Luis Ernesto Marín fue legal counsel de Banco de Crédito BCP y Scotiabank, abogado en Neptunia S.A., Porto Legal, Lazo...
«El Colegio no puede ser un club social»
Durante el primer evento anual de abogados en Chile se pusieron en discusión la necesidad de un Colegio de Abogados que participe más en la esfera publica, la justicia distributiva practicada por juristas, la nueva ley de delitos económicos entre otras temáticas.
25 agosto, 2023
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“Hace no más de 10 años, recién a alguien se le ocurrió ponerle las cuatro ruedas a la maleta y, bajo la misma lógica, curiosamente a nadie se le ocurrió hacer un encuentro nacional de abogados aquí en Chile. Es raro, porque lo más cercano a pensar y actuar como asociación está en los encuentros”, reflexionó Ramiro Mendoza, presidente del Colegio de Abogados de Chile, en el contexto del Encuentro Anual de Abogados y Abogadas 2023, evento organizado por la Comisión de Abogados Jóvenes del Colegio de Abogados de Chile y que se realizó el jueves 24 de agosto, donde se discutió conflictos en diversas áreas del Derecho y temáticas como la inteligencia artificial, la igualdad de género y las fintechs.
Mendoza destacó el valor del evento al permitir conectar una profesión que se ha vuelto multifacética en los últimos años, con iniciativas como los Martes al Colegio y los ciclos de derecho civil. Pero, además, el abogado se dedicó a recalcar cierta crisis de ética dentro de la profesión.
“Más de 5.500 abogados se reciben al año, en más de 46 facultades de Derecho, absolutamente asimétricas desde el punto de vista de la capacidad de enseñanza y del vector ético de la profesión. No nos estamos acercando como Colegio, que buscar formar a otros abogados, a estos desafíos”, opinó Mendoza respecto del campo legal chileno.
Luis Cordero, Ministro de Justicia, compartió durante el evento una reflexión similar sobre la crisis ética en la abogacía, pero enfocado en cómo el Derecho está fallando en contener la impulsividad del debate público y, en consecuencia, sostener las instituciones de un sistema democrático, dado que ha ocurrido una proliferación normativa en respuesta a contingencias sociales y jurídicas.
“La proliferación normativa está provocando que se degraden la certeza y la seguridad jurídica. La materia penal probablemente es uno de los ámbitos que han sido afectados severamente por la proliferación normativa y, sobre todo, la reacción punitiva del régimen legislativo chileno derecho en los últimos 20 años”, dijo.
El ministro también dio una visión crítica respecto del Colegio de Abogados, máxime dado el silencio de la institución ante reformas o los procesos de nominación de autoridades judiciales, donde consideró que en las veces que la institución actúa, es de una forma reactiva o con una total indiferencia: “El Colegio no puede ser un club social. Yo invitaría al Colegio a tener un proceso más activo en los procesos de nominación de autoridad judiciales, respecto a los cuales la institución tiene un gran silencio, por lo que encuentros como éste son significativos, ya que reivindican que la profesión legal tiene una responsabilidad pública”.
Crisis dogmática
Entre las diversas reflexiones de los asistentes al encuentro, Carlos Peña, rector de la Universidad Diego Portales, fue quien hizo presente ciertos problemas en el trabajo de la Corte Suprema y universidades, durante su charla “Los peligros de la discrecionalidad jurídica”, en la que analizó lo que llamó el abandono de la dogmática en la práctica de los juristas contemporáneos.
“La dogmática es una técnica antiquísima, que permite hacer decir a las reglas más cosas de aquellas que aparentemente dice, pero no permite cualquier injerencia. La tarea de un jurista no es imaginativa, no puede inferir reglas a partir de los ideales religiosos o políticos que tenga; ser jurista consiste en decidir de la manera en que la técnica llamada dogmática y la tradición enseñan que hay que decidir, así ello contradiga las convicciones de uno”, explicó el rector.
Para Peña, el abandono de la dogmática por una interpretación «libre y caótica» de las leyes viene acompañado de jueces que aplican una justicia distributiva, similar a la que hace el Poder Legislativo y oficiales electos por voto popular a la hora de tomar medidas de alcance global, en vez de una justicia correctiva, encargada de resolver transgresiones al orden público: “Muchos jueces creen que su labor es la justicia distributiva, pero la pregunta elemental que debemos hacer es ¿quién les confió esa tarea?. Al final, los tribunales abandonan la labor, más precisa, más técnica y más exigente, de la justicia correctiva y deciden cuestiones de política pública, para lo cual no tienen las herramientas”.
Un ejemplo que Peña destacó de este problema es aquel que se produjo por un fallo de la Corte Suprema chilena, que obliga a las Instituciones de Salud Previsional (Isapres) a devolver cobros excesivos a sus afiliados, los cuales los jueces pretendieron que fuera una decisión de efecto general y aplicable con retroactividad a todos las personas inscritas en Isapres; no sólo a los que llevaron el caso a los tribunales, por lo que la suma llegaría a unos US$ 1.400.000.000 por cobros en exceso: “Es un error pretender que las decisiones judiciales tienen efectos generales”.
Con respecto a los motivos de tal situación, el rector de la Universidad Diego Portales teorizó que este “vulgarismo jurídico”, descrito por historiadores del Derecho, podría deberse en parte a la masificación de la profesión y la incorporación a ella de personas con distintas trayectorias culturales: “También, la aparición de profesores de Derecho con una gran diversidad cultural puede estar contribuyendo y sea un rasgo inevitable de una sociedad que está en tránsito. Ésta es una profesión que está reconstituyendo sus límites”.
Peña también criticó el aumento de visiones como el neoconstitucionalismo dentro de las Facultades de Derecho: “La idea de que los acuerdos constitucionales no son reglas, sino principios; que si usted logra inferir bien las reglas, puede a partir de ellas derivar cualquier decisión…, ustedes comprenden que ese punto de vista acaba haciendo irrelevante el derecho legislado”.
Ley de delitos económicos en la lupa
A inicios de agosto, el presidente de Chile, Gabriel Boric, promulgó la Ley 21.595, que endurece las penas contra los delitos económicos y atentados contra el medio ambiente. Dentro del ámbito legal, la nueva norma abrió un amplio debate entre detractores y defensores sobre los beneficios de la ley y las posibles consecuencias jurídicas que tendría dentro del mundo corporativo, debate que se vio reflejado en el Encuentro Anual de Abogados y Abogadas 2023.
“Sin duda hay una oportunidad muy importante de poner al día las culturas organizacionales, en términos de adherirse a ciertos principios de la ley. Lo he visto en muchas empresas: hay mucha disposición, hay interés, hay ciertamente también mucha preocupación, pero hay una disposición que no existió en el año 2009, cuando se incorpora la responsabilidad penal de las personas jurídicas”, opinó Paula Vial, profesora de derecho penal de la Universidad Católica de Chile, quien participó en el conversatorio “Nueva ley de delitos económicos”.
En la charla también dio su punto de vista Alex Van Weezel, socio del estudio Claro & Cía., quien criticó la ley por ser sorprendentemente represiva con delitos de una gravedad menor: “La apropiación indebida mediana, cuestiones de rendiciones de cuenta, un cuasidelito, el que obstaculizara la fiscalización de la empresa, todo eso puede tener —sobre todo si la persona tiene un cargo alto en la compañía— pena aflictiva, bajo la lógica de que el delincuente económico calcula costos y beneficios.
«Yo creo que ahí se exagera la racionalidad de tales delincuentes, la que no es mayor a la de cualquier otro, y también se exagera el efecto disuasivo de la cárcel en la ley, sobre todo cuando el mundo en general está en la tendencia de reducir su uso”, añadió.
Héctor Hernández, uno de los impulsores de la nueva ley e investigador del departamento de derecho penal de la Universidad Diego Portales, consideró que ciertos alcances de la ley han sido exagerados y que no implica una mayor represión a los altos cargos corporativos: “Las penas que se van a aplicar, salvo en algunos casos bien particulares, son las del Derecho vigente, es decir, esta ley no sube en lo fundamental las penas. Por otra parte, la ley incide en la sustitución de las penas privativas de libertad, que básicamente no desaparecen, no se excluyen, pero hay algunas que no son aplicables, como las libertades vigiladas, y esa sería la madre de todo el estupor”.
Otro tema tratado en la conversación fue si realmente aumentará la efectividad del Poder Judicial para castigar el crimen económico, ya que al no permitir atenuantes como la reparación del daño y la autodenuncia en casos de delitos este tipo, se podría desincentivar la entrega de información por parte de los imputados.
“Esto, como abogados, nos pone en una situación compleja, porque llega el cliente y le tenemos que decir que la irreprochable conducta anterior ya no le sirve, reparar el daño no importa y admitir el delito tampoco le ayuda. Hay varios casos emblemáticos de corrupción y estafa que se han descubierto porque había alguien dispuesto a entregar información incriminadora. ¿Alguien estará dispuesto a tomar tal decisión, ahora cuando el riesgo de persecución penal para él es tan alto y tan impredecible?”, se preguntó Julián López, abogado litigante y socio de López • Escobar • Del Río • Leiva.
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