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TC declaró la inconstitucionalidad de las normas que regulan el giro doloso de cheques
El fallo dictado el 8 de octubre consideró que se estaba ante un cheque en garantía, cuyo no pago no genera un ilícito penal.
16 octubre, 2015
-La solicitud declaración de inconstitucionalidad fue presentada por el ex candidato presidencial Tomás Jocelyn-Holt, bajo el patrocinio de los abogados Cristián Bawlitza y Clemente Dougnac, y cuestionaba el apego a la Constitución Política de la República de los incisos 1º, 2º, 5º y 8º del artículo 22 del DFL Nº 707 de 1982, emitido por el Ministerio de Justicia.
Durante la campaña presidencial de Jocelyn-Holt, éste contrató a una persona natural para la inscripción, puesta en escena y producción de la misma, en principio con cargo a los fondos de financiamiento estatal, pero que después le fue exigido un cheque de su cuenta personal por $15.000.000.- , para ser pagado en una fecha posterior a la liquidación del SERVEL. Al no tener fondos para el pago, inició gestiones para renegociar la deuda, lo que no habría sido aceptado pro el acreedor, quien interpuso una querella por giro doloso, que fue admitida a tramitación.
El tribunal, mediante fallo de fecha 8 de octubre de 2015, resolvió acoger el requerimiento de declaración de inconstitucionalidad de las normas sobre giro doloso de cheques y las declaró inaplicables a la gestión pendiente ante el 4º Juzgado de Garantía de Santiago.
Entre las razones que sirvieron de base a la decisión estuvo que el cheque no se regiría por normas que sean compatibles con el nuevo proceso penal, pues se han dictado leyes adecuatorias, pero que sólo abordan el problema de manera parcial.
El delito de giro doloso de cheques es considerado un delito de “acción” al momento del giro fraudulento del documento mercantil, y un delito de “omisión”, al no consignarse en el plazo de 3 días el monto del cheque, los intereses corrientes y las costas judiciales, dice en su considerando 25º el fallo.
El cheque en cuestión era un “cheque en garantía” y así fue reconocido en autos, lo que conllevaría que al tratarse de un delito de acción penal privada, donde el bien protegido es el patrimonio del acreedor, de naturaleza individual, y este instrumento sólo haya sido creado por la práctica comercial, no se configuraría un ilícito penal.
La sentencia alude a la jurisprudencia reiterada de los tribunales ordinarios chilenos que fija que el cheque en garantía carece de eficacia y validez, ya que sólo puede ser girado en pago de obligaciones o en comisión de cobranza, y no en garantía o para caucionar obligaciones futuras, que existirían con posterioridad al giro del cheque, de lo que se sigue que no se configura el giro doloso cuando son protestados por falta de fondos.
El requirente también invocó el artículo 19 números 1º y 7º, en relación con el artículo 5º de la Carta Fundamental para reclamar por una eventual prisión por deudas. Y, adicionalmente, apoyó su tesis en el “principio de proporcionalidad”, da cuenta el fallo.