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jueves, 21 de noviembre de 2024

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Reflexiones en torno al caso Azul Rojas v/s Perú

«Los estereotipos, entre ellos, por orientación sexual, “distorsionan las percepciones y dan lugar a decisiones basadas en creencias preconcebidas y mitos, en lugar de hechos”, lo que a su vez puede dar lugar a la denegación de justicia».

Vickhy Goicochea - 1 octubre, 2021

La Corte IDH señala que la violencia contra las personas LGBTI se basa en prejuicios, percepciones generalmente negativas hacia aquellas personas o situaciones que resultan ajenas o diferentes, impulsada por “el deseo de castigar a quienes se considera que desafían las normas de género”.

La violencia ejercida por razones discriminatorias tiene como efecto o propósito impedir o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona objeto de dicha discriminación, independientemente de si dicha persona se autoidentifica o no con una determinada categoría.

máximas de la experienciaVickhy Goicochea

Los estereotipos, entre ellos, por orientación sexual, “distorsionan las percepciones y dan lugar a decisiones basadas en creencias preconcebidas y mitos, en lugar de hechos”, lo que a su vez puede dar lugar a la denegación de justicia.

La adopción de decisiones judiciales debería sustentarse en consideraciones racionales; sin embargo, la psicología y la neurociencia demuestran que esta afirmación no es necesariamente exacta.

Ula Cartwright-Finch explica que las decisiones humanas no se basan únicamente en factores racionales, pues, los seres humanos tenemos dos formas o sistemas de pensar. El Sistema 1 es veloz, intuitivo, automático y nos permite tomar decisiones rápidas. El sistema 2, por otro lado, requiere esfuerzo; es lento, deliberado y lógico. Los humanos operan en el Sistema 1 la mayor parte del tiempo. Pero pueden surgir problemas si permitimos que el Sistema 1 tome decisiones sobre asuntos complejos para las que deberíamos usar el Sistema 2.

Según Sabina Sacco, la investigación sugiere que el Sistema 1 tiene un mayor impacto en la toma de decisiones de lo que creen los árbitros o jueces. Algunos de los factores que pueden hacer que ciertos árbitros o jueces sean propensos a la toma de decisiones intuitivas son la falta de conciencia de cómo funciona el cerebro, la excesiva confianza en sí mismos y la falta de tiempo.

Francisco Ferrer sostiene que el prejuicio es un sentimiento favorable o desfavorable con respecto a una persona o cosa, que se experimenta, ya sea, con anterioridad a una experiencia, sin tenerla en cuenta o generalizando sobre sus resultados. Se trata de un fenómeno emotivo que muchas veces está más allá de la racionalidad y que condiciona la forma de pensar y actuar de las personas, pues las hace percibir a los otros, no por lo que son, sino por la categoría social a la que pertenecen (color de piel, clase social, religión, género, orientación sexual, etc.) sin admitir pruebas en contrario que contradigan su prejuicio. Impone sesgo a la percepción y a los procesos cognitivos que intervienen en la interpretación del mundo social y su gente. Por ello, cuando almacenamos información sobre estas personas lo hacemos en función de la etiqueta que le hemos adherido y, por lo tanto, cuando debamos recordarla, se parecerá más al preconcepto de esta persona que a cómo es en realidad.

Añade que el acto discriminatorio intenta ser cubierto por racionalizaciones, invisibilizándolo, manteniéndolo y reproduciéndolo de una generación a otra, y las personas que lo expresan no pueden o no están dispuestas a cambiar sus ideas y su forma de pensar. A pesar de que exista información que colisione con éstas no están dispuestos a otorgarle a la conducta del prejuiciado ningún valor, salvo para reafirmar su propio prejuicio, ignorando o rechazado emotivamente a lo que se oponga. Protege el statu quo y sirve para señalar a los supuestos culpables de los males sociales, recae sobre el «distinto», ya sea porque se aparta de la media, es un desconocido o pretende reivindicar su posición en la sociedad

Carmen Herrero dice que el estereotipo es el resultado de asignar características idénticas a cualquier persona de un grupo, sin considerar las variables reales de sus miembros, siendo una forma de simplificar nuestra visión del mundo, y será peligrosa cuando no sea posible distinguir esas diferencias. Estas actuaciones conducirán a la discriminación, la exclusión de algunas personas de diversos ámbitos públicos de la vida social por su pertenencia a un grupo determinado dependiendo del tiempo y el lugar, y muchas veces, dejan al descubierto la ignorancia del que juzga como sostiene Martha Bueno.

El primer paso para afrontar este problema es informarnos sobre qué son, cómo funcionan los prejuicios, estereotipos y sus efectos, pues, en ocasiones, las decisiones (que no han sido obtenidas en un proceso deliberativo) resultan erróneas y con graves violaciones de derechos humanos.

En el caso Azul Rojas, los encargados de investigar y determinar los hechos en la investigación y proceso judicial actuaron con prejuicios y estereotipos que impidieron la averiguación de la verdad y denegaron justicia a una persona que fue objeto de vejámenes reprochables que no deberían repetirse y quedar sin sanción ejemplar.

El Estado debe hacer lo que sea razonable de acuerdo con las circunstancias, en aras de recolectar y asegurar las pruebas, explorar todos los medios que permitan descubrir la verdad para emitir decisiones razonadas, imparciales y objetivas. Ese esfuerzo incluye que los jueces y fiscales conozcan los efectos y el impacto de los prejuicios y estereotipos en sus decisiones y en la vida de las personas para que utilicen herramientas y mecanismos para reducirlos.

A su turno, los operadores jurídicos debemos exigir una adecuada justificación de las decisiones como correlato de una exhaustiva valoración, poniendo especial énfasis en las inferencias que sustentan el razonamiento jurídico para desterrar las generalizaciones que se presenten aparentemente razonables pero que no cuentan con sustento científico, técnico y jurídico.

La sentencia comentada nos permite advertir la trascendencia de los conocimientos extrajurídicos como la neurociencia y la psicología en la toma de decisiones racionales, informándonos que pueden intervenir prejuicios, estereotipos o sesgos, de manera consciente o no, que conllevan a errores que ocasionan gravísimas violaciones de derechos humanos.

El punto de partida para mejorar la toma de decisiones es visibilizar y poner atención en estos problemas, implementar mecanismos y herramientas para intentar disminuirlos, en la medida de lo posible, especialmente, cuando se trata de decisiones complejas y trascendentales en las que están involucradas la vida y los derechos fundamentales de las personas.

Desafortunadamente, el desconocimiento de temas de suma relevancia por parte de las autoridades que conforman nuestro sistema de justicia, ocasiona no solo el incumplimiento de su función de investigar y sancionar a los responsables de violaciones de derechos humanos, sino también que incurran en graves afectaciones de otros derechos fundamentales de similar trascendencia, como las garantías judiciales, tal como ha sucedido en el caso que nos ocupa, en el que los fiscales y jueces que adoptaron decisiones impregnadas de prejuicios y estereotipos, en la investigación y proceso penal seguidos por la Sra. Rojas, denegando justicia, ha dado lugar a la condena impuesta al Estado peruano por la Corte IDH, por grave vulneración de derechos humanos consagrados en la Convención Americana de Derechos Humanos y la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura.

Urge que el Estado peruano dé estricto cumplimiento a sus obligaciones convencionales dispuestas en la sentencia del caso Azul Rojas Vs Perú, implementando un protocolo de investigación y administración de justicia para procesos penales sobre personas LGBTI víctimas de violencia y un plan de capacitación y sensibilización sobre violencia contra las personas LGBTI para que las autoridades policiales, fiscales y judiciales adquieran conocimientos sobre los temas abordados que les permitan modificar sus actuales paradigmas contaminados de sesgos, prejuicios, estereotipos y discriminación.

Mientras tanto, utilizamos este espacio para difundir este lamentable caso, generar consciencia y sensibilizar sobre la importancia de los conocimientos impartidos y del rol que nos corresponde desempeñar en nuestro sistema de justicia, con la finalidad de contribuir en la adopción de decisiones racionales y objetivas, y exhortar a los operadores jurídicos a exigir una racional justificación de las mismas tendientes a mejorar nuestro sistema de justicia en el que se asegure el pleno respeto de los derechos fundamentales.

 

Vickhy Goicochea Lecca es abogada por la Universidad Nacional de Trujillo y egresada de las Maestrías en Derecho Civil y Comercial (UNT) y de la Maestría en Derecho Procesal y Solución de Conflictos de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas. Su práctica se ha centrado en litigios judiciales y arbitrales.

 

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