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jueves, 28 de marzo de 2024

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Novel Foods: ¿cómo afectará la entrada en vigor del nuevo régimen de la UE a Chile?

“Las asociaciones de exportadores y productores eventualmente afectados deben incidir en la inclusión de sus alimentos en la lista, para que éstos puedan beneficiarse de los trámites simplificados de autorización e ingreso…”

Novel FoodsInés de Ros
Inés De Ros / Patricia Cuba-Sichler

El 1 de enero de 2018 entrará en vigor el Reglamento (UE) n°2015/2283 relativo a los “Novel Foods”, que derogará el actual reglamento n°258/1997.

Los Novel Foods, nombre con que se conoce a los ‘Nuevos Alimentos’, es una categoría de alimentos que está afecto a una regulación específica en la Unión Europea (UE), dado su carácter de novedad. Esta categoría incluye todos aquellos alimentos de los que no se tiene registro que hayan sido previamente destinados al consumo humano en una zona geográfica determinada.

Dentro de esta categoría se encuentra los granos de chía, el jugo de noni, el aceite de argán y alimentos producidos de manera innovadora, como los champiñones enriquecidos con vitamina D mediante rayos ultravioletas o alimentos producidos con nanotecnología. En Chile, destacan macroalgas destinadas al consumo humano, como el cochayuyo, y el aceite de chía.

Con el objetivo de proteger al consumidor europeo y ante el desconocimiento existente por parte de las autoridades sanitarias europeas de estos “nuevos alimentos”, el antiguo reglamento establece un proceso de autorización, importación y comercialización especial para aquellos alimentos que antes de mayo del año 1997 no habían sido destinados para el consumo humano en la UE. El procedimiento de autorización, que se basaba en un examen de seguridad alimentaria, consistía en un proceso largo y no siempre fácil que, por muchos, constituía una barrera al comercio de “nuevos alimentos” en la UE en relación con el resto de alimentos.

Novel FoodsPatricia Cuba-Sichler

El nuevo reglamento que entraría en vigor el 1 de enero de 2018 instaura un marco regulatorio centralizado y simplificado que facilitará la entrada a la UE de los novel foods reconocidos que se encuentren incluidos en un anexo al reglamento, así como aquellos productos que demuestren un consumo ininterrumpido en sus países de origen por un periodo mínimo de 25 años.

En este contexto, se actualiza la definición de los novel foods, se armoniza, se simplifica el procedimiento de autorización y se establece un nuevo procedimiento para el ingreso de alimentos tradicionales procedentes de terceros países.

La Comisión Europea ha publicado en su página web un primer borrador de la lista de “Novel Foods” que quedará incluida en el anexo al reglamento, la misma que luego de haber sido sometida a consulta pública deberá ser próximamente aprobada para su entrada en vigor en su versión definitiva el 1 de enero de 2018.

Es importante que las asociaciones de exportadores y productores eventualmente afectados incidan en la inclusión de sus alimentos en la lista, para que éstos puedan beneficiarse de los trámites simplificados de autorización e ingreso que establece la nueva norma, sin perjuicio de la flexibilización que el régimen va a acarrear, en términos generales, a la autorización, ingreso y comercialización de novel foods en la UE que conlleva el nuevo reglamento.

 
* Inés de Ros es abogada española de la Universitat Pompeu Fabra, está cursando un doctorado en derecho internacional y trabaja en el Spanish Desk de DS Avocats, en Chile. Por su parte, Patricia Cuba-Sichler es abogada a cargo de la oficina de DS Lima, y del Latam Desk en DS París. Además, es especialista en temas de derecho alimentario y medio ambiente.

Si quieres, aquí puedes acceder al link del Flash News de DS Avocats sobre Novel Foods.

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