fbpx
martes, 12 de mayo de 2026

internacional

Case managers rotatorios y sistemas dualistas: los desafíos arbitrales del 2026

Las nuevas generaciones plantean un reto en el ámbito administrativo de los arbitrajes, ya que la rotación de asistentes y secretarios puede perturbar la fluidez del procedimiento arbitral.

- 12 mayo, 2026

De acuerdo con el Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Santiago (CAM Santiago), los case managers son abogados pertenecientes a las Unidades de Arbitraje y Mediación encargados de apoyar el adecuado funcionamiento de los procesos arbitrales, de mediación y de dispute boards. Su labor consiste en asistir a las partes, sus representantes, los árbitros y los mediadores durante el desarrollo de los procedimientos, cumpliendo un rol generalmente menos visible que el de quienes integran el tribunal arbitral.

case managersRicardo Vásquez Urra

Dentro del sector arbitral, se ha discutido en los últimos años la alta rotación de case managers, fenómeno que, según diversos actores, ha afectado la continuidad y versatilidad de los procedimientos al impedir la permanencia de asistentes que acumulen experiencia especializada.

Ricardo Vásquez, socio de Vásquez Urra Abogados, sostiene que lo ideal sería contar con profesionales asignados de manera más estable y permanente a este tipo de funciones.

“Ese es un tema complejo porque, básicamente, lo que hace el CAM Santiago es ofrecer un servicio de soporte. Se trata de una secretaría distinta, por ejemplo, de la que existe en el CIADI (Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones) o en la ICC (Cámara de Comercio Internacional), donde los case managers participan activamente en los casos y entregan un apoyo mucho más amplio, desde la organización de audiencias hasta la elaboración de órdenes procesales y la revisión de laudos», afirma, algo que no estaría ocurriendo hoy en el CAM Santiago.

«Actualmente no existe un sistema de escrutinio; por lo tanto, esta realidad constituye una particularidad que requeriría una reforma sustantiva, la cual probablemente no está dentro de los planes inmediatos y, además, demandaría mayores recursos”, añade.

Desde la perspectiva de Mónica van der Schraft, árbitro internacional y socia de MVJV Arbitraje, la rotación de case managers refleja una tendencia propia de las nuevas generaciones y del mercado laboral contemporáneo: “La movilidad entre profesionales jóvenes es un fenómeno que no afecta únicamente a quienes trabajan en arbitraje, sino que atraviesa prácticamente todas las áreas del Derecho y, en general, la mayoría de las profesiones».

En ese rango etario existiría una mayor disposición a cambiar de trabajo en búsqueda de nuevos horizontes profesionales, pero cuando se cuenta con personas más estables en estos cargos, «resulta más sencillo generar apoyo efectivo, porque se evita constantemente la curva de aprendizaje”.

case managersMónica van der Schraft

La árbitro agrega que los nuevos profesionales provienen de trayectorias muy diversas, que pueden ser estudios jurídicos, haber trabajado ya como case managers o de otros espacios vinculados al área, e ingresan a una disciplina en transformación y que se ve enfrentada a desafíos distintos a los de generaciones anteriores: “Hoy la investigación puede resultar mucho más sencilla debido al mayor acceso a fuentes y a la digitalización de información; sin embargo, también puede existir una carga laboral más intensa como consecuencia del aumento en la popularidad de los mecanismos alternativos de resolución de conflictos”, ejemplifica.

En otras jurisdicciones, como Perú, se observa un escenario similar. El abogado dedicado al arbitraje y la litigación Adrián Simons, socio de Simons & De Noriega, afirma que existe una doble rotación dentro del arbitraje peruano, tanto en las secretarías de las instituciones arbitrales como entre los asistentes de cada árbitro: “Las nuevas generaciones, en muchos casos, no están dispuestas a recorrer toda la cadena de aprendizaje que exige esta práctica, la cual implica no sólo asistir al árbitro durante algunos meses, sino acompañar el desarrollo completo de cada procedimiento administrado ante un centro arbitral”.

Muchos jóvenes buscarían resultados inmediatos respecto de sus expectativas profesionales, incluyendo la posibilidad de desempeñarse como árbitros sin haber adquirido experiencia suficiente. A su juicio, el trabajo como secretario arbitral constituye un espacio formativo de enorme valor: “Ahí no solo se aprende cómo se desarrolla un arbitraje o cómo razona un tribunal, sino también de qué manera los abogados ejercen sus defensas, cuáles son las estrategias mejor valoradas y cuáles generan una percepción negativa entre los árbitros”.

Para Simons, las soluciones pasan por dos ámbitos principales. En primer lugar, propone que el arbitraje se incorpore como curso obligatorio en las facultades de Derecho. En segundo término, plantea que los centros arbitrales fortalezcan sus mecanismos de reclutamiento y formación de futuros asistentes y secretarios, transformándose en verdaderas escuelas de arbitraje orientadas a preparar a las próximas generaciones de árbitros.

Lo expresa así: “Quienes ingresen deben sentir que esta experiencia forma parte de su desarrollo profesional y de sus aspiraciones futuras. Los centros arbitrales deberían entregarles una formación sólida para que, a futuro, puedan integrar nóminas de árbitros y entender el cargo de secretario como un valor agregado dentro de su carrera”.

Sistema monista: seguridad jurídica, predictibilidad y tiempos acotados

Pensando en lo ideal, Ricardo Vásquez sostiene que sería deseable que Chile avanzara hacia un sistema monista, en el que las reglas aplicables al arbitraje nacional e internacional fueran las mismas, dejando atrás el actual modelo dualista que regula ambos ámbitos de manera diferenciada: “Esto impacta directamente en nuestro sistema recursivo, donde existe una dualidad entre el recurso de nulidad en materia internacional y los recursos de queja y casación en la forma en el ámbito doméstico».

«Esa diferencia genera jurisprudencia diversa y también provoca demoras en procedimientos que, siendo mecanismos alternativos de resolución de controversias, terminan convirtiéndose muchas veces en litigios extensos», explica.

Además, «los recursos de queja suelen prolongar innecesariamente los procesos y, sumado a la carga de trabajo de las cortes, hacen que un arbitraje que debiera durar 1 año termine extendiéndose al doble”, agrega.

case managersAdrián Simons

En la realidad del Perú, Adrián Simons considera que el sistema monista vigente ofrece importantes ventajas: “Los estándares arbitrales peruanos son exactamente iguales para el arbitraje nacional y el internacional. Eso entrega seguridad jurídica y predictibilidad. En un caso reciente, donde asesoramos a una empresa concesionaria de autopistas, logramos el reconocimiento de un laudo parcial dictado en París por parte de la Sala Comercial de la Corte Superior de Lima aplicando una sola normativa: la ley peruana de arbitraje. Se utilizaron exactamente las mismas disposiciones que rigen para el arbitraje comercial interno”.

A juicio de Simons, mantener dos sistemas distintos genera discusiones innecesarias, especialmente en torno a conceptos como orden público nacional y orden público internacional, controversias que podrían resolverse de manera automática bajo un modelo unificado.

Por su parte, Mónica van der Schraft, de Chile, señala que la adopción de un sistema monista constituye una aspiración histórica dentro del arbitraje de ese país, aunque no lo considera una necesidad urgente: “No sé si es el principal problema, porque tengo la impresión de que el sistema goza de buena salud. No veo que el hecho de contar con un modelo dualista haya reducido el uso del arbitraje como mecanismo alternativo de solución de controversias. Dicho eso, desde un punto de vista jurídico sí parece más coherente avanzar hacia una regulación unificada”.

Desde su perspectiva, el arbitraje en Chile funciona adecuadamente y, en términos generales, tanto los procedimientos como los laudos son respetados y ejecutados. Sin embargo, advierte que existen otras jurisdicciones donde se imponen mayores restricciones y se buscan fórmulas para limitar el alcance del arbitraje o desconocer sus resultados: “De todas maneras, creo que la tendencia internacional apunta hacia un reconocimiento cada vez mayor de este mecanismo. Acá, además, los árbitros han sido reconocidos por nuestra legislación procesal desde hace muchísimo tiempo”.

Las demoras existentes en numerosos juzgados comerciales al momento de ejecutar los laudos arbitrales son una de las críticas que hace Adrián Simons. Según explica, esta situación se ve agravada por el uso indebido de acciones de amparo dirigidas contra decisiones arbitrales, medidas cautelares y laudos. “De acuerdo con los estándares de la Cámara de Comercio de Lima, un arbitraje suele durar entre un año y medio y dos años, sin considerar los casos especialmente complejos. Sin embargo, en mi experiencia profesional, la ejecución de un laudo puede tardar incluso otros dos años, lo que resulta completamente patológico”, señala.

Respecto de las causas que explican estos retrasos, Simons menciona diversos factores, como la falta de especialización de algunos jueces y la incorrecta aplicación de la ley de arbitraje, que contempla causales de oposición a la ejecución bastante limitadas: “Se está permitiendo que las partes formulen defensas como si se tratara de un juicio ordinario, lo que genera incidentes que dilatan enormemente el cumplimiento del laudo. El principal problema se encuentra en los juzgados comerciales de primera instancia, donde la ejecución llega tarde, mal y nunca”.

Novedades en las estadísticas⁣ del CAM Santiago

El CAM Santiago realizó a fines de abril su IV Encuentro de Arbitraje y Mediación, instancia en la que presentó un balance del estado de la industria arbitral durante 2025.

Al 31 de diciembre de 2025, el CAM Santiago acumulaba 7.542 solicitudes de arbitraje y mediación. Sólo durante este último año ingresaron 489 solicitudes arbitrales y 98 de mediación, dio a conocer la directora ejecutiva de la institución, Ximena Vial.

Ximena Vial

De las 489 solicitudes de arbitraje registradas, 451 correspondieron a arbitrajes nacionales, 27 a arbitrajes de emergencia y 11 a arbitrajes internacionales. Respecto de los procedimientos de emergencia, se observó un aumento del 13% en comparación con 2024, siendo el sector construcción el más representativo.

La mayor parte de estas solicitudes estuvo vinculada a medidas precautorias, principalmente prohibiciones de celebrar actos y contratos. En estos casos, el tiempo promedio de tramitación fue de 5,4 días desde la aceptación del árbitro hasta la resolución definitiva.

En materia de arbitraje nacional, las industrias con mayor participación fueron inmobiliario, construcción e infraestructura, sociedades comerciales y energía. La duración promedio de estos procedimientos alcanzó los 20 meses. Asimismo, las designaciones de árbitros de común acuerdo representaron un 20,7% de las solicitudes ingresadas.

case managersFuente: CAM Santiago

“Estas cifras reflejan dos elementos especialmente relevantes en el arbitraje nacional administrado por el CAM Santiago. Por una parte, muestran tiempos de tramitación acotados y previsibles, lo que refuerza la eficiencia del mecanismo. Por otra, evidencian un nivel significativo de designaciones de común acuerdo, lo que demuestra la confianza de las partes en el sistema y su capacidad de participar activamente en la conformación del tribunal arbitral”, expresó Vial.

En cuanto a los laudos dictados durante 2025, un 47% fue objeto de impugnación; sin embargo, sólo un 5,3% de esos recursos fue acogido. A juicio de la institución, esto demuestra que, aunque los laudos arbitrales son frecuentemente cuestionados, el Poder Judicial mantiene una posición mayoritariamente deferente y restrictiva respecto de su revisión, interviniendo únicamente de manera excepcional.

En arbitraje internacional, las principales materias involucradas fueron sociedades comerciales, energía y construcción e infraestructura. Según el reporte presentado, hasta la fecha nunca se ha acogido una solicitud de nulidad contra laudos internacionales administrados por el CAM Santiago, ya que estas acciones han sido rechazadas, declaradas inadmisibles por las cortes o desistidas por las partes demandantes.

Además, la alianza con el Centro Internacional de Arbitraje de Madrid (CIAM) ha permitido que más de 25 integrantes del CAM Santiago participen en grupos de trabajo del organismo y que una árbitra chilena actualmente conozca un caso administrado por dicha institución.

case managersFernando Rabat

En el ámbito de la mediación, el 50% de los ingresos correspondió a solicitudes sin cláusula previa, es decir, a procedimientos voluntarios. El sector inmobiliario concentró la mayor cantidad de casos, seguido por particiones y construcción e infraestructura. Respecto del cierre de estos procesos, un 56 % concluyó con acuerdo, mientras que la duración promedio alcanzó los 75 días. “Esto demuestra que cada vez más usuarios reconocen el valor del mecanismo más allá de una obligación contractual”, comentó Vial.

Durante la actividad, el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Fernando Rabat, destacó la relevancia de los métodos alternativos de resolución de conflictos y valoró el proyecto de mediación actualmente en tramitación en el Congreso, señalando que podría contribuir a descongestionar los tribunales civiles mediante soluciones más eficaces y colaborativas. Asimismo, resumió los principales aspectos del proyecto de ley que busca permitir a los integrantes de comunidades de bienes resolver sus controversias mediante procedimientos más ágiles y accesibles, eliminando el arbitraje forzoso en determinadas hipótesis.

 
También te puede interesar:
La dilación de los arbitrajes: cuando el cliente y la ética se enfrentan
Quiénes lideran en pensamiento e influencia en el arbitraje, según Lexology
Chambers and Partners: los mejores árbitros y firmas de arbitrajes en Latinoamérica 2026
 

artículos relacionados


podcast Idealex.press