"No puedo dejar de pensar en ellos cuando veo que ciertas oficinas de abogados se precian de no conocer límites,...
Carlos Ciappa - 24 julio, 2014
Carlos Ciappa
El Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) fue adoptado por primera vez en Los Estados Unidos de Norteamérica y ya cuenta con más de 40 años de historia. Su función principal es influir en el proceso de toma de decisiones de un país, proveyendo para ello de información ambiental sobre las consecuencias del desarrollo de proyectos.
En el transcurso de estos 40 años, la academia ha investigado sobre las condiciones para evaluar la efectividad de un SEIA, concluyendo que para que sea realmente una herramienta efectiva, la etapa final de toma de decisiones debe considerar la información ambiental entregada por el sistema de evaluación, para así avanzar hacia el tan anhelado desarrollo sustentable.
Por otra parte, hay consenso en que el SEIA de un país debe estar estrechamente relacionado con las instituciones políticas, para que la información ambiental recabada por el sistema nutra el desarrollo de las políticas ambientales. No obstante, los mismos autores reconocen que cuando esta relación no se encuentra bien estructurada se afecta el desempeño del SEIA como un sistema adecuado para la evaluación de proyectos.
En este sentido, un SEIA bien estructurado debe permitir que la toma de decisiones respecto de proyectos se base en la información ambiental recabada durante el proceso de evaluación y que la información conseguida con la evaluación sistemática de proyectos sirva para mejorar constantemente las políticas ambientales de país.
Considerando estos dos elementos básicos, se puede apreciar que en Chile el SEIA se ha estructurado de una manera en que la etapa final de toma de decisiones puede desestimar la información ambiental provista por el proceso de evaluación. Asimismo, no hay norma alguna que enlace el desarrollo de políticas publicas ambientales con la valiosa información recabada en los reiterados procesos de evaluación ambiental desarrollados a lo largo del país.
Los hechos recientes que han afectado la evaluación ambiental de proyectos de diversa índole, debiesen motivar un minuto de pausa –o quizás varios- para analizar si el funcionamiento del SEIA está ajustado con estos dos principios básicos.
*Si quieres seguir leyendo acerca de cómo funciona nuestro SEIA, puedes leer la columna escrita por Andrés Sáez y José Adolfo Moreno aquí
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[1] GLASSON, J., THERIVEL, R. & CHADWICK, A. 2012. Introduction to environmental impact assessment: John Glasson, Riki Therivel and Andrew Chadwick, Abingdon, Routledge. 3.
[2] RUNHAAR, H., VAN LAERHOVEN, F., DRIESSEN, P. & ARTS, J. 2013. Environmental assessment in The Netherlands: Effectively governing environmental protection? A discourse analysis. Environmental Impact Assessment Review, 39, 13.
[3] Ibid. 70.
[4] CASHMORE, M. & AXELSSON, A. Ibid.The mediation of environmental assessment’s influence: What role for power? 39, 5. 6.
Carlos Ciappa es abogado de la Pontificia Universidad Católica de Chile y se encuentra cursando un LL.M en Derecho Minero en la Universidad de Dundee.