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Crisis de salud impacta en los órganos judiciales españoles
Gobierno, Poder Judicial, Fiscalía y colegios profesionales adoptan medidas para proteger a funcionarios y clientes, además de garantizar la atención, mediante dotaciones mínimas en los juzgados centrales de instrucción, contencioso-administrativo, penal, menores y vigilancia penitenciaria.
18 marzo, 2020
-Claudio Soto Coronado
Director para Europa
csoto@idealex.press
La entrada en vigor del estado constitucional de Alerta en España no sólo limitó la libre circulación de los ciudadanos, sino que también obligó a reorganizar las modalidades de atención de todo el sistema público, incluyendo la labor jurisdiccional, así como la actuación de notarios, despachos y colegios profesionales para dar respuesta a las todas las causas, conflictos y situaciones que día a día se tramitan en los tribunales del país.
La comisión permanente del Consejo General del Poder Judicial, por ejemplo, acordó que mientras se mantenga el estado de alarma no procede la presentación “en ningún caso” de escritos procesales de manera presencial, limitándose la forma telemática —mediante la plataforma LexNET— a “aquellos que tengan por objeto única y exclusivamente actuaciones procesales declaradas urgentes e inaplazables por las instrucciones y acuerdos del órgano de gobierno de los jueces”.
Por su parte la Fiscalía General del Estado, con la ex ministra de Justicia, Dolores Delgado a la cabeza como nueva autoridad, mediante distintos decretos, autorizó a los fiscales superiores y jefes buscar mediante la combinación de actuaciones presenciales y telemáticas, garantizar la presencia efectiva del Ministerio en la prestación del servicio de guardia, así como la asistencia a las vistas, comparecencias y juicios.
Sin embargo, decidió suspender temporalmente las visitas e inspecciones de funcionarios a residencias de mayores, de personas con discapacidad, a centros penitenciarios, de internamiento de extranjeros y de protección y reforma de menores, en la medida en que no resulte “absolutamente imprescindible”.
Se entenderán imprescindibles —señala el órgano—, por ejemplo, cualquier actuación judicial que, de no practicarse, pudiera causar perjuicios irreparables; la solicitud de medidas cautelares u otras actuaciones inaplazables, como las medidas de protección de menores, levantamiento de cadáveres u órdenes de protección en el marco de causas sobre violencia familiar.
Sin embargo, las cuatro asociaciones de fiscales en su conjunto no vieron con buenos ojos las medidas del Consejo General del Poder Judicial, ya que a su juicio la adopción de medidas la suspensión de actuaciones queda a la discrecionalidad de cada juez, “acarreando una disparidad de criterios constatable por quienes asisten a las sedes judiciales”. El llamado fue a establecer medidas concretas y globales para todo en enmarañado judicial de España, garantizando con ello la salud de usuarios y profesionales.
Ámbito penitenciario, lo más complejo
Para el Colegio de Abogados de Madrid, ciudad en donde se concentra la mayor cantidad de casos de Coronavirus del país, lo más delicado está en la prestación de servicios en el ámbito penitenciario. En este caso y a requerimiento de la institución, los servicios carcelarios comunicaron que se ampliarían y facilitarían las comunicaciones telefónicas con abogados; y sólo para que, en el caso de que el letrado considerara imprescindible y necesaria la comunicación presencial por locutorios, los directores de los Centros Penitenciarios estaban facultados para autorizar las mismas, bajo estrictos protocolos de seguridad sanitaria.
Por su parte, el Colegio de Abogados de Barcelona, el Colegio de Procuradores de los Tribunales de la misma ciudad y el Consejo de colegios de procuradores de los Tribunales de Cataluña, acordaron por unanimidad elevar a los Jueces Decanos, al Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y Sala de Gobierno y al Consejo General del Poder Judicial la solicitud de suspensión de todas las vistas y señalamientos previstos en los órganos judiciales, así como de los plazos procesales desde el viernes 13 de marzo hasta el viernes 27 de marzo de 2020, inclusive, sin perjuicio de que —dice el comunicado— “las actuales circunstancias aconsejen solicitar posteriormente la prórroga de esta medida”.