"No puedo dejar de pensar en ellos cuando veo que ciertas oficinas de abogados se precian de no conocer límites,...
Pedro Pablo Vergara - 6 abril, 2016
Pedro Pablo Vergara
Soy profesor hace años, y hago todo lo posible para que no me ocurra lo que con precisión se describe en el artículo editorial de esta semana.
Pero hago presente que la solución no es la que allí se plantea, al menos no para enseñar en Chile Derecho Civil de la manera en que nosotros lo requerimos.
Y la razón está señalada en el primer párrafo “Y hay un señor o una señora parados allá adelante recitando (o leyendo) las clasificaciones, requisitos y características de alguna institución jurídica que —tienes la absoluta convicción— lamentarás no haber escuchado con atención.”
La clase magistral es una de las formas de hacer clases, tan buena como la participativa, la de casos, la de clínicas, la de seminarios, etc., y como todo en la vida, todas ellas sirven para distintas cosas.
Lo que es bueno en un caso es malo en otros. Y he comprobado que para enseñar Derecho Civil la clase con casos es buena a ratos, pero es inadecuado prescindir de la clase expositiva o magistral.
La razón es muy simple:
a) La enseñanza con casos tiende a hacer creer al alumno que esa es la regla a aplicar siempre, lo que no es verdad. Basta que al caso le hagas un pequeño cambio para que todo se vaya al tacho.
b) Si los profesionales muchas veces no llegan preparados a las reuniones… menos lo harán los alumnos. Tanto porque no quieren como porque no puedan.
c) Los alumnos tienden a resolver los casos con sentido común. Y el Derecho es sentido común en un 80%; en el 20% restante es otra cosa completamente distinta.
En fin, concluyo que a veces no es bueno cambiar una tradición por dárselas de moderno.
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* Pedro Pablo Vergara Varas es profesor de derecho civil de la Universidad de Chile y vicepresidente del Colegio de Abogados de Chile.