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Gobierno español está decidido a reformar polémica Ley de Libertad Sexual
En entrevista radial, la Ministra de Justicia Pilar Llop defendió la necesidad de una reforma debido a los «desajustes» que ha provocado la norma conocida como la ley del «solo sí es sí» y que ha permitido una rebaja de penas de unos 400 agresores sexuales vía revisión en tribunales.
7 febrero, 2023
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Claudio Soto Coronado
Desde España
Más allá del amplio revuelo político que ha provocado la entrada en vigor de la llamada Ley del solo sí es sí (Ley integral de libertad sexual, de octubre de 2022), elaborada por el Ministerio de Igualdad español, la titular del Ministerio de Justicia, la abogada Pilar Llop, puso paños fríos al debate y confirmó en una entrevista radial por qué el Gobierno decidió reformar la norma que, hasta la fecha, ha permitido la rebaja de condenas de unos 400 agresores sexuales.
La reforma que, hasta aquí sólo sería impulsada por el grupo socialista de la coalición —lo que supone un enfrentamiento al interior del propio gobierno con sus socios de pacto— no ha dejado indiferente a nadie y se ha tomado el debate público en la últimas semanas, luego de que sucesivamente los tribunales, aplicando la ley en vigencia, en su mayoría hayan decidido rebajar penas a cientos de condenados por violencia de género.
En radio Cadena Ser, y pese a reconocer que la norma es pionera en el avance de políticas de protección de la mujer, la ministra Llop, que hasta aquí había estado ausente del debate, señaló que se hace necesario hacer una revisión de la norma por los desajustes en las penas que está generando así como está redactada.
«Lo que hemos visto es que en una pequeñísima parte de la ley, que es únicamente el aspecto relativo a la aplicación de las penas, los ajustes que se han hecho en esta ley y que absorbe en un solo tipo o absorbe en un sólo delito lo que antes era el abuso, es decir, esos atentados sexuales sin violencoa o intimidación y agresión (…) ha supuesto que ha cambiado la horquilla penológica y que a la hora de ser aplicada ha variado mucho la imposición de las penas, y en fase de revisión lo que se ha observado es que ha habido unos desajustes que en algunos casos subirán las penas, pero en otros casos se han rebajado las penas», explicó la ministra.
Sobre si estos «efectos indeseados» —como los llamó en su momento el propio presidente Sánchez— no se habían visualizado en el Consejo de Ministros y en que participan connotados magistrados y expertos, la ministra Llop fue cauta. «No se trata de buscar culpables. De lo que se trata es que ha sucedido algo muy grave, que es que hay personas condenadas por unos delitos tremendos, que la sociedad rechaza absolutamente, que son unos delitos muy sensibles y muy viscerales que ha todas las personas nos tocan muy de cerca, y lo que tenemos que hacer es una solución por las víctimas», señaló.
Disparidad de penas
Uno de los elementos que más preocupa a Llop -explicó en la entrevista- es que en la actualidad un robo con violencia o intimidación podría tener penas más bajas que una agresión sexual, tal como están redactados en el Código Penal.
«No es de recibo, porque somos un país pionero en la lucha contra la violencia de género, que con esta ley se haya producido una rebaja de penas en una horquilla penológica en donde en nuestro país salga más barato agredir sexualmente a una mujer con violencia o intimidación, que robar. El robo con violencia o intimidación está castigado con una pena de 2 a 5 años de prisión; y la agresión sexual, con y sin violencia o intimidación, está castigada con una pena menor de 1 a 4 años de prisión».
«Desde cuándo vale más la propiedad en nuestro país que la libertad sexual de una persona. Esto lo tenemos que corregir», enfatizó la ministra Llop.
El consentimiento
Una de las grandes discusiones jurídicas y que ha dado parte a desencuentros con el Ministerio de Igualdad, cuya titular Irene Montero ha defendido públicamente, es la figura del «consentimiento», que es para muchos el brazo articulador de la ley.
Llop descartó que la eliminación de esa figura esté en discusión. «Creo que se está lanzando una información que está produciendo muchísima confusión. El consentimiento -explicó- se contempla en el número 1 del artículo 178 y queda absolutamente intacto, al igual que queda absolutamente intacto el número 2 de ese artículo. Pero son dos consentimientos que se contemplan en la ley de una manera distinta».
El numeral 1 de la ley señala que «será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años, como responsable de agresión sexual, el que realice cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento. Sólo se entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona».
En tanto, el numeral 2 señala que «a los efectos del apartado anterior, se consideran en todo caso agresión sexual los actos de contenido sexual que se realicen empleando violencia, intimidación o abuso de una situación de superioridad o de vulnerabilidad de la víctima, así como los que se ejecuten sobre personas que se hallen privadas de sentido o de cuya situación mental se abusare y los que se realicen cuando la víctima tenga anulada por cualquier causa su voluntad».
La ministra explicó que siempre fue partidaria de que la figura del consentimiento debía ser explícito, y que en el numeral dos «cuando ocurren esas circunstancias, no hay que probar el consentimiento». Ese es el gran valor que tiene el artículo 2 y eso no se toca», señaló Llop, despejando cualquier duda sobre una modificación de la actual redacción, introduciendo las circunstancias redactadas —violencia, intimidación o abuso de una situación de superioridad o de vulnerabilidad de la víctima, entre otras— como agravantes.
*Fotografía de la ministra: Ministerio de Justicia España/Web.
Puedes revisar Ley integral de libertad sexual aquí.
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