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viernes, 29 de marzo de 2024

internacional

Pensiones de funcionarios penitenciarios en la mira

La Contraloría General de la República dictaminó que los funcionarios de la administración del Estado deben calcular sus jubilaciones usando el mismo tope que el resto de los ciudadanos, luego de que directivos se acogieran a retiro recibiendo más de CLP$5 millones mensuales (unos 7.600 dólares).

- 5 julio, 2016

 
En pie de guerra se encuentran funcionarios de Gendarmería de Chile y la Contraloría General de la República (CGR), luego de que ésta fijara definitivamente los límites a los montos de las pensiones para el personal penitenciario.
 
La decisión del órgano contralor fue tomada tras detectar que varios oficiales directivos de la institución que se acogieron a retiro, accedieron a jubilaciones superiores a los $5 millones mensuales, cifras muy por sobre las que corresponden, por ejemplo, a generales de las Fuerzas Armadas. Uno de los casos que más polémica ha causado es la pensión que recibe la exsubdirectora técnica de Gendarmería —de 59 años— y cónyuge del actual presidente de la Cámara de Diputados.
 
Hoy en el diario El Mercurio se explicaba que en el sistema de fondos de pensiones operado por las AFP, para que una persona obtenga una jubilación superior a los $5.000.000 al mes, debe haber acumulado un ahorro previsional superior a los $1.400.000.000 a lo largo de su vida laboral, según estimaciones hechas por expertos para ese diario. Es decir, dinero equivalente a US$2,19 millones de dólares (a un tipo de cambio de $657,9).
 
A través de un dictamen (42701/2016) emitido el 9 de junio pasado, la CGR había asestado el primer golpe a la institución que cautela las cárceles y tribunales del país: “Al respecto, es del caso precisar que, si bien el referido personal quedó sujeto al régimen previsional de Carabineros de Chile, DIPRECA, en materia remuneratoria continuaron afectos al decreto ley N° 249, de 1973, que fija la Escala Única de Sueldos, con las implicancias que ello conlleva”.
 
Es decir, la Contraloría confirmó que los funcionarios de la institución encargada de la custodia de más de 100 mil infractores de la ley, debían estar sujetas al límite de imponibilidad de 60 UF (unos US$2.300) establecido en el artículo 5° del decreto ley N° 3.501, de 1980.

Se aplican las reglas del sector civil

El Contralor, Jorge Bermúdez, explicó en la Cámara de Diputados que aunque un determinado grupo de trabajadores o funcionarios se encuentre adscrito a un régimen previsional especial (por ejemplo a Dipreca), existen distintas reglas aplicables al cálculo de las pensiones.
 
“Lo que quiero decir es que una persona puede estar perfectamente adscrita al régimen antiguo, de reparto solidario, en este caso las cajas como Dipreca o Capredena, pero que las reglas que se utilicen para calcular las pensiones son las que se aplican a otro sector, por ejemplo, al sector civil”, señaló.
 
El Contralor también hizo hincapié en que este régimen se aplica mayoritariamente a los oficiales de Gendarmería y no a los suboficiales, básicamente porque por regla general estos últimos en sus pensiones no alcanzan al límite de 60 UF; y, por otra parte, hizo notar que esta jurisprudencia no tiene efecto reatroactivo.
 
El diputado Jaime Pilowsky (DC) —miembro de la comisión— indicó que la presentación del titular de la CGR dejó en evidencia que “aquí se ha producido un beneficio del mejor de los mundos, es decir, pensiones de reparto en que el Estado se hace cargo con todas las asignaciones que tiene el ámbito de la administración civil; y por otra parte, todos los beneficios que se otorgan a los funcionarios de las Fuerzas Armadas, en la previsión social”.
 

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