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lunes, 31 de marzo de 2025

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¿Hemos dejado atrás “la tanga roja”?

«Los estereotipos de género utilizados como generalizaciones no dan cuenta de su sustento, de la información empírica que le permitió arribar a tales conclusiones, etiquetando a la agraviada como dispuesta a mantener intimidad por la ropa interior usada y discrepando de la conclusión del informe pericial con otra máxima de experiencia espuria, las mujeres tímidas no usan ropa interior con encaje y blondas».

Vickhy Goicochea - 21 marzo, 2025

La conmemoración del Día Internacional de la Mujer nos permite reflexionar sobre una de las tareas pendientes en relación con el espinoso camino que debemos recorrer para lograr la ansiada igualdad de género, y la adecuada toma de decisiones judiciales racionales desterrando la utilización de estereotipos de género, encaminadas a alcanzar el fin institucional de la prueba y el proceso, la verdad.

estereotipos de géneroVickhy Goicochea

Los estereotipos son enunciados que vinculan a un grupo de personas con una característica que la identifica como integrante del grupo.
En cuanto a las máximas de experiencia, Limardo propone como definición: “Enunciados que se denominan generalizaciones empíricas, en virtud de que son producto del ejercicio de generalizar (identificar a algo como integrante de una clase o grupo) y, a su vez, buscan describir e informar acerca del mundo, explicándolo de manera adecuada”.

Está conformada por un antecedente, una condición general que representa a una clase de personas o hechos; un consecuente, una propiedad o característica asociada a esa clase; entre ambos componentes existe una relación causal, conexión verificable en la realidad. Son necesarias para razonar sobre los hechos, permiten dar el gran salto a partir de la información con la que contamos, ingresada por los medios probatorios, y la conclusión que se pretende hacer valer como verdadera sobre la corroboración de las hipótesis en pugna. Las y los juzgadores no son ajenos a la utilización de estereotipos negativos, de manera inconsciente podrían (como en efecto sucede en algunos casos) utilizar máximas de experiencia que contengan estereotipos de género, raza, clase, entre otros.

Por ello, es importante que las personas juzgadoras estén debidamente informadas sobre la importancia de la función de las máximas de experiencia y de la exigencia escrupulosa sobre su sustento, de su soporte empírico, para desterrar las generalizaciones espurias (creencias, mitos, estereotipos, pseudociencia) por carecer de soporte, como por ejemplo, estadístico.

En el 2020, conocimos una desafortunada sentencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio Zona Sur de Ica – Perú, que desbordó las fronteras peruanas. Decisión que absolvió a un imputado por violación sexual por —entre otras razones— utilizar indebidamente generalizaciones que contenían estereotipos de género.

El colegiado de tres integrantes, conformado por dos juezas, utilizó como máximas de experiencia el uso de cierto tipo de lencería, afirmando que este tipo de atuendo interior femenino suele usarse en ocasiones especiales para momentos de intimidad, por lo que concluyó que la agraviada se habría preparado o estaba dispuesta a mantener relaciones sexuales con el imputado, agregando que, a partir de lo señalado, de forma consciente se autodeterminó para quedarse en la casa del imputado.

Además, el tribunal al referirse al informe de los psicólogos manifestó que, llamaba su atención la conclusión del informe pericial, al calificar a la agraviada como una mujer tímida con actitud pasiva; agregando que, sin embargo, suele vestir prendas interiores como la descrita por la bióloga forense, trusa femenina de color rojo con encaje en zona delantera, blondas en contorno de pierna.

Los estereotipos de género utilizados como generalizaciones no dan cuenta de su sustento, de la información empírica que le permitió arribar a tales conclusiones, etiquetando a la agraviada como dispuesta a mantener intimidad por la ropa interior usada y discrepando de la conclusión del informe pericial con otra máxima de experiencia espuria, las mujeres tímidas no usan ropa interior con encaje y blondas. Estereotipos que atribuyen rasgos o características a un determinado grupo social y, a partir de ella predecir si un determinado tipo de personalidad viste o no ciertas prendas íntimas, vinculado al comportamiento esperado con base en ese rol atribuido, lo cual resulta insostenible por su carencia de soporte, falta de precisión de su fuente.

La sentencia fue anulada por el tribunal superior por vulneración al debido proceso y debida motivación de la resolución judicial, concluyendo que, no se había valorado en forma individual (en su integridad) y menos en forma conjunta todos los medios probatorios actuados en juicio oral; y con ello no se efectuó una correcta motivación de la decisión absolutoria a favor del acusado, pues realizó una valoración de la prueba aportada sin justificar dicho razonamiento.

No hubo pronunciamiento específico sobre las máximas de experiencia utilizadas, sólo mención de la inadecuada motivación de la decisión judicial y la valoración probatoria sin justificación, al no haber valorado de forma individual y conjunta la prueba. En noviembre de 2021 se expidió nueva sentencia, condenando al acusado a ocho años de pena privativa, decisión que fue confirmada por sentencia de vista del 1 de abril de 2022.

Es importante poner atención en estos temas porque afectan a los seres humanos, independientemente de su género, sean juzgadores o no, que incidirán en la toma de sus decisiones.

La utilización de las máximas de experiencia repercute en la valoración de la prueba y la decisión a adoptar, siendo necesarias cuando se discuten hechos porque constituyen el pegamento entre las inferencias del razonamiento. Si se utilizan generalizaciones que contienen estereotipos, carentes de sustento sólido, no permitirá realizar una valoración racional y no contribuirá a alcanzar el fin institucional de la prueba, la verdad, abonando a la adopción de decisiones subjetivas que no puedan ser controlables racionalmente.

Tomar conciencia de la importancia de la función y adecuada utilización de las máximas de experiencia permitirá que las personas juzgadoras tomen mayores cautelas y descarten aquellas que no cuentan con soporte empírico como los estereotipos de género, evitando atribuir caracteres y roles con base en la forma de vestir y el tipo de personalidad de una mujer.

 
Vickhy Goicochea Lecca es abogada por la Universidad Nacional de Trujillo (UNT), máster en razonamiento probatorio de la Universidad de Girona – España y Universidad de Génova – Italia. Árbitro, especializada en litigio judicial y arbitral. Presidenta de la Red Latinoamericana de Mujeres en Derecho Procesal y Razonamiento Probatorio y presidenta de la Comisión de la Mujer y enfoque de género del Colegio de Abogados de La Libertad.

 
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