Mientras que en Chile, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia se encuentra limitado en su actuar ante empresas...
Propiedad intelectual: Top Gun, Winnie the Pooh y Mickey Mouse
Cada cierto tiempo nos enteramos que un personaje icónico pasa a dominio público o que ocurre un hecho de vulneración a la propiedad intelectual, pero más allá del uso indebido de obras protegidas, ¿cuáles son las variables de análisis más finas sobre los derechos de autor en la industria cinematográfica?
22 julio, 2022
-Durante las últimas semanas circulan en internet diversas informaciones que vinculan la industria cinematográfica con la propiedad intelectual. Si bien el cese de los derechos de autor en las industrias culturales es un tema recurrente, en términos jurídicos es una problemática extensa que presenta múltiples matices en la configuración de cada caso.
¿Dónde debemos prestar atención desde la perspectiva de la abogacía? Cabe preguntarse sobre los aspectos más finos que dan forma a las disputas por propiedad intelectual, derechos de autor y marcas registradas.
Top Gun: Maverick
El primer evento a revisar es la reciente demanda que recibió el mes pasado la productora y distribuidora de cine Paramount Pictures por incumplimiento a los a derechos de autor por la película Top Gun: Maverick estrenada el 27 de mayo de este año. ¿Cuál es el caso?
En 1983 el periodista israelí Ehud Yonay escribió un artículo sobre pilotos de la armada de Estados Unidos. La crónica relata las experiencias de Yogui (25), piloto de combate del avión F-14 Tomcat y su oficial de comunicaciones Possum (26) en la Navy Fighter Weapons School —alias Top Gun— destinada a entrenar a los mejores aviadores estadounidenses.
El artículo publicado en la edición de mayo en la revista California llegó a las manos de la productora audiovisual y desde la empresa vieron potencial en su contenido. Tras negociar los derechos de autor con Yonay, Paramount llevó la historia al cine en 1986 bajo el título de Top Gun, el cual resultó ser un éxito de taquilla.
Pese a que la película logró recaudar más de US$357 millones, los espectadores tuvieron que esperar 36 años para disfrutar de una secuela. No obstante, a principios de junio la viuda (Yuval Yonay) e hijo (Shosh Yonay) del periodista israelí, interpusieron una demanda ante la Corte Federal de Los Ángeles señalando que la productora audiovisual no recuperó los derechos del artículo tras ser rescindido bajo la Ley derechos de autor de EEUU.
Además, en la demanda se afirma que en 2018 la familia de Ehud Yonay informó a Paramount Pictures que los derechos de autor se cancelarían en 2020. Sin embargo, la productora cinematográfica señalo a través de un comunicado que las «afirmaciones no tendrían mérito» y que se «defenderán vigorosamente».
Plazos de protección y obras derivadas
Uno de los argumentos a los que Paramount podría acudir para defenderse es el alcance de la protección de la propiedad intelectual. María José Arancibia, socia de Obrador Digital y Gabriel Zevallos, socio de Gama, ambos especialistas en propiedad intelectual abordaron el caso en redes sociales a través de una transmisión en vivo.
En la instancia, Arancibia dijo que «las ideas no se protegen» y «si existe un artículo publicado del año 1983 que consiste en un programa de entrenamiento militar y comenzamos a hacer variaciones, modificar y replicar, cambia el escenario».
En entrevista con Idealex.press, María José Arancibia y Gabriel Zevallos continúan el análisis del caso.
Si bien Top Gun: Maverick es un nuevo filme, se aproxima al concepto de obra derivada al mantener los mismos personajes e incluso a algunos actores —Tom Cruise y Val Kilmer—, es decir, «es una transformación de una obra original (dibujo, foto, videojuego, canción, entre otras) que puede ser realizada por el propio autor o un tercero», dice la experta en derechos de autor.
En este sentido, las obras derivadas requieren de los derechos de autor de la obra original, de lo contrario «se desnaturalizan». Además, este tipo de obras «necesitan la autorización del titular de la obra original para que el realizador no tenga una oposición o reclamo del titular», agrega.
«Si una obra deriva de la original, la trazabilidad o cadena tiene que estar perfecta, sino se nos cae un poco la protección de los derechos de autor, con todos los permisos y las autorizaciones que protege», comentó la académica de la Universidad Alberto Hurtado durante la transmisión en vivo por Instagram.
Por otro lado, otro de los argumentos que barajan desde la distribuidora audiovisual es que debido a las condiciones sanitarias que surgieron por Covid-19 se presentaron situaciones adversas que impidieron su grabación.
Gabriel Zevallos, especialista en legaltech, asevera que «es importante tener presente que el plazo de protección de los derechos de autor es establecido por una ley y, por lo tanto, la excepción a este plazo, también los deberá imponer la ley o tribunal de cada legislación. En ese sentido, cada legislación o tribunal deberá establecer si la pandemia fuera o no una causa para la interrupción del plazo de protección de los derechos de autor».
«En mi opinión, el estado de emergencia por la Covid-19 no constituye un supuesto válido de suspensión del plazo de protección de los derechos de autor en el caso Top Gun, ya que, de acuerdo a lo expresado por Paramount Pictures, la película sufrió múltiples demoras en su fecha de lanzamiento que originalmente esperaba ser estrenada en julio de 2019. Si Paramount pensó estrenar la película en medio de la pandemia, no podría alegar esta circunstancia como un supuesto válido de suspensión del plazo de protección de los derechos de autor», añade.
Winnie the Pooh
Con respecto a los plazos de los derechos de autor, uno de los casos que llamó la atención de la audiencia surgió tras las publicación del póster oficial de Winnie the Pooh: Blood and Honey, película norteamericana inspirada en los cuentos del escritor británico Alan Alexander Milne. La trama consiste en cómo los habitantes del bosque de los Cien Acres se transforman en sangrientos asesinos en busca de alimento.
¿Cómo pasamos de unos personajes dedicados al público infantil a criaturas que protagonizan una película de terror?
La regulación sobre derechos de autor norteamericana ordena que todas las obras concebidas en 1926 pasaron a dominio público el 1 de enero de este año, dado que la restricción por propiedad intelectual se pierde automáticamente al cumplir 95 años de antigüedad. Y en esta línea, «cuando la obra pasa a ser de dominio público no se exige autorización de ninguna persona o empresa para poder utilizar los personajes», menciona Arancibia.
No obstante, el material que pasa a dominio público no son las caricaturas adorables que conocemos, sino los cuentos que contienen las historias originales y sus personajes. Por lo tanto, la estética terrorífica de estos animales antropomórficos no se podría parecer demasiado a sus versiones animadas.
Regulación local e internacional
Otra de las claves en los derechos de autor es conocer los plazos de protección intelectual según la regulación de cada país. Por ejemplo, en México el plazo de protección de cualquier obra artística —entre ellas películas— tiene su vigencia en lo estipulado en el artículo 29 de la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA), la cual señala que los «derechos patrimoniales estarán vigentes durante la vida del autor y, a partir de su muerte, cien años más» y «cien años después de divulgadas».
Por otro lado, en Estados Unidos la protección perdura a lo largo de la vida del autor y 70 años tras su muerte, lo que tiene su fundamento en el Copyright Law of the United States of America.
En esta línea, Elías San Miguel, director de operaciones México de la Escuela Latinoamericana de Propiedad Intelectual (ELAPI), explica que «la razón de que expire el plazo de protección es que la obra pasa al domino público, lo que se entiende que podrá ser explotada sin la necesidad de permiso de quien detenta los derechos patrimoniales y sin tener que pagar regalías o contraprestación alguna».
La regulación peruana es similar a la estadounidense, es decir, brinda protección durante toda la vida del autor y 70 años después de su fallecimiento, contado a partir del primero de enero del año siguiente a su muerte. Tras vencer el plazo, la interpretación o ejecución ingresa al dominio público.
«El plazo de protección de los derechos patrimoniales en el ámbito internacional puede variar dependiendo de los distintos regímenes jurídicos en el mundo, pero existen recomendaciones hechas por tratados y por organizaciones especializadas», prosigue.
Vale la pena destacar el Convenio de Berna para la Protección de las Obras y Artísticas (1971), que establece: «La protección concedida por el presente Convenio se extenderá durante la vida del autor y cincuenta años después de su muerte».
Si bien, los países presentan variaciones, «es importante mencionar que el Acuerdo sobre los aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionadas con el Comercio (ADPIC), establece que la duración de la protección de una obra que no sea fotográfica o de arte aplicado se calcule sobre una base distinta de la vida de una persona. Esta duración será de no menos de 50 años contados desde el final del año civil de la publicación autorizada o de 50 años contados a partir del final del año civil de su realización», destaca Gabriel Zevallos.
Mickey Mouse en Steamboat Willie
En 2024 el icónico Mickey Mouse pasará a dominio público, pero, ¿cuál es el alcance de la perdida de los derechos de autor por parte de quienes detentan la autoría de la obra? En primer lugar, «el personaje de Mickey Mouse que pasa dominio público es la versión que aparece en el cortometraje de Steamboat Willie«, explica María José Arancibia.
«La pérdida de derechos dice en relación con el derecho de autor, es decir: obras literarias, poesías, pinturas y todas aquellas que se encuentren en el catálogo, pero este hecho podría no asimilar, por ejemplo, una polera que tenga estampada la imagen de esta versión de Mickey Mouse pues lo más seguro es que se encuentre protegido mediante una marca comercial», prosigue.
Marcas registradas
El Ratón Mickey tiene características intrínsecas que lo hacen reconocible para los espectadores o consumidores, lo cual podría ser difícil que una persona imagine a la caricatura sin sus orejas redondas o pantalones de color rojo, esto le permite a The Walt Disney Company la posibilidad de registrar a al dibujo animado como marca identitaria de un producto o servicio.
El especialista en protección de datos, Gabriel Zevallos, indica que el «plazo de protección del derecho de autor puede ser largo, pero tiene un fin, mientras que el plazo de protección de una marca registrada es renovable; es decir, puede ser infinita mientras se renueve. Regresando al ejemplo del Ratón Mickey, este dejará de estar bajo la tutela de Disney el 1 de enero de 2024, a partir de esta fecha, seguro muchos creadores de contenido lo usaran en videos en YouTube sin infringir derechos de Copyright. Sin embargo, no se podrá usar al mismo ratón para identificar una marca de ropa, por ejemplo».
De esta forma, la defensa de una dibujo animado no se limita a la protección que se le otorga a su creador por la materialización o reproducción de su obra, sino, también, «su protección puede ampliarse a una marca», la cual permite que «estos personajes pueden ser materia de explotación de merchandising y concederse licencias o autorizaciones a terceros para su aprovechamiento comercial», apunta Elías San Miguel.
«Las marcas pueden ser renovables en períodos sucesivos iguales de 10 años para el caso de México y de los Estados Unidos de América, siempre que cumplan los requisitos formales para su renovación ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial o el United States Patent and Trademark Office respectivamente. Si se cumplen dichos requisitos estos registros marcarios se pueden prorrogar por muchos años», continúa.
Entonces, una vez que esta versión de Mickey Mouse pase a dominio público, hipotéticamente: ¿un país podría usar a esta figura como símbolo nacional sin entregar reconocimiento o beneficios económicos a Disney?
«Los personajes que se liberen se pueden utilizar sin autorización de Disney y sin pagar regalías en la medida que sólo se empleen para obras que contempla la ley de derecho de autor. No obstante, el país no podría hacerlo porque lo más seguro es que la compañía debe tener registrado a Steamboat Willie como una marca comercial, es decir, se estaría adoptando como emblema una marca previamente registrada», concluye la socia de Obrador Digital.
También te puede interesar:
— Se firma en Chile acuerdo de promoción de la mediación en temas de propiedad intelectual
— ¿Qué es el derecho pop?
— ¿Es mío el contenido que subo a redes sociales?