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lunes, 18 de agosto de 2025

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Compliance público: de la formalidad normativa a la integridad efectiva

«La experiencia comparada en países de la OCDE confirma que la integración de soluciones tecnológicas multiplica la efectividad de los sistemas de control, facilita la supervisión y eleva los niveles de transparencia».

Carolina Álvarez - 18 agosto, 2025

La conversación sobre compliance ha estado marcada, en gran medida, por el sector privado y por el modelo de prevención de delitos establecido en la Ley N° 20.393. La reciente entrada en vigencia de la Ley N° 21.595 sobre Delitos Económicos y Atentados contra el Medio Ambiente amplía de forma significativa este enfoque, incorporando conductas que involucran directamente a funcionarios públicos y a quienes se relacionan con ellos.

compliance públicoCarolina Álvarez

Nuestro marco jurídico ya contemplaba obligaciones claras en materia de probidad. La Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y la Ley N° 20.880, sobre Probidad en la Función Pública y Prevención de Conflictos de Interés, establecen principios y deberes destinados a resguardar la transparencia. No obstante, los casos que han salido a la luz en licitaciones municipales y otros organismos revelan una brecha persistente entre lo que dictan las normas y lo que efectivamente ocurre en la gestión diaria.

Este desfase se explica, en parte, porque todavía predomina un enfoque reactivo, centrado en auditorías posteriores y controles formales, más que en la prevención temprana. Si queremos cerrar esa brecha, es necesario avanzar hacia un modelo que incorpore la gestión de riesgos desde el diseño mismo de los procesos públicos. Ello implica, como mínimo, cinco medidas clave:

— Elaboración y actualización del Código de Ética y de políticas claras de conflicto de interés.
— Mapas de riesgo que identifiquen procesos críticos y zonas de mayor exposición a prácticas indebidas, actualizados regularmente y con seguimiento documentado.
— Canales de denuncia confiables, con protocolos claros que protejan al denunciante y aseguren trazabilidad y cierre de cada caso.
— Sistemas de monitoreo y análisis de datos que detecten patrones irregulares en licitaciones y contratos, generando alertas tempranas y acciones inmediatas.
— Capacitación continua en ética pública y compliance para todos los niveles jerárquicos, con evaluaciones que midan impacto real y permitan ajustar los programas.

La Ley N° 21.595 incorpora un elemento que no puede pasarse por alto: su tipificación más amplia de delitos como cohecho, malversación o negociación incompatible, junto con un régimen sancionatorio más severo, eleva de manera directa los incentivos para contar con sistemas sólidos de integridad y para invertir en políticas preventivas que reduzcan la exposición institucional a estas conductas.

En este escenario, el Proyecto de Ley de Integridad Municipal, aprobado en general por el Senado en enero de 2024, representa un avance relevante. La propuesta establece que cada consistorio deberá contar con un Plan de Integridad aprobado por el concejo municipal, con políticas anticorrupción, códigos de ética, matrices de riesgo, canales de denuncia y auditorías externas. Bien implementado, este modelo podría convertirse en una referencia replicable para otros niveles de la administración y contribuir a estandarizar buenas prácticas en la gestión pública.

De manera complementaria, la Estrategia Nacional de Integridad Pública (ENIP), impulsada desde 2022, propone más de 200 medidas distribuidas en cinco ejes: transparencia, gestión de recursos públicos, sistema político, sector privado y función pública. Aunque no vinculante, constituye una hoja de ruta estratégica que, si se ejecuta con consistencia y seguimiento, puede fortalecer de forma sostenida la cultura de integridad y ofrecer un marco coordinado para las distintas instituciones del Estado.

La tecnología se presenta, en este contexto, como una aliada indispensable. Plataformas que permitan trazar el ciclo completo de una licitación, herramientas de evaluación automática de proveedores y sistemas que supervisen el cumplimiento de compromisos contractuales en tiempo real pueden reducir de manera drástica las oportunidades de fraude y corrupción. La experiencia comparada en países de la OCDE confirma que la integración de soluciones tecnológicas multiplica la efectividad de los sistemas de control, facilita la supervisión y eleva los niveles de transparencia.

El desafío no es menor: se trata de superar la visión del compliance como un trámite o un listado de requisitos y entenderlo como una política de Estado que trascienda gobiernos de turno y cambios de administración. La integridad institucional no se logra de un día para otro y, una vez dañada, su recuperación exige más esfuerzo, recursos y tiempo del que suele preverse. Protegerla es, por tanto, una tarea diaria, colectiva y sostenida, que requiere compromiso político, gestión técnica y un involucramiento constante de todos los actores del sistema público.

 
Carolina Álvarez es asociada senior de Admiral Compliance y cuenta con un Effective Compliance Programs del University of Pennsylvania.

 
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