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sábado, 23 de noviembre de 2024

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¿Disminuido o discapacitado? : la reforma que acerca la política española

Reforma constitucional al artículo 49 reconoce y amplía los derechos de las personas con discapacidad, de acuerdo a lo establecido por el Derecho Internacional. La norma establece que los poderes públicos impulsarán políticas que garanticen la plena autonomía personal y la inclusión social de las mismas.

- 19 enero, 2024

Claudio Soto, desde España. Cuando los puentes parecían totalmente dinamitados —por los efectos de la llamada Ley de Amnistía en tramitación legislativa, o las negociaciones para impulsar distintos decretos leyes de corte social con una guerra de declaraciones más cercanas a “barras bravas”— la política española se da un respiro y demuestra que pese al tiempo si se puede avanzar en reformas de enorme trascendencia ciudadana.

Es lo que ocurrió esta semana en Madrid, luego que el Congreso de los Diputados (funcionando en el Senado, por obras en su edificio) aprobara por amplia mayoría —solo se restó el partido ultraderechista VOX— una reforma constitucional al artículo 49 que amplía los derechos de las personas con discapacidad y elimina del texto la expresión “disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos” por “personas con discapacidad” y que los dejaba al margen de cuestiones tan prácticas como el derecho a decidir por supuestamente carecer de voluntad o autonomía.

Lo anterior, no es una cuestión baladí, puesto que la nueva redacción del artículo 49 reconoce que las personas con discapacidad ejercen los derechos previstos en el Título I en condiciones de libertad e igualdad reales y efectivas. Asimismo, establece que los poderes públicos impulsarán las políticas que garanticen la plena autonomía personal y la inclusión social de las personas con discapacidad, en entornos universalmente accesibles, y fomentarán la participación de sus organizaciones, en los términos que la ley establezca.

Reforma constitucionalPedro Sánchez en el Senado

Por último, se atenderán particularmente las necesidades específicas de las mujeres y los menores con discapacidad, lo que repercutirá en todo el funcionamiento administrativo público y privado español, puesto que su impacto quedará en evidencia no solo a nivel nacional, sino que en todas las comunidades autonómicas y localidades.

En el Pleno, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez señaló que la reforma “salda una deuda moral con las personas con discapacidad”, recordando que “lo trascendente de la política es el efecto que tiene sobre la vida cotidiana de la gente”.

Según lo informado por el Congreso, la votación arrojó un resultado de 312 votos a favor, 32 en contra y 0 abstenciones, por lo que se obtuvo la mayoría cualificada de tres quintos que exige la Constitución para este tipo de reformas. Ahora la Cámara remitirá el texto, que ha sido aprobado en los mismos términos que la proposición de reforma constitucional presentada, al no haberse votado ninguna enmienda, a la Cámara Alta para continuar su tramitación parlamentaria.

Fundamentos

La reforma constitucional planteada dice en su exposición de motivos que la Constitución “consagra la dignidad de la persona y el libre desarrollo de la personalidad como claves de bóveda de nuestro Estado social y democrático de Derecho” y que “una de las plasmaciones concretas de esta configuración es su artículo 49, dedicado específicamente a la protección de las personas con discapacidad”, un precepto que “situó en su día a España en la vanguardia de la protección de este colectivo”.

Además, en la iniciativa se explica que en los últimos años, “la protección de las personas con discapacidad se ha visto impulsada por el Derecho Internacional”, cuyo eje es la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad; que tanto la legislación estatal como autonómica se ha adaptado a dicha normativa internacional y que, paralelamente, “la sociedad civil articulada en torno a las personas con discapacidad ha venido planteando a los poderes públicos la necesidad de acomodar” el artículo “a la realidad social y a la normativa internacional”.

La Proposición de Reforma del artículo 49 de la Constitución fue iniciativa de los grupos Popular y Socialista y fue presentada el 29 de diciembre de 2023 y calificada por la Mesa del Congreso en su reunión del 9 de enero y se solicitó que se aplique el procedimiento de lectura única, así como se declare la urgencia en su tramitación, lo que supone la reducción de los plazos parlamentarios a la mitad.

 
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