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jueves, 21 de noviembre de 2024

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El Caso Cascadas

En diciembre de 2013, Idealis Reports pidió al mundo académico una explicación sencilla a un problema complejo. El profesor José Antonio Gaspar*, recién nombrado Fiscal de Valores en la SVS ofreció esta «clase magistral» antes de partir al servicio público. Al momento de escribir el artículo se desempeñaba como socio en NLD.

- 12 abril, 2014

El caso “Cascadas” ha remecido la opinión pública a niveles sólo vistos con casos emblemáticos como La Polar o Chispas, poniendo nuevamente en cuestionamiento la normativa y funcionamiento del mercado de capitales. Por ello vale la pena detenerse a revisarlo, en especial para determinar si fuese necesario que se modifique nuestra legislación del mercado de valores.

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Soquimich es una sociedad que destaca a nivel mundial en la producción de minerales no metálicos de gran importancia como el yodo, litio y potasio. Los dueños de Soquimich son diversas sociedades dueñas de acciones que se transan en las bolsas de valores chilenas y extranjeras.

Entre los accionistas de Soquimich destacan las sociedades Pampa Calichera y Potasios de Chile, que conjuntamente controlan aproximadamente un 32% de tales acciones. Por su parte, entre los dueños de Pampa Calichera y Potasios de Chile, destacan las sociedades Oro Blanco y Nitratos que controlan respectivamente un 88,5% de la propiedad de estas sociedades. A su vez, entre los dueños de Oro Blanco y Nitratos, destaca la sociedad Norte Grande, titular de aproximadamente un 75,7% de la propiedad de estas sociedades. Luego, el principal accionista de Norte Grande es la sociedad Inversiones SQYA con un 67,2%, la cual a su vez es controlada por don Julio Ponce Lerou.

Se sostiene la existencia de ciertas operaciones que perjudicarían a los accionistas de las Cascadas y al mercado de valores.

Este esquema de sociedades se conoce como Cascadas. En este caso, de acuerdo a la regulación aplicable a las sociedades anónimas, por los porcentajes que controla en cada sociedad don Julio Ponce Lerou tiene el control de gran parte de las decisiones en estas sociedades, hasta llegar a Soquimich, en que tiene el control del voto de 32% de sus acciones.

En las sociedades Cascadas, las demás acciones son de propiedad de diversos inversionistas, destacando aquellos conocidos como inversionistas institucionales como las AFP y los fondos de inversión. Dichos inversionistas institucionales además han invertido directamente en Soquimich.

…las sociedades vinculadas al Sr. Ponce Lerou habrían obtenido una ganancia en estas operaciones, y la pérdida la habrían asumido las sociedades Cascadas.

Esta estructura actualmente está siendo cuestionada por la Superintendencia de Valores y Seguros, el fiscalizador estatal del mercado de valores, sosteniendo la existencia de ciertas operaciones que perjudicarían a los accionistas de las Cascadas y al mercado de valores. Concretamente se señala que en algunas sociedades Cascadas se habrían realizado aumentos de capital que permitían a sus accionistas adquirir nuevas acciones de tales sociedades. A juicio de la Superintendencia, las sociedades Cascadas habrían vendido dichas acciones a un precio inferior al de mercado a otras sociedades vinculadas a Julio Ponce Lerou. Luego dichas sociedades habían revendido tales acciones a un precio superior al de mercado a otras sociedades Cascadas. De este modo, las sociedades vinculadas al Sr. Ponce Lerou habrían obtenido una ganancia en estas operaciones, y la pérdida la habrían asumido las mismas sociedades Cascadas.

Si bien lo usual en el mercado de valores es que en situaciones semejantes, otros interesados hubieran podido disputar dichas acciones ofreciendo otros precios, la Superintendencia sostiene además que en estas operaciones se habrían utilizando mecanismos bursátiles que impiden a terceros participar en estas operaciones ofreciendo otros precios que hubieran impedido las operaciones anteriores.

…en estas operaciones se habrían utilizado mecanismos bursátiles que impiden a terceros participar…

Así, se habrían efectuado operaciones que provocaron pérdidas a las sociedades Cascadas, en que si bien también participa finalmente el Sr. Ponce Lerou, los principales perjudicados serían los demás accionistas que no habrían recibido ganancia alguna de las operaciones cuestionadas, como las AFP y fondos de inversión. Ello explica que estos inversionistas institucionales sean los principales actores en las denuncias en estudio.

Pero además se habría afectado el mercado de valores en general. Una de sus principales funciones es permitir el flujo de dinero desde potenciales inversionistas a empresas que lo quieren ocupar, a cambio de lo cual ofrecen sus valores. Ello supone que el precio al cual se transen dichos valores sea lo más real posible, dada la dificultad de muchos inversionistas de apreciar correctamente el valor de las empresas, más aún si se refiere a proyectos futuros. Así, las operaciones cuestionadas, si se realizaron a precios que no correspondían a la realidad y sólo buscaron transferir recursos desde las sociedades Cascadas a otras personas, habrían alterado el normal proceso de fijación de precios en el mismo, pudiendo generar desconfianza entre los inversionistas, lo que perjudica el correcto funcionamiento de dicho mercado.

Cabe hacer presente que este tema es de una investigación en curso de la Superintendencia de Valores y Seguros, que está provocando otras investigaciones criminales. En dichos procesos, los involucrados pueden presentar sus descargos, para que haya pronunciamientos de esta autoridad y posteriormente de los Tribunales de Justicia. Lo anterior, sin perjuicio que además se están iniciando otras denuncias de irregularidades entre las partes afectadas y denunciantes, que deberán ser resueltas por la justicia. De cualquier modo, en caso de establecerse la ilicitud de estas operaciones, los involucrados pueden verse principalmente expuestos a fuertes multas y eventuales condenas penales en ciertas hipótesis.

Lo cuestionable son las operaciones de compra y venta de sus acciones en cuanto se hayan realizado en los términos que expone la Superintendencia.

Este tema ha provocado cuestionamiento de la normativa que permite el desarrollo de estructuras de sociedades como las de las Cascadas. En principio, cabe señalar la licitud de la figura desarrollada, la que además ha sido aprobada y fiscalizada por la misma Superintendencia de Valores y Seguros. Lo cuestionable son las operaciones de compra y venta de sus acciones en cuanto se hayan realizado en los términos que expone la Superintendencia. Y nuestra legislación contempla la ilicitud de las mismas y sanciones pertinentes.

Con lo anterior, nos permitimos señalar que el real desafío que plantea el caso Cascadas se va a ir mostrando en el curso de estas investigaciones: la determinación de la licitud o no de las operaciones, con las responsabilidades pertinentes, como asimismo el resarcimiento de los eventuales perjuicios ocasionados a sus supuestas víctimas. Veremos el desarrollo de este caso y sus decisiones finales, con la esperanza de que cualquiera que sea el resultado, se restaure la confianza en un mercado, como es el de valores, que ha sido clave en el desarrollo nacional.

 

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* Jose Antonio Gaspar (a la fecha de este artículo) se desempeñaba como socio de Noguera Larraín & Dulanto Abogados y Académico de la Pontificia Universidad Católica de Chile y de la Universidad Diego Portales. En abril de 2014 fue nombrado como Fiscal de Valores de la Superintendencia de Valores y Seguros de Chile. [Caso cascadas explicado]

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