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miércoles, 5 de noviembre de 2025

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Sobre el “uso axiológico” de las dicotomías en la teoría (analítica) del Derecho

«Las oposiciones conceptuales convierte con frecuencia una simple diferencia conceptual en una jerarquía de valores, en la que un polo se impone como superior al otro. Una vez difundidas en la cultura jurídica, estas dicotomías acaban influyendo tanto en la dogmática como en la práctica interpretativa».

Michele Zezza - 4 noviembre, 2025

En Il Saggiatore (1623), Galileo Galilei reformuló una distinción entre las dimensiones objetivas del mundo físico, medibles por la ciencia, y las cualidades subjetivas derivadas de las experiencias perceptuales. Esta distinción tiene sus raíces en los atomistas griegos como Leucipo y Demócrito, quienes diferenciaron entre las propiedades inherentes a la materia y las cualidades derivadas de la percepción sensorial. Aristóteles, en obras como Física, De Anima y De Sensu et Sensato, también trazó una línea similar, distinguiendo entre las αἰσθητά ἰδιώματα (propiedades sensibles) y las αἰσθητά κοινά (sensibles comunes), como el color y el sonido, que dependen del sujeto percipiente.

uso axiológicoMichele Zezza

Esta distinción continuó influyendo en la ciencia del siglo XVII, siendo recogida por René Descartes (Principia philosophiae, 1644) y Robert Boyle (The Origin of Forms and Qualities, 1666), y más tarde reformulada por Isaac Newton (Opticks, 1704) y Thomas Reid (An Inquiry into the Human Mind on the Principles of Common Sense, 1764). Las primeras cualidades, como la forma, el tamaño y el movimiento, son medibles y objetivas, mientras que las segundas, como el color y el sonido, dependen de la percepción sensorial.

En An Essay Concerning Human Understanding (1689-1690), John Locke reintrodujo esta distinción bajo los términos de “cualidades primarias y secundarias”. Las primeras son inseparables de los cuerpos y existen independientemente de nuestra percepción, mientras que las secundarias son capacidades para provocar sensaciones en nosotros a través de las cualidades primarias (Locke 1689-1690: libro II, cap. VIII, sección 10). A pesar de las críticas de filósofos como Leibniz, Berkeley, Hume y Kant, este enfoque influyó profundamente en la ciencia y filosofía de la modernidad occidental, moldeando nuestra comprensión de la naturaleza.

Ahora bien, en la teoría del Derecho, sobre todo de corte analítico, suele producirse un fenómeno parcialmente análogo. Con el objetivo de “mapear” el razonamiento jurídico, sobre todo en los manuales, se elaboran reconstrucciones conceptuales que inevitablemente implican cierto grado de simplificación, en la medida en que se pretende hacer más accesible una realidad compleja, articulada y desordenada, o bien destacar ciertos aspectos e implicaciones que de otro modo quedarían ocultos.

En este contexto, la teoría jurídica muestra una tendencia recurrente a organizar su reflexión mediante dicotomías que, aunque formuladas como distinciones descriptivas o neutrales, terminan funcionando como estructuras jerárquicas implícitas. Este “uso axiológico” (N. Bobbio, La grande dicotomia, 1974) de las oposiciones conceptuales convierte con frecuencia una simple diferencia conceptual en una jerarquía de valores, en la que un polo se impone como superior al otro. Una vez difundidas en la cultura jurídica, estas dicotomías acaban influyendo tanto en la dogmática como en la práctica interpretativa.

Algunos ejemplos pueden ilustrar cómo ciertos dualismos operan en la teoría jurídica: la distinción entre normas expresas e implícitas, donde las primeras son vistas como más auténticas, y las segundas como derivaciones secundarias; la oposición entre interpretación stricto sensu e integración o construcción del derecho, en la que la primera se percibe como neutral y la segunda como activismo judicial; la separación entre ciencia jurídica y dogmática, considerando la primera como objetiva y la segunda como ideológica; y la división entre interpretación cognitiva (descriptiva y neutral) y decisoria (más subjetiva y, por tanto, menos legítima).

Otro caso emblemático es la distinción entre derechos negativos y positivos. Los derechos negativos (civiles y políticos) se presentan como claros y autoejecutables, mientras que los derechos positivos (económicos, sociales, culturales y colectivos) se consideran vagos y costosos, lo que refleja divisiones ideológicas más amplias: libertad frente a igualdad, liberalismo frente a socialismo, autonomía individual frente a intervención estatal.

En conclusión, es importante considerar que, si se conciben en términos excesivamente tajantes o rígidos, como reflejo de divisiones “ontológicas”, estas y otras dicotomías corren el riesgo de simplificar la realidad de los procesos interpretativos. En este sentido, cuando se trabaja con dualismos en la teoría del derecho, resulta esencial tener presente, además de su indudable eficacia funcional o pragmática, también su arraigo histórico-social e ideológico.

 
Michele Zezza es académico y doctorado en Derecho de la Universidad Central de Chile e investigador postdoctoral en las Universidades brasileñas Federal de Goiás y de São Paulo (USP) y de Genève (Suiza).
 
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