La institución señaló que este recorte puede infringir tratados y pactos internacionales donde el Estado se compromete a proporcionar recursos...
Nombramiento de jueces, un debate que continúa en Chile
Un Consejo de Nombramientos de Jueces que es más simbólico que real, la continua participación del Senado en el proceso y una oposición efectiva sin instancia para reclamar, son algunos de los problemas que tiene la reforma al sistema de elección de jueces.
31 enero, 2025
-Durante la jornada de clausura de la Tercera Conferencia Anual ICON-S (The International Society of Public Law) en Chile, celebrada entre el 13 y 14 de enero, uno de los puntos fuertes de discusión fue la reforma al sistema de nombramiento de jueces, proyecto ingresado a la Cámara de Diputados por el Gobierno en octubre pasado, que busca que la selección de nuevos jueces sea más objetiva y se reduzca la influencia de la política dentro del sistema judicial.
Alguno de los cambios que trae es la creación de un Consejo de Nombramientos de Jueces, que será responsable de seleccionar candidatos y candidatas con base en criterios objetivos relacionados con el mérito; se eliminaría la institución de los abogados integrantes que remplazaban a los jueces cuando estos no estaban disponibles para una audiencia y deja la gestión administrativa de la justicia a cargo de un organismo no jurisdiccional, sujeto a rendición de cuentas ante la Contraloría General de la República.
El Ministro de Justicia/strong>, Jaime Gajardo, destacó: “Estamos completamente abiertos para realizar todas las modificaciones que sean necesarias en la iniciativa con el objetivo de que esta reforma se pueda aprobar” y dijo que con esta medida, «los jueces tendrán más tiempo para resolver casos y dictar sentencias en vez de estar ocupados en tareas administrativas”.
A pesar de ello, dentro de la academia y el Poder Judicial han surgido críticas. En el último Pleno de la Corte Suprema, en el cual se discutió el tema, la institución señaló, de acuerdo a lo que consignó el diario El Mercurio, que el proyecto debería ser revisado de forma exhaustiva y que “existen discrepancias importantes respecto de las formas propuestas para implementar dichas modificaciones, que en muchos casos no consideran plenamente las implicancias prácticas ni las complejidades del sistema judicial actual”. “Muchas de las propuestas carecen de precisión”, añadió la institución.
Falta de claridad y riesgos de politización
Eduardo Aldunate Lizana, profesor de Derecho constitucional de la Escuela de Derecho de la Universidad Católica de Valparaíso, quien participó en la Tercera Conferencia Anual ICON-S, comenta que, a pesar de que el proyecto tiene como uno de sus objetivos eliminar el componente político en el proceso de nombramiento, mantiene aspectos que han sido criticados, como la intervención del Senado en la selección de los ministros de la Corte Suprema: “Hay un consenso, y los hechos lo demuestran, de que la intervención del Senado ha dado lugar a un cuoteo por el cual un sector político otorga su voto para llegar a los dos tercios y nombrar a un ministro, con el compromiso de que el siguiente cupo le corresponda al otro sector. Este modelo ha sido cuestionado por irregularidades que se han detectado y se mantiene con esta reforma. No hay nada que justifique la intervención del Senado”, opina.
El académico también considera que ciertas atribuciones del Consejo de Nombramientos de Jueces lo podrían terminar volviendo más un organismo simbólico que uno práctico: “La propuesta dice que el Consejo puede encomendar los procesos de selección al órgano a cargo de la formación y perfeccionamiento de los jueces, lo que hoy en día es la Academia Judicial. Entonces, si la ley dice eso, quien puede hacer la selección es al final la propia Academia. Ante este supuesto, no se ve claro cuál es el rol del Consejo de Nombramientos de Jueces, ya que siguiendo lo establecido en la propia propuesta, sería un órgano como la Academia Judicial la que realizaría un procedimiento objetivo que daría como resultado una lista de posibles jueces calificados con una nota, ante lo cual el único rol del Consejo sería presentar los tres mejores resultados al Presidente. Terminaría siendo un órgano que al final no toma ninguna decisión”.
Por ora parte, si bien la propuesta señala que habrá mecanismos de oposición efectiva, la reforma no contempla la posibilidad de que se reclame ante una instancia jurisdiccional para los casos en que se considere que se nombró a un candidato que tenía menos mérito: “Si no existe esa instancia, la oposición no es efectiva, es una oposición nominal o simbólica, que no está sometida a Derecho. Esto es como decir que se creará un auto con motor propio, pero no se le pone el motor, no se le pone el mecanismo que puede asegurar la efectividad”, explica Aldunate, añadiendo que un problema adicional presente en la reforma es que permite al fiscal judicial, cargo que no es elegido, que establezca reglas obligatorias para todos los jueces, quedando estos sometidos a directrices que no va a formular el Congreso en un debate público, sino que a los designios de una autoridad unipersonal.
“No hay claridad de conceptos y hay un conocimiento muy superficial de cómo funciona el Poder Judicial: esa es la impresión que yo tengo. Se siente como un proyecto hecho desde fuera. Hay académicos que tienen buenas intenciones, pero que no tienen claridad sobre la complejidad del funcionamiento del Poder Judicial y ahí creo yo es donde puede estar el error”, estima el profesor, quien analizó en detalle cómo debe funcionar un sistema de nombramiento en su ensayo “Gobierno de la judicatura. Concepto y soluciones comparadas para la fundamentación de una propuesta de reforma”, que forma parte de “Estudios Monográficos para una nueva Constitución”.
Marisol Peña Torres, directora del Centro de Justicia Constitucional de la Universidad del Desarrollo y que participó en la Conferencia Anual ICON-S, celebra que la propuesta de reforma recoja elementos de la doctrina y las opiniones que han sido vertidas desde diversos organismos como la Corte Suprema, la Asociación Nacional de Magistradas y Magistrados y por Margaret Satterthwaite, Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre la independencia de magistrados y abogados.
La académica —ex ministra del Tribunal Constitucional de Chile— considera importante que se agregue a los criterios de selección del nuevo sistema de nombramiento lo propuesto por la Comisión de Venecia, como la antigüedad de los jueces y la adición de un mecanismo preventivo como una declaración de intereses para los candidatos a desempeñar los altos cargos, donde puedan transparentar sus redes de influencia al momento de postular, de forma que puedan ser apreciadas objetivamente a la hora de efectuar los nombramientos.
“Tal como ha dicho la Comisión de Venecia en su informe del año 2010 sobre independencia judicial, no hay un sistema perfecto que pueda asegurar la independencia total de los miembros judiciales, pero debemos ser capaces como Estado de pensar en un sistema que reduzca lo más posible los riesgos de la politización”, advierte.
“En lo personal, a mí no me gustaba la propuesta original que creaba cinco órganos distintos para hacerse cargo de estas funciones administrativas. Siempre he sido promotora de la responsabilidad fiscal y la creación de nuevos órganos para el Estado siempre supone mayores recursos. El país está en una situación económica objetivamente difícil. Entonces creo que hay que racionalizar y crear órganos nuevos en la medida que sean estrictamente necesarios”, opina Marisol Peña sobre la creación de nuevos organismos en la reforma, como la nueva institución que se planea se encargue de la gestión administrativa de la justicia.
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