no queda eximido de dificultades o vicios al sistema de producción y presentación de la prueba pericial forense.

En este contexto, el perito es primeramente contactado por la parte, con quien llega a un acuerdo económico para la realización de la evaluación, siendo posteriormente ofrecido como prueba aportada por la parte en audiencia y aceptadas por un juez.

Respecto del mismo objeto de evaluación ambas partes pueden ofrecer pruebas, incluso las mismas ofrecidas por la contraparte, diferenciándose una u otra exclusivamente en el perito designado para tales efectos y a cargo de quien van sus costos. Destaca la posibilidad de no presentar la prueba en caso de que esta vaya en sentido contrario a los intereses de la parte en cuestión, lo cual redunda en que las pruebas que finalmente llegan a audiencia son exclusivamente aquellas que la parte valora como útil para sus fines. En este punto, la prueba pericial ya ha comenzado su recorrido en la representación del tribunal como elemento que pudiera tener intereses creados en torno a los resultados del juicio en cuestión.

En el escenario descrito, las principales dificultades respecto a la forma en que se genera la prueba pericial, radica tanto en la posibilidad de generar condiciones de victimización secundaria principalmente en víctimas de delitos o perjuicios (depende de la materia), quienes podrán ser evaluadas en reiteradas ocasiones a fin de cumplir con las exigencias que demanda la evaluación forense y secundariamente en la desvalorización de la prueba en si misma, la cual desde un inicio es observada con suspicacia y desconfianza por parte del aparataje judicial, perdiendo su valor como fuente de claridad y explicación especializada en torno a un fenómeno específico en controversia.

En segundo lugar, es posible levantar otras variables que contribuyen a la percepción generalizada acerca de una supuesta parcialidad de la prueba, que dice relación con la figura del perito y del proceso de examinación propiamente tal; el perito debe lidiar con aspectos del proceso pericial que pueden finalmente interferir o afectar la objetividad e imparcialidad de sus conclusiones, algunos de ellos devenidos del funcionamiento psicológico o mental de los seres humanos (sesgo confirmatorio, sesgo de obsequiosidad, sesgo presupuestario, sesgo de atención entre otros) y otros relativos a la rigurosidad y alcances de la metodología empleada en la evaluación forense, la cual pudiera presentar errores en distintos momentos del proceso evaluativo (diseño, investigación, conclusiones), lo cual sin duda aumenta la vulnerabilidad del mismo, especialmente si el perito evaluador no cuenta con estrategias que le permitan un control riguroso de dichas variables que pueden afectar la investigación.

La percepción que se ha construido acerca de la maleabilidad de los peritajes, sigue a mi juicio siendo particularmente poco justa, ya hemos revisado buena parte de los factores que interfieren en la apreciación del peritaje como una prueba confiable y que sin duda deben ser visibilizados y asumidos por todos los actores involucrados en el proceso, en tanto la consecuencia nefasta de privar a la justicia y a las personas que buscan la misma de tan relevante herramienta para el esclarecimiento del fenómeno en cuestión.

Para enfrentar la dificultad de la falta de confianza del sistema judicial en los peritajes del mundo privado (los que contradictoriamente cuentan con mayores recursos en tiempo, condiciones, expertiz del evaluador) los tribunales han bombardeado el sistema público sobre el cual ha recaído la demanda masiva de producción de prueba pericial, no dando éste abasto, lo cual afecta tanto la oportunidad de la prueba como la calidad de la misma, encontrándose a la base la idea de que es mejor contar con una fuente imparcial, aun cuando sus resultados y procesos no sean todo lo rigurosamente necesarios.

En este escenario, no es posible desconocer las elevadas posibilidades de instrumentalización tanto de las pericias como de los peritos a cargo, redundando en causas en donde para cada prueba presentada, existe una prueba contraria destinada a contrarrestar sus argumentos, anulándose unas a otras en un proceso en el cual lejos de aclarar un fenómeno al tribunal, la prueba y el perito pueden redoblar sus esfuerzos en deslumbrar y confundir a su audiencia. En este contexto, intencionada o inintencionadamente, los peritos pueden formar parte de este proceso, con mayor o menor responsabilidad, amplificando ideas acerca de la manipulación de la prueba, como suspicacias y desconfianza en torno a la ética del perito.

El desafío del sistema finalmente dice relación con cómo otorgar a la prueba pericial el valor y la función de auxiliar de la justicia y no de la parte, responsabilidad que recae en todos los actores ligados al ámbito jurídico, incluido el perito, quien deberá velar por ajustarse a un proceso o metodología rigurosa (controlando sesgos) en base a la cual se arribe a conclusiones fundadas en la ciencia que practica y que no responda a otros intereses creados.

 
* Verónica Quinteros Valencia es psicóloga clínica y forense, postitulada en terapia familiar, con formación orientada a la línea de justicia de familia. Tiene experiencia de más de 11 años en la línea diagnóstica de la red SENAME (DAM) y es actual jefe técnica en Centro de Estudios y Servicios Periciales.

 

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