Mientras que en Chile, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia se encuentra limitado en su actuar ante empresas...
CIADI actualiza sus estadísticas: arbitraje de inversión en Latinoamérica (parte 2)
Sudamérica tuvo más casos en 2019 y aumenta el uso de reglas de la ONU
12 febrero, 2020
-Felipe Riffo
El Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) publicó el viernes 7 de febrero su nuevo informe «Carga de casos del CIADI – Estadísticas edición 2020-1», en el que se actualiza los datos de los casos de la organización registrados hasta el 31 de diciembre de 2019.
Dentro de las novedades que se presentan en este documento está que la mayoría de los casos estuvieron radicados en América del sur, representando el 26% del total registrado en el año. En cuanto a los sectores económicos, 52% de los casos que CIADI arbitró en 2019 corresponden al sector energético, específicamente petróleo, gas, minería y electricidad.
Ricardo Vásquez, socio de Vázquez Urra Abogados y árbitro nombrado por el Estado chileno ante el CIADI, considera que la preponderancia de casos en el continente se debe a la inestabilidad política que hubo en la región el año pasado, con cambios de gobiernos y medidas en torno a los inversores extranjeros que «sobre esa base consideren que le han sido vulnerado sus derechos». Lo que se aprecia por ejemplo, explica, cuando al inversionista no se le ha renovado una licencia o permiso de explotación.
Respecto de la gran cantidad de casos en el sector energético a nivel mundial, Vásquez menciona dos motivos probables: la tendencia que existiría desde hace unos 5 años de que Estados emitan regulaciones que afectan a las empresas de energía renovable, las que deciden ir al organismo; y, en segundo lugar, debido al gran aumento de estas compañías se produce una fuerte competencia que podría estar generando conflictos particulares, derivando en la necesidad de un arbitraje entre partes para solucionarlos.
Las estadísticas de CIADI muestran también que hubo un aumento en el uso de reglas alternativas en arbitrajes administrados por el Centro, donde destaca la presencia de las normas de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) siendo usada en 13 de los 18 casos con reglas alternas en los que CIADI prestó servicios e instalaciones para llevarlas a cabo. Siendo 5 casos más que hacen uso de CNUDMI que los del año 2018.
De acuerdo a Vásquez un motivo para tal tendencia se debe a que las reglas de CNUDMI se diferencian con las de CIADI en que «le permiten a aquel que perdió la posibilidad de disputar ese laudo bajo los recursos de la legislación local». Tal proceso no se puede realizar en el Centro Internacional donde el laudo es imputable bajo la corte local.
Tendencia transparente
Para este árbitro chileno, el incremento en el uso de las reglas de Naciones Unidas dentro del CIADI se debe también a una tendencia hacia el aumento de la transparencia en los arbitrajes entre Estados e inversionistas. CNUDMI al tratar en particular temas entre estos dos tipos de litigantes ha llevado a que la arista de la transparencia sea uno de sus puntos de importancia como organización mediadora, haciendo uso de un reglamento completo respecto a las particularidades que rigen tal aspecto dentro de las mediaciones.
CIADI no se ha quedado atrás en torno al tema, haciendo uso de sus propias regulaciones de transparencia en sus procesos.
Esta arista del arbitraje, de acuerdo a Vásquez, debe su aumento desde el año 2000 a razones lógicas, siendo el interés público el factor de mayor peso en esta tendencia, pues «si el Estado fuese una empresa, hay una responsabilidad que tiene con sus ciudadanos igual que una empresa tiene responsabilidad con sus accionistas». Por ende, deben informar sobre posibles consecuencias económicas que afecten su modo de vida.
Un ejemplo especifico de transparencia mencionado por el abogado del CIADI se aprecia en el caso Carlos Ríos and Francisco Javier Ríos v. República de Chile, donde es posible ver y descargar todos los procesos y respuestas que se llevan a cabo. Desde el inicio del pedido de arbitraje por parte de los inversionistas de Alsacia, hasta la última declaración de costos por parte del Estado de Chile.
Los próximos 10 años
La transparencia en los arbitrajes, lejos de ser un tema ya resuelto, cobra mayor importancia al planificar los próximos hitos a cumplir a nivel internacional. De hecho, la problemática estuvo muy presente en el seminario “Arbitraje de inversión: Chile y el CIADI hacia la próxima década”, de septiembre del año pasado, encuentro en el que expusieron Gonzalo Flores, Secretario General Adjunto de CIADI, el árbitro CIADI Ricardo Vásquez y Felipe Bulnes, ex Ministro de Justicia y actual árbitro nombrado por el Estado chileno ante la organización.
En el evento, Flores presentó los cambios que se planean realizar dentro del organismo para los próximos 10 años, incuido el mejoramiento de la transparencia, considerándola una arista importante a la hora de legitimar las actividades de la CIADI ante la ciudadanía. Destacó también los esfuerzos hechos para acercar los datos del Centro al público, por medio de un lenguaje más claro, que permita democratizar el conocimiento en materia de mediaciones. «La transparencia es esencial para que la gente entienda lo que está pasando, porque tiene derecho a saber lo que está pasando», dijo.
Felipe Bulnes entregó una mirada complementaria, según la cual la transparencia es una de la formas de resolver el conflicto entre los derechos de los inversionistas y el interés público, sugiriendo la intervención de terceros en los procesos como forma de dar mayor canalización dentro del proceso a los ciudadanos. Varias decisiones de Estado, mencionó el árbitro, todavía pasan en secreto para el público, por lo que «hay que abrir un poco más la ventana» en los próximos años si se busca un CIADI más cercano a la gente.
El ex ministro sugirió también que un mayor interés ciudadano, producto de una mayor transparencia, creará una tendencia que exigirá al inversionista no solo tener sus manos libres de irregularidades, sino que también «pedirle el cumplimiento de ciertas obligaciones ambientales y de derechos humanos», y de esa forma equilibrar el derecho regulatorio local con los intereses de los inversores.
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