Luis Ernesto Marín fue legal counsel de Banco de Crédito BCP y Scotiabank, abogado en Neptunia S.A., Porto Legal, Lazo...
La Jornada Laboral en los Estudios Jurídicos
El abogado deberá permanecer en su oficina alrededor de 13 o 14 horas.
10 octubre, 2014
-Matías Ortúzar
El mercado de los abogados se ha tornado altamente competitivo, sobre todo, a nivel de los estudios jurídicos más grandes, donde los perfiles de búsqueda son cada vez más específicos y exigentes.
Los abogados recién titulados deben luchar para poder acceder a uno de los escasos cupos que tiene los importantes estudios jurídicos de la plaza. Una vez que el abogado ha hecho todos sus esfuerzos, es decir, ha presentado su CV en un estudio, ha ido a varias entrevistas con socios y asociados, ha rendido un informe psicológico (y probablemente un test de inglés), procederá a la firma de su contrato. En éste, saldrá claramente establecida la remuneración que recibirá mensualmente (que en estudios grandes, será en torno a los $1.500.000 líquidos), pero lo que no saldrá especificado es el número de horas que tendrá que trabajar para poder acceder a dicha remuneración.
Analizando más a fondo el contrato, el abogado se dará cuenta que, al tenor de éste, se encuentra acogido al art. 22 del Código del Trabajo, por lo cual no quedará sujeto al cumplimiento de una jornada laboral al trabajar “sin fiscalización superior inmediata”.
Producto de la dificultad para encontrar trabajo, la atrayente sofisticación de los estudios jurídicos, el alto nivel de remuneración y las interesantes materias a tratar, el abogado no dudará en firmar su contrato para incorporarse a la brevedad a la firma. De lo que el abogado no se ha percatado, es que al haber firmado ese contrato, ha dejado que su empleador establezca con total libertad su jornada laboral, que a la postre, traerá importantes consecuencias.
¿Cómo funciona el sistema?
Los grandes estudios jurídicos funcionan con un sistema objetivo de cobro a sus clientes, lo cual se traduce en la facturación por cada hora de trabajo empleada por sus abogados. No es una novedad que las tarifas de este tipo de abogados, en todo el mundo, son altas. Debido a ello, el abogado debe tener absoluta disponibilidad (24/7) para atender en todo momento los requerimientos del cliente.
Los estudios grandes, a su vez, imponen a sus abogados un número mínimo de horas facturables al cliente por día, las cuales no suelen ser inferior a 8 horas diarias. El problema radica en que éstas no contemplan los tiempos utilizados por el abogado para realizar sus actividades personales (ir al baño, tomar café, etc,) y muchas veces, tampoco incluyen el tiempo empleado por el mismo abogado para estudiar los temas jurídicos que le son encomendados y desconoce. Además, muchas de las horas facturadas serán descontadas por el socio, cuando las tareas realizadas en ellas no han sido efectuadas en un tiempo razonable. Por lo tanto, para cumplir el número mínimo de horas facturables al cliente, el abogado deberá permanecer en su oficina alrededor de 13 o 14 horas diarias, incluyendo muchas veces fines de semana y festivos.
La razón por la cual el abogado asume con tanta naturalidad esta situación, radica en el hecho de que se encuentra inserto en un mundo donde todos están sujetos a la misma jornada (pares, asociados, directores, socios, etc.), por lo que se le inculca, desde un comienzo, que es algo normal, cuando realmente no lo es.
Es posible constatar las tristes consecuencias de éstas extenuantes jornadas laborales, que van desde la imposibilidad de realizar planes familiares (el abogado nunca sabrá cuándo un socio le pedirá revisar un asunto urgente), licencias médicas por stress, hasta incluso, quiebres en las relaciones de pareja. Es sabida la historia de un abogado que, paseando junto a su hijo por las afueras de su oficina, éste le preguntó si esa era su casa.
Son en estas situaciones donde el abogado recuerda aquella pequeña cláusula de su contrato, que en su momento no consideró.
Por otra parte, las altas remuneraciones percibidas por el abogado a lo largo de los años, hacen que progresivamente vaya asumiendo nuevos compromisos económicos, y por consiguiente, vaya aumentando su nivel de gastos, lo cual genera, a su vez, la necesidad de permanecer en dicho lugar de trabajo, aunque se encuentre sumido en una jornada laboral compleja.
Es casi una regla proporcional que a medida que los estudios jurídicos se van tornando más grandes, más horas facturables van exigiendo a sus asociados. Hemos sido testigos de como estudios boutiques, que optaban por tener jornadas de trabajo reducidas, dando prioridad a la calidad de vida y del trabajo de sus abogados, se han fusionado con otros estudios, generando nuevas exigencias de facturación brutales. Por otro lado, también existen casos de estudios grandes que se han dividido, formando pequeñas oficinas, en las que se promete a sus asociados una mejor calidad de vida, pero que al poco tiempo crecen, exigiendo a sus abogados cargas y regímenes laborales semejantes, o incluso peores, que los anteriores.
No obstante, hemos notado el esfuerzo de algunos estudios jurídicos grandes por mejorar esta situación, bajando el nivel de facturación mínima exigida a sus asociados y eliminando el trabajo los días festivos. Lamentablemente, éstos son los menos.