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Marcelo Oyharcabal: “Las familias lesbomaternales y homoparentales son un hecho en nuestra sociedad”
El abogado chileno, profesor de la Clínica Especializada de Interés Público de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, aborda con Idealex la sentencia que reconoció la filiación de un hijo por parte de sus dos madres. En este marco, aboga por el avance de un proyecto de ley que modernice la institucionalidad, pero que literalmente “duerme” en el Congreso Nacional.
12 noviembre, 2021
-Claudio Soto
csoto@idealex.press
A principios de noviembre, el Segundo Juzgado de Familia de Santiago (Chile) acogió una acción de filiación interpuesta con el fin de reconocer la filiación de ambas madres respecto de su hijo de seis años. La petición, que fue tramitada y representada por la Clínica Especializada de Interés Público de la Universidad de Chile** -bajo la guía del profesor Marcelo Oyharcabal Fraile- en coordinación con la Clínica de Interés Público de la Universidad Diego Portales (UDP), vino a dar cuenta de un nudo que la actual legislación en el país no ha logrado desatar.
Esto es, el reconocimiento de distintas formas de maternidad y el derecho de niños, niñas y jóvenes a crecer en una familia que lo acoja; y que a la vez sea reconocido por la institucionalidad pública y privada. De acuerdo al fallo, el tribunal entiende que de manera indubitada existía una maternidad conjunta desarrollada por ambas madres, materializada en el reconocimiento de la misma en el seno familiar, en la interacción con entidades públicas como el colegio, el sistema de seguridad social y los empleadores de ambas mujeres.
Del mismo modo, el tribunal señaló en su razonamiento que “es una lástima que sea la vía judicial la que reconoce una situación que en los hechos es evidente y que debería ser reconocida por ley, en atención al derecho del mismo niño a su identidad, derecho que se manifiesta en el reconocimiento de la familia que lo acoge”. En suma, una realidad sobre la cual el derecho no puede mirar de lado.
Marcelo Oyharcabal, reflexiona con nuestro medio sobre los alcances de este caso, y la discusión política-jurídica que debe darse con urgencia en el país.
¿El caso sienta a su juicio un precedente importante en la legislación nacional?
Si bien esta no es la primera sentencia que reconoce la filiación de dos madres, efectivamente sienta un precedente en tanto, aún son escasos los pronunciamientos sobre la materia. Por otra parte, actualmente, en el Congreso de Chile se está discutiendo una nueva Ley de Filiación que busca dar reconocimiento a las familias lesbomaternales y homoparentales, por lo que una sentencia como la obtenida, marca un precedente y se adelanta a los cambios legales, sirviendo a su vez de impulsora de los mismos.
Esta sentencia otorga reconocimiento interno a los Tratados Internacionales de derechos humanos y de protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, lo que constituye un gran avance, desde que su fundamentación utiliza un razonamiento desde la visión de los derechos fundamentales de las personas, realizando una aplicación práctica de los mismos, y de los principios que los inspiran, utilizándose incluso de manera prioritaria a leyes que en Chile llevan mucho tiempo sin modificarse.
¿Se habían intentado acciones de este tipo y qué tan comunes son en los Tribunales de Familia del país?
Esta no es la primera sentencia sobre esta temática, debiendo corresponder al cuarto o quinto fallo que reconoce la filiación de dos madres respecto de hijas e hijos nacidos por medios de tratamiento de reproducción asistida en el seno de una familia lesbomaternal. La puerta se abrió en 2020 con la primera sentencia que reconoció la filiación de dos madres. Pero lo relevante, más allá de las causas que actualmente están en tramitación, es que las familias lesbomaternales y homoparentales son un hecho en nuestra sociedad, y su reconocimiento busca otorgar mayor protección a las niñas, niños y adolescentes que son parte de esos núcleos, debido a que sin una filiación judicialmente reconocida no tienen derecho respecto de una de sus madres o padres, según el caso.
¿El que un tribunal señale en su fallo que es una lástima que sea la vía judicial la que reconoce una situación que en los hechos es evidente, devela la urgencia de legislar sobre la materia?
Efectivamente, el proyecto de ley que Regula el Derecho de Filiación de los hijos e hijas de parejas del mismo sexo fue ingresado el 22 de abril de 2016 al Senado y, hasta la fecha, se encuentra en primer trámite constitucional, sin que haya pasado a la Cámara de Diputados. Lamentablemente el derecho siempre llega tarde, pero en este tipo de casos, y lo realmente complejo es que este retraso vulnera el derecho de niñas, niños y adolescentes, configurando una discriminación hacía las personas de la diversidad sexual, que, teniendo la posibilidad de acceder al reconocimiento de sus relaciones afectivas por medio del Acuerdo de Unión Civil, sin embargo, no pueden acceder al reconocimiento de sus familias. Este tipo de sentencias generan un poderoso argumento para la aprobación de una nueva Ley de Filiación que reconozca a las familias homoparentales y lesbomaternales*.
¿Cuáles son los pasos procesales y administrativos a seguir tras el reconocimiento del Juzgado de Familia?
Obtenida la sentencia favorable de parte del Tribunal de Familia, sólo resta esperar que la resolución tenga la calidad de sentencia firme y ejecutoriada, a fin de que sea presentada ante el Servicio de Registro Civil e Identificación y esta entidad proceda a inscribir en sus registros a la madre no gestante, también como progenitora del hijo. De este modo se harán exigibles los derechos y obligaciones que emanan del vínculo filiativo tanto del hijo, como de esta madre.
*El proyecto se tramita en el Congreso Nacional chileno bajo el boletín Nº 10626-07.
** La Clínica Especializada de Interés Público es una cátedra optativa dentro de la malla curricular de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, que entrega una formación teórica y práctica en temas de interés público y derechos humanos. En el caso específico de este curso, las causas que se atienden están vinculadas a materias de alta connotación social, esto es, que son de interés general para la comunidad. La atención es gratuita, y cumple por parte de la Facultad un rol de retribución a la sociedad, junto con facilitar y mejorar el acceso a la justicia por parte de la ciudadanía.