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Aprendiendo el significado de la palabra «gestión»

«No es raro que aún se enseñe que el abogado en un servicio público no debiera meterse en la gestión del mismo, limitándose a verificar que las actuaciones estén conforme a la regulación, en un argumento que reduce todo lo que no es regulación a una caja negra mental, donde el jurista no está llamado a opinar…»

Ignacio Miranda - 22 junio, 2017

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Ignacio Miranda Saldívar

¿Puede oponerse alguien a que una organización, cualquiera que esta sea, opere con los principios de eficacia y eficiencia como su norte? Por cierto que no. Menos aun en el caso de la Administración Pública.

Así, desde los años 90 a la fecha, este interés por la gestión también surgió en esta área y tiene un nombre histórico: Nueva Gestión Pública, una tendencia de administración pública que sostenía, principalmente, la necesidad de aplicar las modernas técnicas del mundo privado en el sistema público.

Esta tendencia, que en Chile se comenzó a palpar realmente a principios de los 2000, llegó para quedarse. Conforme avanzó el tiempo se ha complementado con otros movimientos y escuelas de pensamiento en la materia, añadiendo a la gestión elementos como la participación y el interés público.

La pregunta es qué rol tiene el abogado en todo esto y es un cuestionamiento válido considerando que, tradicionalmente, el tema gestión no es revisado ni someramente por nuestra profesión, en especial en la formación de pregrado y, la mayor parte de las veces, tampoco en el posgrado.

No es raro que aún se enseñe que el abogado en un servicio público no debiera meterse en la gestión del mismo, limitándose a verificar que las actuaciones estén conforme a la regulación y que no debiese tener un decir u opinión, con el fin de no cuestionar el mérito de la decisión, en un argumento que reduce todo lo que no es regulación a una caja negra mental, donde el jurista no está llamado a opinar.

Esta tendencia —sostengo, entre otros— debe cambiar. Más allá de no entrar en el mérito de las decisiones administrativas, el abogado de servicio público (o el actúa de asesor) debe entender un mínimo sobre gestión y abandonar la postura de un mero revisor de legalidad.

Una primera razón radica en la fiscalización: ¿cómo es posible fiscalizar, regular o evaluar de alguna manera la aplicación de los principios comentados —eficiencia y eficacia—, si no se tiene idea de lo que ocurre dentro del manejo cotidiano de un servicio?

Evaluar la mera formalidad de la gestión es absolutamente inútil para efectos de la eficiencia y eficacia. En la línea de la prevención del riesgo de infracción, materia propia de compliance en el sector privado, se señaló repetidas veces que la labor del oficial que ejerce esta función —que puede y suele ser un abogado— es justamente gestionar los riesgos de manera tal que el control no paralice la organización.

En los servicios públicos —ha declarado la Contraloría chilena— la mejor política es la prevención de la gestión “riesgosa” de infracción de ley, y ello no puede conformarse a simplemente “parar el acto”, sino que debe haber una solución más compresiva para poner a tono el servicio público, la que puede venir de un abogado que entienda sobre gestión, que vaya más allá de ser un simple fusible que “salta” cuando no calza algún comportamiento con la letra de la ley.

La segunda razón enlaza con lo anterior, desde el punto de la competitividad, argumento valedero por cierto para el sector privado, pero también para el público en el siguiente sentido: al final del día, todo jefe de servicio —los cargos más elevados en la administración estatal— tienen como principal deber el saber gestionar.

Un abogado en servicio público tiene ya adelantada una competencia muy importante para dicha función: el conocimiento de la regulación.

Sin embargo, si se desea ejercer la jefatura de un servicio, hoy por hoy es necesario saber de gestión, dado que, por antonomasia, es la función que desempeña un jefe en cualquier organización.

La competitividad de los abogados frente a otras profesiones se ve fuertemente incrementada por ampliar el conocimiento profesional más allá de la normativa, algo que ya se ha adelantado en el sector privado, a partir de la formación de los abogados corporativos y de compliance.

Al menos en lo que se refiere a la eficiencia y eficacia, el debate entre regulación privada y pública debiera ser artificial. No hay sector que desee no ser eficiente o eficaz.

Cuando el abogado sabe de gestión, puede conciliar ambos mundos: lograr mejores soluciones y en definitiva lograr un mejor desempeño en beneficio del ciudadano.
 

* Ignacio Miranda Saldívar es abogado y Magíster en Derecho con mención en Derecho Público de la Universidad Católica de Valparaíso. Es jefe del área jurídica del Centro de Estudios y Asistencia Legislativa (CEAL) de dicho plantel y también ejerce como consultor jurídico en proyectos multidisciplinarios y de gestión para el sector público.

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