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jueves, 18 de abril de 2024

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La psicología del testimonio y los mitos en la virtualidad

“Michelle Taruffo sostuvo que la mayoría de jueces no tiene formación especial en psicología del testimonio y que existe una creencia ampliamente aceptada sobre la prueba testifical, en virtud de la cual recurren a prejuicios o conjeturas, denominando a esta práctica como psicología amateur”.

Vickhy Goicochea - 5 enero, 2021

psicología del testimonioVickhy Goicochea

Las dudas acerca de la adecuada práctica de la declaración testimonial en las audiencias virtuales y su impacto en la valoración no han cesado desde que se inició la actual pandemia, debido a que tanto el juez como el árbitro no pueden visualizar y —teóricamente— descifrar gestos y lenguaje corporal en orden a detectar si los testigos mienten.

El entorno de crisis exigió la inmediata implementación de medidas y utilización de herramientas tecnológicas para la realización de audiencias virtuales en los procesos judiciales de todas las especialidades. Ya el 30 de julio de 2015 el Tribunal Constitucional del Perú estableció que la utilización del sistema de videoconferencia no era incompatible con el principio de inmediación que informa al proceso penal y, los centros arbitrales también establecieron la virtualización de sus audiencias; no obstante que, los reglamentos de algunos de ellos ya habían previsto su realización antes de la pandemia.

Esta nueva normalidad hizo surgir voces que cuestionaban la actuación y valoración de la declaración de testigos, al considerar que el lente de la cámara no permitiría que los juzgadores aprecien las expresiones corporales de los testigos, si se sonrojan, si miran directamente a los ojos de los juzgadores, si transpiran o no o si muestran aplomo. Y debido a ello, los jueces y árbitros no podrían determinar si los testigos están mintiendo.

Recurriendo al auxilio de la ciencia para desmitificar, desterrar prejuicios y conclusiones impregnadas de subjetividad debemos ser enfáticos en que no se ha demostrado científicamente que existan señales que evidencien que alguien mienta y que pueda ser detectado.

La declaración testimonial, como han demostrado estudiosos de la psicología del testimonio, está estrechamente vinculada a la memoria, por lo que resulta de suma trascendencia conocer cómo se fijan los recuerdos, qué factores influyen en este proceso y cómo se recuperan a fin de realizar un interrogatorio adecuado.

En su investigación de 1991, José Mira y Margarita Diges señalan que la memoria humana no funciona como un video doméstico que graba (codifica) y muestra imágenes y sonidos (decodifica) con exactitud y tantas veces como se desee. La memoria humana es activa y realiza tales procesos en función de su relevancia, del material que ya contiene, de experiencias pasadas; se vale de estereotipos, es maleable y, en definitiva, se ve afectada por el paso del tiempo.

Vitor de Paula Ramos (2019), reconocido jurista en el estudio de la prueba testimonial sostiene que el testimonio puede presentar dos tipos de problemas: a) la percepción de la persona puede ser distinta de la realidad; y, b) la narración que hace de los hechos puede ser distinta de su percepción. En ese sentido, la prueba testifical no solo es susceptible a las mentiras, sino también a los errores sinceros. En el Derecho se ha hecho una contraposición indebida entre verdad y mentira, siendo habitual considerar que lo contrario de mentir es decir la verdad; no siempre que la declaración no corresponda con lo que sucedió en la realidad sea mentira. No se hace una diferenciación esencial entre dos pares de antónimos: verdad y falsedad; y, mentira y sinceridad. Será no verdadera la información/recuerdo que no se corresponde con lo que realmente ocurrió y, será verdadera aquella que se corresponda. La mentira es contraria a la sinceridad que tiene que ver con la memoria del sujeto, no con la realidad.

Agrega que miente quien cuenta una versión diferente de lo que recuerda, siendo sincero quien narra una versión igual a la que recuerda. Es posible que el testigo haya percibido de forma equivocada lo que sucedió, de modo que su declaración contendrá información no verdadera, pero no por ello habrá mentira. Para la búsqueda de la verdad no importa saber si el testigo está siendo sincero o no, sino si está haciendo afirmaciones verdaderas (sinceras o no) y descartar las falsas (sinceras o no).

Muchos estudios (Mazzoni) señalan que el hecho de mirar hacia abajo, evitar el contacto visual, mover las manos o enrojecer no es necesariamente un signo claro de mentira. Puede tratarse de ansiedad, inseguridad, o bien de que quien habla no se acuerde bien y esté avergonzado por ello.

El maestro Michelle Taruffo sostuvo que la mayoría de jueces no tiene formación especial en psicología del testimonio, que existe una creencia ampliamente aceptada sobre la prueba testifical en virtud de la cual recurren a prejuicios o conjeturas, denominando a esta práctica como “psicología amateur”, según la cual quien juzga los hechos es capaz de determinar la credibilidad del testigo con una mera observación directa de su conducta, de su lenguaje corporal, de sus modos de hablar, de contestar, de su asertividad o su timidez, entre otras cuestiones, siendo esta creencia totalmente alejada de criterios racionales.

Independiente del medio a través del cual se obtenga la declaración, presencial o virtual, el juzgador no está capacitado para descubrir si el testigo miente, guiándose por factores como los referidos. La información provista deberá ser contrastada con los demás medios de prueba actuados para determinar su exactitud. La mayor o menor fiabilidad del testimonio dependerá de la forma de su actuación y valoración.

La generalización del entorno de virtualidad nos ha permitido comprobar una realidad que precede a la pandemia y que no había sido visibilizada con la claridad que esta nueva “normalidad” ha evidenciado: la virtualidad no impide que un juzgador detecte si un testigo miente porque no está capacitado para detectar mentiras de manera virtual, pero tampoco presencial.

La psicología del testimonio ha demostrado que una persona no está capacitada para detectar que otra miente al contemplarla durante su declaración. Su fiabilidad no está supeditada a la inmediación. La declaración está relacionada con la memoria y su custodia, con factores objetivos de fijación y recuperación del recuerdo, antigüedad de los recuerdos, la edad del testigo, género y la influencia consciente o inconsciente que pudiera haber recibido.

Sin ciencia no hay futuro, es el eslogan que, con frecuencia, se repite en el entorno actual. Una de las enseñanzas que nos trajo la pandemia es revalorar el rol de la ciencia en todo el quehacer humano y el Derecho no puede ser ajeno. Debemos servirnos de sus resultados para establecer conclusiones fiables que permitan la expedición de decisiones fundadas en objetividad y razonabilidad, alejadas de creencias, prejuicios, mitos y pseudociencia.

 
Vickhy Goicochea Lecca es abogada por la Universidad Nacional de Trujillo y egresada de las Maestrías en Derecho Civil y Comercial (UNT) y de la Maestría en Derecho Procesal y Solución de Conflictos de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas. Su práctica se ha centrado en litigios judiciales y arbitrales.

 

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