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Evolución del sector legal en Ecuador 2008-2018
«Se trata de una carta política enrevesada, contradictoria, incoherente y reglamentaria, que robustece hasta el extremo al poder presidencial…»
Francisco Rosales - 10 agosto, 2019
Francisco Rosales
Para entender mejor la evolución legislativa en la década señalada, es necesario tener en cuenta que de 2007 a 2017 ejerció la presidencia de la República un solo personaje: Rafael Correa, caso inédito en la historia ecuatoriana. Ha habido presidentes que han ejercido la función por un total de más de 10 años, pero no de manera continuada.
En 2008 se dictó una nueva Constitución, la vigésima segunda, para lo cual se convocó a una Asamblea Constituyente, cuya misión fue preparar un proyecto de carta política que para entrar en vigencia requería el voto favorable de la mayoría de los ciudadanos expresado en referéndum convocado para el efecto. El presidente Correa contó con la mayoría absoluta en la Asamblea y logró que la Constitución de 2008 sea construida a la medida de su proyecto político: versión ecuatoriana del llamado socialismo del Siglo XXI.
Los ideólogos principales fueron dos profesores españoles pertenecientes al grupo extremista Podemos, que cumplieron igual papel en las constituciones de Venezuela y de Bolivia.
La Constitución de 2008 que rige actualmente en el país, con 23 modificaciones introducidas en tres oportunidades, consta de 444 artículos, 30 disposiciones transitorias y un régimen de transición desarrollado en 30 artículos adicionales. La constitución tiene 52.831 palabras, comparadas con 29.162 palabras que contenía la constitución de 1998.
Se trata de una carta política enrevesada, contradictoria, incoherente y reglamentaria, que robustece hasta el extremo al poder presidencial.
Además, se la blindó de tal manera, que su reforma exige largos trámites, mayorías calificadas y, para ciertas materias, inclusive la convocatoria a nueva Asamblea Constituyente.
Para consolidar el poder político de duración indefinida que buscaba el socialismo del Siglo XXI en Ecuador, en el período examinado se dictaron enorme cantidad de códigos y leyes, cuya autoría perteneció en la casi totalidad de los casos, a la presidencia de la República.
Apenas hay alguna ley cuya iniciativa ha sido de la propia Asamblea Legislativa. Los asambleístas del grupo político liderado por el presidente Correa fueron mayoría absoluta, lo que les permitió, sin necesidad de acuerdos o alianzas, aprobar cuanta ley consideró que convenía a sus intereses.
Entre otras, se dictaron: Código Orgánico Monetario y Financiero, Código de Comercio, Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, Código Orgánico de la Función Judicial, Código Orgánico Administrativo, Código Orgánico General de Procesos, Código de Ingenios, Ley Orgánica de la Función Legislativa, Ley de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, Ley Orgánica del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, Ley Orgánica de Educación Superior, Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas, Ley Orgánica de Defensoría del Pueblo, Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. A esta catarata de códigos y leyes hay que sumar reformas de toda índole, pues solamente con respecto a las leyes tributarias, se dictaron 11 reformas en el período examinado.
Por tanto, es acertado afirmar que entre 2007 y 2017 Ecuador soportó una incontinencia legislativa de nuevas leyes, reformas y contra reformas que han descoyuntado la estructura institucional y legal de la República. Su enorme mayoría, ha tenido como única meta robustecer al poder presidencial y facilitar que se cumplan los objetivos políticos del grupo que ostentó el poder, esto es, su permanencia indefinida al mando de la República.
A tal punto ha llegado esta situación, que varios sectores ciudadanos han sugerido que la manera menos traumática de terminar con el actual caos legal, sería convocar una consulta popular, en el cual la ciudadanía derogue la Constitución de 2008 y en sustitución ponga en vigencia la de 1998. Y que, como consecuencia de ello, la legislatura adecue las actuales leyes secundarias a las normas constitucionales de 1998.
* Francisco Rosales Ramos es socio de de Corral Rosales, con más de 40 años de trayectoria. Su práctica profesional se ha centrado en mercantil, tributario, laboral, competencia y propiedad intelectual.