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Fueyo Podcast S01E11: provecho del dolo ajeno
Juan Ignacio Contardo y Carlos Pizarro, investigadores de la Fundación Fueyo – UDP, tratan sobre la naturaleza restitutoria o indemnizatoria de la acción, contabilización del plazo de prescripción y eventual responsabilidad objetiva.
13 mayo, 2020
-César Contreras Manzor
A punto de terminar este curso, los profesores Carlos Pizarro y Juan Ignacio Contardo dedican el programa a la figura del provecho del dolo ajeno, que se usó para un caso de corrupción que sacudió a la sociedad chilena.
Parte 1
¿Se trata de una acción restitutoria o indemnizatoria? Juan Ignacio Contardo y Carlos Pizarro analizan casos prácticos, la necesidad de acreditar dolo o culpa del tercero, y si podríamos estar frente a responsabilidad objetiva.
«Dada una relación sentimental entre un miembro de una captadora de fondos de capitales y una secretaria del presidente del Banco Central, se obtenía información privilegiada a propósito de esta relación lo cual daba lugar a generarse ingentes beneficios para aquellos que colocaban sus fondos en esta captadora que era Inverlink», introduce el tema el profesor Pizarro.
«No conformándose con esa conducta ilícita, además se pusieron de acuerdo con un empleado de la Corfo, quien de manera bastante inusitada tenía acceso a documentos cambiables de mucho dinero y esos dineros fueron a dar a la Corfo», continúa.
Para Juan Ignacio Contardo, «aún cuando parece ser superfluo discutir si es indemnizatoria o si es restitutoria, porque al final del día vamos a estar hablando de una condena que generalmente es dineraria. La verdad es que estamos acá en la dubitativa de un misil o una metralleta».
«El misil se aprieta una vez y explota muy grande y esas son las acciones restitutorias, son completamente objetivas; en cambio, si hablamos de una naturaleza indemnizatoria estamos hablando de probar algunos elementos subjetivos, particularmente la culpa, lo que hace más difícil la utilización del instrumento, como lo es la diferencia entre apretar el botón para un misil y ocupar una metralleta», continúa Contardo.
Parte 2
En la parte 2 de este episodio 11 de Fueyo Podcast se abordan la opción versus acumulación de acciones en materia de provecho del dolo ajeno; cómo se evita que exista una superposición que genere una doble restitución o una doble indemnización; contabilización del plazo de prescripción y regla propietaria.
«El aprovechamiento del dolo ajeno permite en algún momento del tiempo que el que se aprovecha se haga dueño de ello y en parte la regla tiene algo de propietario, si uno mira desde ese punto de vista la norma, yo por lo menos soy partidario de entender que se produce la prescripción de la acción desde el aprovechamiento y no desde el dolo», comenta el profesor Contardo.
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