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domingo, 24 de noviembre de 2024

internacional

La sociedad de responsabilidad limitada cumple 100 años en Chile

El fomento del emprendimiento de pymes es uno de los mayores legados que ha dejado este tipo de sociedades en su siglo de existencia.

- 14 marzo, 2023

 

sociedad de responsabilidad limitadaJuan Luis Goldenberg

El 14 de marzo se cumplen 100 años de la publicación de la Ley 3.918, norma que en 1923, creó la figura de la sociedad de responsabilidad limitada en Chile.

Algunas características de este tipo de sociedades, de acuerdo al artículo 2 de la ley, es que no podrán tener por objeto negocios bancarios y el número de sus socios no podrá exceder de 50. Pero, sin duda, lo relevante fue la limitación de responsabilidad de los socios, mediante la separación de su patrimonio personal del de la sociedad y, específicamente, del monto de su aporte.

Juan Luis Goldenberg, profesor de derecho civil de la Universidad Católica de Chile (UC), explica que antes de su creación, el derecho societario chileno se balanceaba entre 2 extremos: la sociedad colectiva, en la que el socio responde a las deudas sociales con todo su patrimonio, y las sociedades anónimas, que eran sociedades de capital, pensadas para grandes empresas, que contienen una estructura de captación de inversión de gran nivel y que requerían que muchas personas compraran acciones de la misma. Sin embargo, a esa fecha, no existía un modelo pensado para empresas medianas o pequeñas, donde se pudiera limitar la responsabilidad.

sociedad de responsabilidad limitadaGuillermo Caballero

“El hecho de participar en una estructura societaria ponía en riesgo tu patrimonio personal y familiar. La incorporación de una figura de sociedad de responsabilidad limitada ocasiona un quiebre de la idea de que las sociedades servían solamente para los grandes negocios, como la sociedad anónima. Era muy necesario establecer mecanismos que permitiesen limitar la responsabilidad de los socios y de esa manera motivar el emprendimiento”, dice Goldenberg.

De hecho, el fomento del emprendimiento sería uno de los mayores legados que ha dejado la sociedad de responsabilidad limitada en sus 100 años de existencia. “Es un muy buen vehículo para llevar adelante empresas de pequeño y mediano tamaño, en las cuales la persona de los socios sea un elemento relevante para poder llevar adelante el negocio”, complementa Guillermo Caballero, profesor de derecho comercial de la Universidad de Chile.

Otro aporte, añade Jaime Alcalde, profesor asociado de derecho privado de la UC, fue que permitió una mayor libertad para los socios a la hora de definir los estatutos, lo cual fue de gran importancia durante la primera mitad del siglo XX. “Tenemos que pensar que por entonces la sociedad anónima necesitaba autorización del gobierno y que la liberación de esa traba administrativa previa sólo se concretó con la reforma a la ley de sociedades anónimas de 1981”, destaca.

El alza de la sociedad por acciones

Fue en 2007 cuando se creó la sociedad por acciones (SpA) en Chile y desde entonces ha tomado el liderazgo dentro de los tipos societarios que eligen las empresas de ese país por sobre la sociedad de responsabilidad limitada. De acuerdo a las estadísticas del Ministerio de Economía chileno, sólo el 18% de las sociedades constituidas en la actualidad son de responsabilidad limitada.

Los motivos que han llevado a ello son variados, como por ejemplo la exigencia de que existan al menos 2 socios dentro de una sociedad de responsabilidad limitada: “Eso hacía que para constituir una sociedad de este tipo, cuando estamos frente a estos pequeños empresarios, muchas veces existiera un segundo socio entre comillas, de papel, con una participación muy minoritaria; en cambio, la sociedad por acciones permite generar sociedades unipersonales sin necesidad de llamar a un amigo o pariente para que se asocie”, comenta Juan Luis Goldenberg.

sociedad de responsabilidad limitadaJaime Alcalde

Además, Goldenberg destaca que la sociedad de responsabilidad limitada es una sociedad de personas, donde lo relevante es quienes son los socios de esa sociedad. “Si yo soy socio en una sociedad de responsabilidad limitada, yo no puedo ceder mi participación social sin el acuerdo de la totalidad de los demás socios porque se entiende que ellos contrataron conmigo, no es que quieran ser socios con cualquier persona, en cambio, en la sociedad de capital como la SpA lo importante no es quién es el socio, lo que permite una transferencia fácil de esa participación, por lo que tienes una posibilidad de salida bastante más expedita”, añade.

Tal situación no ocurre en otros países. Jaime Alcalde comenta que la tendencia en el derecho comparado es que la sociedad de responsabilidad limitada sea una sociedad de capital: “La ley española de sociedad de capitales del año 2010 fue una ley que unificó el régimen de sociedad de responsabilidad limitada y por acciones; el fenómeno de las SpA se ha dado principalmente de Latinoamérica”.

Este mayor uso no significa que la SpA sea definitivamente mejor que la sociedad de responsabilidad limitada. Guillermo Caballero considera que esta figura jurídica no respondió o más bien, fue mucho más allá de los objetivos con que fue ideada: “La SpA es un tipo societario que está pensado para los negocios de capital de riesgo y entonces uno entendería que en ese contexto tuviera una profunda utilización, pero cuando uno ve para qué se usan, encuentra negocios que perfectamente podrían realizarse a través de sociedades de responsabilidad limitada”, explica.

Congreso Centenario

Jaime Alcalde, Juan Luis Goldenberg y Guillermo Caballero organizan el seminario “Congreso Internacional Centenario de la ley sobre sociedades de responsabilidad limitada: pasado, presente y futuro”, el cual se efectuará el miércoles 31 de mayo.

El evento se realizará en dos sedes: por la mañana tendrá lugar en la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile y, por la tarde, en la Facultad de Derecho de la Universidad Católica.

“En la mañana habrá 3 paneles y por la tarde otros 3. Se analizará los aspectos históricos y de la práctica del funcionamiento de las sociedades, cuestiones relacionadas con el derecho tributario, problemas de administración, entre otros”, comenta Alcalde.

La conferencia inaugural será “Las sociedades híbridas”, a cargo de Francisco León Sanz, profesor de derecho privado de la Universidad Autónoma de Madrid, que busca explicar el régimen de sociedades español, que mezcla distintos tipos legales, como lo es la de responsabilidad limitada.

El sexto panel de la jornada se centrará en una discusión sobre ideas para una eventual reforma al régimen de sociedad de responsabilidad limitada, seguido de la conferencia de cierre “El uso de los tipos societarios en el tráfico jurídico, en especial la sociedad de responsabilidad limitada”, ponencia de Rafael Manóvil, profesor de la Universidad de Buenos Aires, que será un análisis de la trayectoria que ha tenido las sociedades en el continente y cuál es el más adecuado para los distintos tipos de emprendimiento.

“Auguro que la sociedad de responsabilidad limitada va a seguir existiendo entre nosotros y va a seguir cumpliendo una función importante como vehículo societario para desarrollar proyectos empresariales”, opina Caballero.

 
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