"No puedo dejar de pensar en ellos cuando veo que ciertas oficinas de abogados se precian de no conocer límites,...
Fernando E. Arab Verdugo - 9 diciembre, 2014
Fernando E. Arab Verdugo
Profesor de Derecho del Trabajo
Universidad Católica de Chile.
Publicado en la Revista Laboral Chilena
La antigua normativa de quiebras debía dar paso, inexorablemente, a una legislación más moderna, flexible y eficiente, que permitiera cumplir dos grandes objetivos: por una parte, reorganizar efectivamente a las empresas que resultaran viables, y, por otra, liquidar rápida y eficientemente a aquellas que no lo sean. Es de esperar que la nueva Ley de Reorganización y Liquidación de Activos de Empresas y Personas (Ley N° 20.720), que entró en vigencia recientemente, pueda cumplir con las expectativas que se han generado sobre ella y mejore considerablemente la situación tanto de las personas como de las empresas que caigan en situación de insolvencia, así como respecto de sus acreedores, y, especialmente, el caso de los trabajadores del deudor fallido, quienes constituían una de las partes más vulnerables en los casos de quiebra.
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