Luis Ernesto Marín fue legal counsel de Banco de Crédito BCP y Scotiabank, abogado en Neptunia S.A., Porto Legal, Lazo...
Enzo Canales de CMS Chile: “Es probable que veamos una paralización de los incrementos remuneracionales”
El socio del área laboral de la firma en ese país, analiza el proyecto de ley y las indicaciones del Gobierno, que busca sacar adelante una compleja reforma al actual sistema de pensiones.
24 marzo, 2021
-Las aguas no están quietas, y si fuera una carrera, esto se transformará en una verdadero maratón. Es lo que comentan entre líneas expertos laborales y previsionales sobre la reforma legal que busca mejorar las pensiones en Chile, y sobre el cual el gobierno del Presidente Sebastián Piñera presentó hace pocos días un paquete de indicaciones que a nadie dejó indiferente.
En un año especialmente complejo por la cantidad de elecciones, el inicio del proceso Constituyente y en donde el aumento de las pensiones será un tema recurrente, el abogado de CMS Chile, Enzo Canales, analizó las propuestas que hay sobre la mesa, y que de una u otra manera, fueron aceleradas por el complejo escenario económico que está dejando la pandemia.
En lo sustancial, se proponen medidas que implican beneficios directos para las personas, pero también un conjunto de ajustes para la industria, con nuevas regulaciones para las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y la creación de gestoras sin fines de lucro, organizadas como cooperativas y que puedan distribuir utilidades entre sus afiliados. Canales es directo: “Esto se genera en forma casi exclusiva por la desconfianza que existe hacia el sistema”, dice.
— ¿Cuál es el impacto que tendrá una reforma en las empresas, pensando en la necesaria reactivación económica futura?
En lo inmediato y lo más importante es que el incremento del 6% del aporte a las pensiones recae en el empleador, lo que a su vez repercutirá en las remuneraciones futuras de los trabajadores, ya que será más caro contratar; y además de acuerdo vaya progresando el incremento del 6% de este aporte, es probable que veamos también una paralización de los incrementos remuneracionales. Así, si bien en el discurso este incremento de cotización recae en los empleadores, finalmente son los trabajadores quienes se verán afectados por esta parte de la reforma.
— ¿Al parecer el 6% de aumento será la gran piedra de tope en la discusión política?
Eso es lo que más afectaría a los empleadores y como consecuencia, a los trabajadores. No obstante, a pesar de que inicialmente podría pensarse que las empresas iban a estar muy preocupadas de esta discusión, sobre todo para efectos de determinar las estructuras remuneracionales para el período 2021, en la práctica no hemos tenido muchas consultas al respecto, pues la sensación actual que existe en la industria, empleadores y abogados laborales en general, es que esto va a tener una larga discusión, y que probablemente tendrá varias modificaciones en el camino.
— Este mayor ahorro —me refiero al 6%— será administrado por una Agencia Pública denominada Consejo de Administración de Seguros Sociales (CASS) ¿Qué le parece la creación de esta institución?
Esto se genera en forma casi exclusiva por la desconfianza que existe hacia el sistema de AFP, y por ende se crea un órgano estatal que en realidad no es muy diferente de una AFP tradicional. Una de las críticas que se le ha hecho al proyecto del Gobierno es que precisamente no quita las facultades que hoy tienen las AFP, crítica que desatiende que el proyecto contiene una reforma importante que genera más competencia con la creación de Administradoras de Fondos de Pensiones sin fines de lucro u organizadas como cooperativas. Así, el guiño adicional que hace el Gobierno a tales críticos es crear esta Administración de Seguros Sociales.
— ¿Es más un gesto político?
Efectivamente, y un gesto acertado desde el punto de vista político. No obstante, desde el punto de vista práctico la verdad es que me parece que el sistema puede hacerse cargo de la administración de esta cotización, y además no genera costos adicionales para el Estado ni para los afiliados porque ya está comprendido en los costos generales que tiene la administración de nuestros fondos de pensiones.
— ¿La creación entonces de Administradoras de Fondos de Pensiones sin fines de lucro u organizadas como cooperativas son también un guiño?
También son un guiño, y además es una propuesta atractiva, pues contempla un punto que efectivamente podría generar más competencia. Por ejemplo, hoy entidades que administran fondos mutuos podrían entrar a esta industria, lo que podría bajar las comisiones y probablemente también se generarían condiciones que fomentarían la movilidad de los afiliados en un universo más grande de oferentes. La verdad es que lo encuentro muy interesante.
—¿Qué opinión tienes sobre la posibilidad que las administradoras puedan distribuir utilidades entre sus afiliados y ofrecer comisiones diferenciadas, según permanencia y tamaño del grupo que se incorpora?
También que es un guiño a los críticos de las AFP, pero en la práctica no sé cómo podría generarse este beneficio. Hay aspectos muy interesantes del proyecto, por ejemplo, que aquellas administradoras que tengan rentabilidad negativa, inferior al portafolio de referencia, deben devolver el 20% de las comisiones cobradas a sus usuarios.
—¿Y sobre las utilidades?
No entiendo aún cómo podría otorgarse este beneficio. Probablemente se va a convertir en un beneficio alternativo fijo que no dependerá de las utilidades, como ocurre en materia laboral con las gratificaciones que debe pagar el empleador, en donde éste puede optar por distribuir al menos el 30% de sus utilidades a los trabajadores, o bien pagar el 25% del sueldo bruto del trabajador, con tope de 4,75 veces el sueldo líquido mensual. Al final, en general se opta por esta vía, que permite prever el costo que tendrá la contratación. Probablemente ocurra algo similar respecto del beneficio contemplado en el proyecto de ley.
— ¿Algún área que merezca atención en el paquete de indicaciones?
Hay un punto que es valorado incluso por la oposición, y que consiste en que el proyecto de ley propone una garantía de pensión mínima. Para esta garantía se indica que todos los nuevos pensionados con 30 años de cotización y al menos 10 años de cotizaciones en un programa de ahorro colectivo solidario van a tener una pensión igual o superior al actual salario mínimo. El Estado lo garantiza y eso me parece muy valorable. Pero cada día surgen nuevos cuestionamientos a la propuesta por parte de personeros de la oposición señalando que este beneficio debería ser universal y, por ende, que no se deberían de requerir los 30 años de cotización y menos de los 10 años en el programa de ahorro colectivo solidario. Así, considerando que estamos en un año de elecciones, creo que este va a ser uno de los grandes puntos a discutir: A cuántas personas y en qué condiciones se pueden extender las garantías de pensiones mínimas.
— ¿Será un verdadero caballo de batalla?
Creo que se debatirá muchísimo este año y todos querrán tener protagonismo tratando de disminuir los requisitos para que se genere una garantía de discusión mínima.
Enzo Canales es socio del área de derecho laboral y pensiones de CMS Carey&Allende Chile. Su ejercicio profesional se concentra en asesorías sobre cumplimiento normativo laboral, negociación colectiva, juicios laborales, expatriados y seguridad social.
Normalmente aconseja a empresas extranjeras de todos los sectores de la actividad económica, en la etapa de contratación de personal, en la definición de condiciones especiales de ciertas labores, en la estructuración de sus paquetes de remuneración, en materia de seguridad e higiene en el trabajo, en los procesos de término de la relación laboral y en la representación y defensa de empleadores en juicios laborales.
También te puede interesar:
— Los libros de derecho laboral que debes tener en tu lista
— Violencia y acoso laboral serían los próximos desafíos constitucionales en Chile
— Los riesgos psicosociales dentro del derecho laboral